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Rebajan 4 años la pena al líder de la Manada de Callosa por la ley del ‘sólo sí es sí’

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Imagen de archivo de uno de los cuatro integrantes de la llamada "manada de Callosa" llegando a la Audiencia Provincial de Alicante para el juicio acusados de un presunto delito de violación en grupo. EFE/Morell
Alicante, 21 abr (OFFICIAL PRESS-EFE).- El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha acordado rebajar más de cuatro años, de 17 años y 2 meses de cárcel a 13 años, la condena a uno de los cuatro miembros de la conocida como ‘manada de Callosa’ por la violación en grupo a una joven en el día de Año Nuevo de 2019 en una vivienda de Callosa d’en Sarrià (Alicante).

La Manada de Callosa beneficiada por la ley del ‘sólo sí es sí’

Según el auto de la Sala de Lo Civil y Penal del TSJCV, al que ha tenido acceso EFE, la aplicación de la ley del ‘sólo sí es sí’ ha hecho disminuir las cuatro penas impuestas a Joffre Gerardo T.B., considerado por muchos el líder de esta manada que en el juicio reconoció la autoría de los hechos aunque alegaron la ingesta de alcohol y drogas.

De esta manera, de los 6 años por un delito continuado de agresión sexual con penetración con la actuación de más personas se pasa a 5 años y medio; igual que de los 5 años y 6 meses como cooperador necesario hasta 4 años y 5 meses.

Se disminuye, del mismo modo, otra de las condenas a este mismo individuo por el mismo delito de cooperador necesario desde los 4 años iniciales a 2 años y 4 meses, y de los 20 meses impuestos por cooperador necesario sin penetración a 9.

La defensa de Joffre Gerardo T.B. ha sido hasta ahora la única de los tres condenados que ha solicitado la revisión de la pena a raíz de la aplicación de la reforma del Código Penal por la ley del denominado ‘sólo sí es sí’, aunque fuentes jurídicas consultadas no descartan que tras la decisión del alto tribunal valenciano le secunden los otros tres agresores.

En declaraciones a EFE, el abogado de la acusación particular, Francisco González, ha considerado que la modificación legislativa supone «un atropello legal a las víctimas de los delitos sexuales y dejar en la nada la labor de los jueces, las acusaciones y el Estado de Derecho».

Los hechos causaron una honda conmoción en la opinión pública y ocurrieron el día de Año Nuevo de 2019 cuando Joffre Gerardo T.B. convenció durante una fiesta en Benidorm a la víctima, una joven de 19 años, para que le acompañara a un domicilio situado en el municipio vecino de Callosa d’En Sarrià.

Una vez allí fue violada grupalmente por el anterior y otros tres individuos más, todos de 19 a 24 años y origen ecuatoriano, una agresión sexual que fue grabada con sus móviles.

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Sucesos

La jueza deja en libertad a los dos hermanos detenidos por violar a una mujer en un coche en Malilla 

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hermanos detenidos por violar mujer coche Malilla 
Fachada del TSJCV - EUROPA PRESS - Archivo

Los dos hermanos detenidos por una presunta agresión sexual a una mujer en el barrio de Malilla, en València, han quedado en libertad tras la decisión adoptada por la jueza de guardia de la Sección de Violencia sobre la Mujer del Tribunal de Instancia de Valencia.

La magistrada ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa al no haberse formalizado denuncia por parte de la supuesta víctima, un requisito imprescindible en este tipo de delitos según la legislación vigente.

La decisión judicial: sobreseimiento provisional

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la jueza ha considerado que no ha quedado acreditada de forma suficiente la comisión del delito.

Además, ha señalado que, conforme al artículo 191 del Código Penal, los delitos contra la libertad sexual requieren la denuncia de la persona afectada, su representante legal o la actuación del Ministerio Fiscal en determinados supuestos.

Este artículo establece que:

  • es necesaria la denuncia de la víctima para iniciar el procedimiento
  • el Ministerio Fiscal puede actuar si la víctima es menor, persona vulnerable o desvalida

En este caso, al no haberse presentado denuncia, la causa ha sido archivada de manera provisional.

Los hechos: una intervención policial en Malilla

La actuación policial se produjo el pasado jueves por la noche, tras la llamada de un vecino que alertó de una posible agresión sexual en el interior de un vehículo.

Según fuentes policiales, el aviso se recibió sobre las 23:30 horas, cuando un testigo afirmó haber presenciado cómo dos hombres supuestamente agredían a una mujer en un coche estacionado en un descampado.

El suceso tuvo lugar en la calle Juan Ramón Jiménez, en el barrio de Malilla.

Detención de los sospechosos

Tras recibir el aviso, agentes de la Policía Nacional se desplazaron hasta el lugar y procedieron a la detención de los dos presuntos implicados, hermanos nacidos en 1955 y 1969.

La mujer fue trasladada a un centro hospitalario para su evaluación médica, según las mismas fuentes.

Claves legales: por qué es necesaria la denuncia

Este caso pone el foco en el funcionamiento del sistema judicial en delitos contra la libertad sexual.

La normativa actual establece que:

  • sin denuncia de la víctima no se puede continuar el procedimiento en la mayoría de casos
  • existen excepciones cuando hay especial vulnerabilidad

El objetivo de esta regulación es proteger la voluntad de la víctima en este tipo de procesos, aunque en ocasiones puede dificultar la persecución de los hechos si no se formaliza la denuncia.

Investigación y situación actual

Con la decisión judicial, los dos detenidos han quedado en libertad sin medidas cautelares.

No obstante, el sobreseimiento es provisional, lo que implica que la causa podría reabrirse si se aportan nuevos elementos o si la víctima decide interponer denuncia en el futuro.

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