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Valencia

Archivan la causa contra Rus por el desvío de dinero del alumbrado de Llutxent y procesan a Benavent

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VALÈNCIA, 22 Jul. (EUROPA PRESS) – El titular del Juzgado de Instrucción 9 de València ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa en la que se investiga el supuesto desvío del dinero que la Diputación de Valencia iba a destinar al alumbrado de Llutxent (Valencia) respecto al expresidente de la corporación provincial Alfonso Rus y a José Estarlich, presunto testaferro del exgerente de la empresa pública Imelsa (actual Divalterra) Marcos Benavent, autodenominado ‘yonki del dinero’.

Sin embargo, en un auto del pasado viernes, el magistrado ha decidido también abrir procedimiento abreviado contra tres investigados –el propio Benavent, el ex director financiero de esta firma pública José Enrique Montblanch y el administrador único de la empresa Flying Tiger SL– por un delito de estafa en concurso con otro de falsedad en documento privado y un delito de malversación en relación a las irregularidades detectadas en el proyecto de renovación del alumbrado de Llutxent, que contaba con un presupuesto de 60.445 euros, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El instructor considera que la investigación ha acreditado que las facturas presentadas por Flying Tiger SL fueron pagadas en enero de 2013 con la autorización de Benavent pese a que no existe «ningún soporte documental relativo al proyecto, a los supuestos trabajos facturados, ni a cualquier cuestión relacionada con ello».

En esa misma resolución, el magistrado acuerda el sobreseimiento provisional de la causa respecto a Rus y Estarlich debido a que considera que las declaraciones incriminatorias contra ambos realizadas por el ‘yonki del dinero’ en sede judicial el pasado 7 de mayo «carecen de todo sentido y realidad» y se tratan de «presuntas excusas para derivar en otros sus presuntas responsabilidades, a determinar en juicio oral, en su caso».

En esa declaración, Benavent negó haberse quedado con el importe de dicho contrato y atribuyó el cobro de esa comisión a que Rus le había pedido dinero para financiar al Olímpic, el equipo de fútbol de Xàtiva, de donde era alcalde, y señaló también a Estarlich.

Por su parte, el expresidente de la Diputación compareció como investigado el pasado miércoles y aseguró que fue Benavent quien desvió el dinero que la corporación provincial iba a destinar al alumbrado de Llutxent para quedarse él mismo una parte y el resto, su supuesto testaferro, José Estarlich.

BENAVENT, MONTBLANCH Y EL EMPRESARIO YA FUERON PROCESADOS
Esta causa ha vivido un complicado camino judicial hasta el punto de que en agosto del pasado año el juez dio por concluida la investigación y acordó el procesamiento únicamente de Benavent; del ex director financiero de Imelsa, José Enrique Montblanch, una mercantil y el empresario en relación con el contrato presuntamente irregular para el alumbrado público de Llutxent.

Previamente se había anulado el auto de apertura de juicio oral ya dictado contra tres de ellos porque la Audiencia ordenó que se incluyera a un cuarto procesado, el ex director financiero, sobre el que se había pedido el sobreseimiento, pero que volvió a estar incurso en la causa tras pedirlo el recurso de Fiscalía y la actual Divalterra.

La Audiencia revocó ese auto al entender que este último «presentaba sospechas de haber podido participar en los hechos», al haber podido omitir procedimientos de control propios de su cargo. El empresario reconoció por su parte que se había recibido el dinero sin contraprestación alguna y se comprometió a devolver la deuda.

Sin embargo, Benavent pidió declarar, el juzgado lo rechazó en primera instancia y la Audiencia, en apelación, le dio la razón por garantizar su derecho de defensa y acordó que la causa regresara al momento de diligencias previas para que el exgerente de Imelsa prestara declaración, comparecencia que se hizo el pasado 7 de mayo.

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Estos son los cambios para el próximo curso escolar en Valencia

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Estos son los cambios para el curso escolar en Valencia

El pleno del Consell ha aprobado este martes el decreto de libertad de elección del centro educativo, conocido como distrito único, que da más puntos a las familias con rentas bajas, a las numerosas, las monoparentales, a las beneficiarias de la Renta Valenciana de Inclusión y a quienes trabajen en un centro educativo.

El nuevo decreto primará como criterios básicos la existencia de hermanos en el centro, la proximidad al mismo y la renta de las familias, e incorpora como novedad la baremación en cuanto a la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza y el deporte de élite.

Según ha informado el conseller de Educación, José Antonio Rovira, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, con este nuevo decreto «se superan las limitaciones impuestas por un modelo de obligatoria parcelación» del anterior gobierno del Botànic y se pasa a un modelo de «libertad» en el que «escogen las familias».

Con ello, ha añadido, se da continuidad al «concepto de libertad como con la proposición de ley de Libertad Educativa, que sustituye a la de plurilingüismo».

Así, ha detallado que el nuevo decreto regula el proceso de admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y en los centros de Educación Especial en la Comunitat Valenciana.

Mayor «libertad» a la familias

La principal novedad del proceso de admisión del próximo curso es la incorporación del distrito único, que dará libertad a los padres y madres para elegir el centro educativo que consideren más adecuado para sus hijos e hijas.

El conseller ha señalado que el nuevo decreto «supera las limitaciones impuestas por un modelo de obligatoria parcelación y se pasa a un modelo en el que, manteniendo la proximidad del domicilio como criterio, las familias de una localidad tendrán la opción de elegir libremente el centro» que se ajuste a sus intereses y convicciones.

Este nuevo marco también va asociado a la necesidad de replantear las prioridades, prelación y ponderación de las puntuaciones que van asociadas a los diferentes criterios de baremación.

Destacan en este sentido novedades como el incremento de puntos en la renta per cápita de la unidad familiar (sin ser persona beneficiaria de la Renta Valenciana de Inclusión), de acuerdo con el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), correspondiente a 14 pagas, en relación con el ejercicio fiscal anterior en dos años al año natural en que se solicita plaza.

En el caso de las rentas más bajas se pasará de los 3,5 puntos actuales a 7 puntos, informa la Generalitat.

También se produce un aumento en la valoración de las personas destinatarias de la Renta Valenciana de Inclusión, ya que se pasa de 4 a 7 puntos; y la puntuación cuando los padres, madres o tutores o tutoras legales sean personal de plantilla en activo del centro educativo aumenta de 5 a 7 puntos.

Por otro lado, se valora la condición legal de familia numerosa especial con 7 puntos (frente a los 5 actuales) y general (con 5 puntos frente a los 3 de ahora). Además, el alumnado nacido en parto múltiple contará 1 punto por cada hermano o hermana nacido en el mismo parto.

También se incrementa el peso de las familias monoparentales de régimen especial (7 puntos frente a los 5 de ahora) y general (5 puntos frente a los 3 actuales).

Música, danza y deporte de élite

Otra de las novedades del proceso de admisión radica en la solicitud de plaza en la Comunitat Valenciana por primera vez o por cambio de localidad de residencia. Así, se puntuará con 15 puntos por cada uno de los hermanos o hermanas, u otros niños, niñas o adolescentes integrantes de la familia de acogida o guardadora con fines de adopción.

Además, se introduce una novedad en la baremación en cuanto a la simultaneidad con enseñanzas profesionales de música o de danza. De esta forma, el alumnado que curse a la vez enseñanzas regladas de música o de danza y enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, y que no solicite, o bien no le corresponda, la admisión atendiendo al criterio de prioridad, tendrá 2 puntos.

Los mismos puntos se aplicarán en la baremación del alumnado que acredite la condición de deportista de élite, de alto nivel o de alto rendimiento, así como de personal técnico, entrenador, arbitral y juez de élite de la Comunitat Valenciana, y que no solicite, o bien no le corresponda, la admisión atendiendo al criterio de prioridad.

Por último, los centros podrán valorar con un punto extra las circunstancias específicas, que el conseller ha calificado de «simbólico», y que los que los criterios básicos que prevalecerán serán «la existencia de hermanos en el centro, proximidad al mismo y la renta» y ha asegurado que el cobro de cuotas en centros concertados está prohibida y es solo voluntaria.

Rovira ha informado asimismo de que, tras la aprobación hoy de este decreto por el pleno del Consell, «en breve» se abrirá el proceso de admisión en los centros.

 

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