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Así será elegido el Director General de la nueva RTVV

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Después de la reunión celebrada el 19 de enero de 2017 por la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació, en Burjassot, el Consell Rector de esta Corporación ha llegado al acuerdo de proceder a la revisión para la mejora de la propuesta de pliego para la emisión provisional de la radio.

Además, se ha aprobado el baremo, por la comisión de valoración, para la elección de la persona que va a proponer como titular de la Dirección General de la Sociedad Anónima de Medios de Comunicación de la Comunitat Valenciana (convocatoria DOGV de 07.12.2016) de entre los 20 candidatos y candidatas presentados.

En el apartado de méritos (base 4.2) se puntuará sobre 100, que después se adaptará al 30% sobre el total. De la misma manera, el proyecto de actuación se puntuará sobre 100, que después se adaptará al 60% sobre el total.

La valoración general de los méritos del apartado 4.2 de las bases de la convocatoria responde a la distribución siguiente (sobre 100 puntos):

a) Tener conocimientos de idiomas diferentes a los oficiales en la Comunitat Valenciana: un máximo de 7,5 puntos.

b) Tener formación en el ámbito de la comunicación (licenciaturas, grados, másters, postgrados y otros títulos y cursos): un máximo de 15 puntos.

c) Tener habilidades de liderazgo, dotes de comunicación y dirección de equipos, así como de planificación, determinación de prioridades, toma de decisiones y solución de conflictos: un máximo de 15 puntos.

d) Tener conocimientos en materia de igualdad de género: un máximo de 10 puntos.

e) Tener conocimientos de contexto económico, social, institucional y cultural de la Comunitat Valenciana: un máximo de 15 puntos.

f) Tener experiencia profesional o en la gestión de medios audiovisuales: un máximo de 30 puntos.

g) Tener publicaciones, escritos o audiovisuales, en el ámbito de la comunicación, especialmente, en el del audiovisual: un máximo de 7,5 puntos.

Respecto a la valoración del proyecto de actuación, la Comisión ha acordado dividir la valoración del proyecto en seis apartados con la distribución general de puntos siguiente (sobre 100 puntos):

1.- Objetivos (generales y específicos): un máximo de 10 puntos.

2.- Programación y modelos de producción: un máximo de 25 puntos.

3.- Estructura y organización: un máximo de 25 puntos.

4.- Sinergia y convergencia de medios: un máximo de 15 puntos.

5.- Cronograma: un máximo de 10 puntos.

6.- Adecuación a la realidad presupuestaria: un máximo de 15 puntos.

A causa de las inclemencias meteorológicas, uno de los miembros del Consell Rector de esta Corporación ha participado a través de videoconferencia.

Ante este comunicado, el diputado del grupo Parlamentario Popular Jorge Bellver ha anunciado la presentación de una petición de comparecencia en Les Corts del presidente de la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC) para que explique por qué los baremos para elegir al futuro director de la nueva RTVV se han publicado después de la presentación de las candidaturas al puesto.

«Parece ser que se han publicado después, por lo que estaríamos ante una acción ilegal y anticonstitucional, que va en contra de la seguridad jurídica que debe regir todo proceso de selección que además está recogido por la Ley 6/2016 de Les Corts y por tanto queremos conocer la postura de Enrique Soriano», ha señalado Bellver.

«No tiene sentido que las bases que deben servir para seleccionar al personal se redacten una vez que ya sabes cuántas personas se han presentado a la selección y quiénes son. Es un motivo de recurso que podría llevar a la nulidad de este proceso de selección, pero en cualquier caso antes de llegar a ese punto nos gustaría conocer la postura y las explicaciones del presidente de la CVMC», ha reiterado.

«Lo normal es aprobar primero las bases y los baremos que deben regir la selección del personal, máxime cuando se trata de un organismo que depende de la Generalitat pero se rige por una Ley. Tenemos el convencimiento de que se está actuando mal en esta materia, primero tenían que haberse aprobado los baremos y luego que se presentaran los aspirantes. Pueden aducir que los sobres con los nombres han estado cerrados durante la elaboración de los baremos, pero es que los nombres han salido publicados incluso en los medios de comunicación», ha recordado.

A juicio de Bellver, «cualquiera de las personas que se ha presentado y no resulte elegida podría recurrir el proceso porque se está atacando el principio de seguridad jurídica».

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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