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Colegios y padres católicos valencianos ‘en pie de guerra’ por las palabras de Celaá

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VALÈNCIA, 15 Nov.-Escuelas Católicas de la Comunidad Valenciana y la Federación Católica de Padres de Alumnos de Valencia (FCAPA) han acogido con «estupor, preocupación e indignación» las palabras de la ministra de Cultura, Isabel Celaá, que ha asegurado que «de ninguna manera se puede decir que el derecho de los padres a elegir una enseñanza religiosa o elegir centro educativo podrían ser parte de la libertad de enseñanza» que emana del artículo 27 de la Constitución y han asegurado que tienen las espaldas «muy bien cubiertas» por los tribunales.

Para la patronal, que agrupa a más de 300 colegios concertados, y la Federación, con más de 95.000 familias asociadas, que la ministra niegue que la libertad de elección de centro esté recogida en el artículo 27 de la Constitución, es «terrible» y un «jarro de agua fría» de cara al futuro.

Desde ambas entidades han llamado, sin embargo, a la tranquilidad de padres y profesores porque el Estado de Derecho les respalda, como se están encargando de demostrar en sucesivas sentencias tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional.

La presidenta de Escuelas Católicas de la Comunidad Valenciana, , Vicenta Rodríguez, que estuvo presente el jueves en Madrid en el acto, organizado por esta misma entidad a nivel nacional y en el que la ministra pronunció esas palabras, ha indicado que lo que dijo Celaá «causó estupor y si esto significa marcar la hoja de ruta del futuro ministerio, preocupa mucho de cara a que los padres no puedan elegir el centro para sus hijos pero también de cara al mantenimiento de las aulas concertadas».

«JARRO DE AGUA FRÍA»
«Nos parece que la ministra estuvo fuera de lugar, porque lanzar, ante 2.000 profesores entusiasmados y apasionados por la educación y ante tantos centros educativos que nos habíamos concentrado para trabajar, este «jarro de agua fría» como hoja de ruta, negando el derecho constitucional de los padres a elegir la educación para sus hijos, es algo que indigna, preocupa e inquieta».

El portavoz de FCAPA Valencia, Vicente Morro, ha expresado que «ese tipo de declaraciones, tienen un fondo terrible, la ministra se sitúa fuera del consenso constitucional, pretende dejar una vez más a los padres fuera de la responsabilidad que tenemos como primeros educadores de nuestros hijos».

«No tienen ningún sentido esas declaraciones y, aunque sea como un guiño a posturas más radicales y no sea su pensamiento de fondo, no se puede jugar nunca con la libertad de educación», ha añadido.

Además, Morro ha precisado que «en este caso concreto tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal Constitucional están avalando el derecho de la familia a elegir la educación que desean para sus hijos, que no solo está recogido en el artículo 27 de la Constitución sino en toda una serie tratados internacionales y en abundante jurisprudencia de los tribunales».

El portavoz de FCAPA Valencia ha lanzado un mensaje de «tranquilidad» a los padres de familia, porque «tenemos las espaldas muy bien cubiertas por el Estado de Derecho y haremos valer nuestros derechos y libertades».

FUENTE: EUROPA PRESS

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Ordenan reabrir el caso de Marta del Castillo

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el cuco marta del castillo

Reabren el caso de Marta del Castillo por posible intrusismo en el informe del móvil de Miguel Carcaño

La Audiencia de Sevilla ha ordenado reabrir la investigación por posible intrusismo profesional en el caso Marta del Castillo, uno de los procesos judiciales más mediáticos de los últimos años. El tribunal insta al Juzgado de Instrucción número 7 a practicar nuevas diligencias para determinar si el informe pericial sobre el teléfono móvil de Miguel Carcaño, asesino confeso de la joven sevillana, fue encargado por el juzgado o aportado por una de las partes.

La decisión revoca el sobreseimiento provisional dictado el 14 de marzo de 2025 y confirmado el 29 de mayo, dando la razón al recurso interpuesto por Pedro de la Torre, presidente del Colegio Profesional de Ingenieros Técnicos en Informática de Andalucía (CPITIA).


El origen del recurso: el perito no estaba colegiado

La denuncia se centra en la actuación del perito Manuel Huerta de la Morena, autor del informe pericial sobre el móvil de Carcaño. Según el CPITIA, Huerta no era ingeniero técnico en informática ni estaba colegiado, lo que podría constituir un delito de intrusismo profesional. Además, se le acusa de haber mostrado en medios de comunicación imágenes vinculadas a la causa judicial.

La Audiencia de Sevilla descarta continuar la investigación por revelación de secretos, al entender que el caso de Marta del Castillo ha tenido una exposición mediática masiva desde 2009, y no se aprecia información nueva de carácter reservado. Además, el artículo 201.1 del Código Penal exige denuncia del agraviado o su representante, que en este procedimiento “no existe”.


El debate: ¿un informe informático requiere título habilitante?

En relación con el presunto delito de intrusismo, el tribunal destaca que el artículo 403 del Código Penal exige dos elementos: ejercer actos propios de una profesión y carecer del título correspondiente.
En este sentido, recuerda que el perito “no firmó el informe como ingeniero informático”, sino como representante de la empresa Lazarus Technology, sin atribuirse expresamente esa condición.

No obstante, la Audiencia subraya que aún se desconoce si el equipo forense incluía a algún titulado en informática ni si el informe fue encargado por el juzgado o aportado por una parte, cuestiones que considera determinantes para decidir si la conducta constituye delito.

El tribunal cita la Ley 12/1986, que reconoce a los ingenieros técnicos la competencia para realizar “peritaciones, valoraciones, tasaciones, informes, estudios, planes y proyectos”, un argumento que refuerza la posición del CPITIA.


El juzgado deberá decidir en 12 días

La Audiencia de Sevilla ordena ahora que el Juzgado de Instrucción número 7 practique, en un plazo de 12 días, las diligencias necesarias para aclarar si el informe fue o no encargado judicialmente y si participó algún profesional titulado.
Tras ello, el juzgado deberá resolver “con entera libertad de criterio” si procede mantener el sobreseimiento o continuar la investigación.

 

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