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Comunicado del Arzobispado de Valencia

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Tras las críticas recibidas por parte del Ayuntamiento de Valencia y posteriores publicaciones sobre el acto de la Virgen de los Desamparados en la puerta de la Basílica, el Arzobispado de Valencia ha remitido este comunicado. Este es el texto íntegro:

Ante la falsedad de algunas de las informaciones publicadas, el Arzobispado de Valencia señala:

–          La Festividad de la Virgen de los Desamparados se ha celebrado en una única Misa celebrada a las 10:30 horas en la Real Basílica, a puerta cerrada sin presencia de fieles

–          Tras la celebración de la misa, desde el interior del templo, la imagen peregrina ha sido orientada hacia la Plaza de la Virgen, sin que haya abandonado en ningún momento el interior del templo

–          La imagen se ha expuesto sólo durante el tiempo que ha sonado el himno regional

–          Sólo han podido contemplar la imagen peregrina las personas que en ese momento se encontraban en la Plaza, y en presencia de tres unidades de la policía local y de miembros de Cruz Roja. La policía local ha recordado a los presentes que debían mantener la distancia marcada por las autoridades sanitarias, y se ha cumplido escrupulosamente con dichas medidas sin que la policía local haya tenido que realizar ninguna intervención

–          Las puertas de la Basílica se han cerrado y el templo ha abierto en el horario habitual de 11:00 a 13:00 y de 17:00 a 19:00, cumpliendo estrictamente las medidas autorizadas por las autoridades sanitarias, como se venía haciendo desde el pasado 14 de marzo

–          Las medidas de seguridad implementadas desde el inicio de la pandemia se habían reforzado desde la pasada semana para la entrada en Fase 1, con la higienización total del templo, la señalización junto con Cruz Roja de todos los bancos, la dispensación de gel hidroalcohólico, entre otras medidas de seguridad comunicadas por el Arzobispado, por lo que esta mañana como en cualquier otro día de acceso al templo, se ha asegurado la limitación del aforo y se ha prohibido la entrada a los fieles sin mascarilla, y se han extremado todas las medidas de seguridad establecidas en el Estado de Alarma.

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Por todo ello:

Frente a las falsas informaciones publicadas que distorsionan los hechos, afirmamos:

NO SE HA INCUMPLIDO EL ESTADO DE ALARMA

HOY -COMO EN CUALQUIER DÍA DESDE EL 14 DE MARZO- EN LA BASÍLICA DE LA VIRGEN SE HA CUMPLIDO CON EL AFORO Y TODAS LAS MEDIDAS DE ALTA SEGURIDAD ESTABLECIDAS, SIN QUE HAYA EXISTIDO NINGUNA EXCEPCIÓN POR LA FESTIVIDAD DE LA VIRGEN.

ES ROTUNDAMENTE FALSO QUE SE HAYA ABIERTO LA BASÍLICA POR LA FESTIVIDAD DE LA VIRGEN DE LOS DESAMPARADOS

LA ARCHIDIÓCESIS DE VALENCIA HA ESTABLECIDO DISPOSICIONES DE MÁXIMA SEGURIDAD DESDE EL INICIO DEL ESTADO DE ALARMA Y CUMPLIDO ESCRUPULOSAMENTE TODAS ELLAS

ES FALSO QUE SE HAYAN PRODUCIDO AGLOMERACIONES Y EL COMPORTAMIENTO DE LOS ASISTENTES HA SIDO EJEMPLAR

Lamentamos la manipulación y las acusaciones que se han vertido desde algunas autoridades públicas sin contrastar la veracidad de los hechos, así como la distorsión y falsedad de las afirmaciones de algunos medios de comunicación.

Afirmamos sin ninguna duda que la celebración de la festividad de la Virgen se ha realizado cumpliendo estrictamente con las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Esperamos que ninguna de estas autoridades se haga eco de la difusión falsa y malintencionada de algunos medios de comunicación.

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7 Comentarios

1 Comentario

  1. Amparo

    10 mayo, 2020 en 11:11 pm

    Si yo no salgo la virgen tampoco lo entendemos yaaaaaa o queeee

    • Ramón Vicente Cano Montoya

      11 mayo, 2020 en 10:42 am

      Creo que eres tú quien no lo entiende: la Virgen no ha salido a la calle. Tampoco entiendes que la gente sí está saliendo, desde el 4 de mayo al menos.

    • Ramón Cano

      11 mayo, 2020 en 11:17 am

      Creo que es usted quien no entiende: ni la Virgen ha salido a la calle (estuvo 4 minutos en la cancela de la puerta) ni tampoco, por lo que parece, sabe usted que la gente está saliendo, con las debidas precauciones, a la calle.

    • Pilar Garcia Suárez

      11 mayo, 2020 en 3:41 pm

      Ningún sacerdote con mascarilla ni guantes. Ejemplo pesimo

      • Paco Montalt Rodenas

        15 mayo, 2020 en 12:46 pm

        Según el del tetrabrik, «Don Simón» las mascarillas son innecesarias, inútiles y no obligatorias.

  2. Inma

    11 mayo, 2020 en 12:23 am

    No es correcto lo que se ha hecho y ya esta bien , necesitamos salir de esto y tiene que ser poco a poco , desde casa se puede rezar perfectamente y tenemos la tv para escuchar la Eucaristía , seamos sensatos y no defendamos lo indefendible y después acusemos a los mismos siempre cuando somos los primeros que no cumplimos las normas (me incluyo)

  3. Antonio Castro

    11 mayo, 2020 en 10:20 am

    La que no entiende es usted, señora: no salió, sino que se asomó a la puerta, como seguramente habrá hecho usted y como ciertamente he hecho yo.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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