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Educación convoca las pruebas de acceso para los ciclos formativos de FP para 2019

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VALÈNCIA, 07 Mar.- La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’ la resolución por la que se convocan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio y superior para 2019.

Como principal novedad, se modifica la estructura de las pruebas académicas, con el fin de que no se realicen todas en la misma jornada. De esta manera, los ejercicios se realizarán distribuidos en dos días diferentes y consecutivos, tanto para grado medio como para grado superior, siguiendo así la recomendación del Síndic de Greuges de fecha 30 de agosto de 2018.

En concreto, los exámenes de acceso tanto a grado medio como a grado superior serán los días 11 y 12 de junio y se celebrarán en todos los centros docentes públicos que impartan ciclos formativos. El objetivo de estas pruebas es posibilitar que aquellas personas que no reúnan los requisitos académicos de acceso directo a ciclos formativos puedan cursar estos estudios y complementar así su formación. Además, cabe destacar que la certificación que acredita haber superado las pruebas de acceso tiene validez en todo el territorio nacional.

Para este alumnado, en el procedimiento de admisión se reservará un mínimo de un 20% de las plazas vacantes, que podrá ampliarse en caso de que las solicitudes del alumnado que concurra por otras vías de acceso sea insuficiente para cubrir la oferta.

En cuanto al período de inscripción en las pruebas, se abrirá el 23 de abril y permanecerá abierto hasta el 10 de mayo. El único requisito para poder presentarse a las pruebas de acceso a grado medio será tener 17 años de edad o cumplirlos durante el año 2019, y para el grado superior, tener 19 años o cumplirlos durante 2019.

Asimismo, quienes acrediten estar en posesión de un título de técnico de Formación Profesional podrán presentarse a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior cuando tengan como mínimo 18 años cumplidos el año de realización de la prueba, y únicamente se tendrá en cuenta el resultado a los efectos de admisión a ciclos formativos de grado superior cuando opten por participar en el proceso de admisión por la cuota correspondiente a prueba de acceso y otras vías de acceso.

El listado provisional del alumnado admitido para realizar las pruebas se publicará el 21 de mayo y, después del período de reclamación, el listado definitivo de admitidos y excluidos se publicará el 28 de mayo.

En cuanto a la publicación del resultado de las pruebas, el listado provisional de las calificaciones de ambos grados se publicará el 20 de junio y las reclamaciones podrán presentarse del 21 al 25 de junio.

Por último, la publicación de las listas definitivas de las calificaciones y la entrega de los certificados de las pruebas de grado medio y superior será el día 1 de julio.

Desarrollo de las pruebas
Los aspirantes a ciclos formativos de grado medio realizarán una prueba común para todos ellos, y constará de tres partes: Lingüística (Lengua y Literatura Castellana o Valenciana y Lengua Extranjera Inglés); Social (Ciencias Sociales, Geografía e Historia) y Científico-Matemático-Técnica (Matemáticas, Ciencias de la Naturaleza y Tratamiento de la Información y Competencia Digital).

Por otro lado, la prueba de acceso al grado superior constará de dos partes: la común y la específica. La parte común estará dividida en cuatro apartados: Lengua y Literatura (Castellana o Valenciana), Lengua Extranjera (Inglés), Matemáticas y Tratamiento de la Información y Competencia Digital. En cuanto a la parte específica, constará de dos apartados e incluirá diferentes contenidos de materias del Bachillerato, en función de la opción a la que esté adscrito el ciclo formativo.

La dirección de los centros docentes donde se vayan a realizar las pruebas designará al profesorado de los distintos departamentos didácticos y/o de orientación que deberán informar a las personas interesadas sobre el calendario, la estructura, los contenidos, los criterios de evaluación y la posibilidad de exención de las pruebas.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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