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El número de autónomos creció un 2,1% en la Comunitat hasta septiembre, por encima de la media nacional

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VALÈNCIA/MADRID, 5 Oct. (EUROPA PRESS) – El número de autónomos aumentó en 48.992 trabajadores en España los nueve primeros meses del año, cifra que supone un incremento del 1,5% respecto a diciembre de 2017 y que sitúa el número total de autónomos en los 3,25 millones de autónomos, según un informe elaborado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA).

Por comunidades autónomas, 12 de las 17 han sumado trabajadores autónomos durante los nueve primeros meses del año. Destacan las subidas de Baleares (+12%), Andalucía (+3,1%), Canarias (+2,8%) y Comunitat Valenciana (+2,1%).

Por detrás, con subidas menos abultadas, se encuentran Murcia (+1,6%), Madrid (+1,5%), Extremadura (+1,3%), Navarra y Cantabria (+0,8%), Castilla-La Mancha y Cataluña (+0,7%) y La Rioja (+0,2%).

En el lado opuesto, con caídas en el número de autónomos, se encuentran País Vasco (-0,5%), Galicia (-0,4%), Asturias (-0,2%) y Aragón y Castilla y León (-0,1%).

A nivel nacional, ATA ha concretado que este crecimiento ha duplicado al registrado en el mismo periodo de 2017, cuando el RETA sumó 22.062 trabajadores por cuenta propia.

Por otro lado, el informe pone de relieve que el ritmo de crecimiento de las mujeres autónomas es superior al de los varones. De hecho, estas registraron un crecimiento del 1,9%, frente al 1,3% de los autónomos.

LAS MUJERES REPRESENTAN EL 45%
En términos absolutos, los hombres aumentaron en 26.943 personas, mientras que las autónomas lo hicieron en 22.050 trabajadoras. Así, según ATA, las mujeres representaron el 45% de los nuevos autónomos que cotizaron en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Teniendo en cuenta los sectores de actividad, del estudio se desprende que el comercio (-1.277), la industria (-2.564) y la educación (-2.423) han perdido autónomos en lo que va de 2018.

Por el contrario, destacan los incrementos de autónomos registrados en la construcción (+9.139), la hostelería (+9.227) y las actividades profesionales (+9.481).

El presidente de ATA, Lorenzo Amor, ha puesto de relieve que el colectivo de autónomos ha vuelto a mostrar que es «protagonista de la creación de empleo».

«Las cifras muestran de una forma objetiva cómo la Ley de Autónomos está siendo efectiva y está dando sus frutos», ha apuntado Amor, tras resaltar que hay que seguir preponderando en reformas que faciliten el emprendimiento, eliminen trabas y ayuden a consolidar las actividades.

Asimismo, Amor ha insistido en que es necesario acometer medidas que fomenten el emprendimiento y mejoren la protección social de los más de tres millones de autónomos que hay en España, sobre todo tras ver, en los últimos meses, que «se está produciendo una desaceleración en el crecimiento del empleo y la economía».

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
PIXABAY

La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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