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Estas son las restricciones que se aprobarán hoy para municipios de más de 100.000 habitantes con alta tasa de incidencia

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Hoy, salvo sorpresa de última hora, el Consejo Interterritorial que reúne a las comunidades autónomas y el gobierno aprobará el acuerdo que ayer alcanzaron el Ministerio de Sanidad y la Comunidad de Madrid, que establece fuertes restricciones de seguridad para las ciudades de más de 100.000 habitantes que tiene una tasa de incidencia de COVID-19 superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes y que contempla las siguientes medidas:

-Se restringe la entrada y salida de personas de los municipios excepto para los desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por: a)Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. b)Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales. c)Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. d)Retorno al lugar de residencia habitual. e)Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. f)Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse. g)Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. h)Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. i)Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. j)Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. k)Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

-Es posible la circulación por carreteras y viales que transcurren o atraviesan los municipios previstos, siempre que tenga origen y destino fuera de los mismos. La circulación de personas residentes dentro de los municipios señalados será posible, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas.

-La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se reducirá a un número máximo de seis personas, salvo que se trate de convivientes, y excepto en el caso de actividades laborales e institucionales o en el de actividades en que se establezcan límites o medidas específicas.

-Se suspenderá la actividad de los parques infantiles de uso público.

-En cuanto a los aforos, se establece que en los lugares de culto será de será de un tercio; en los velatorios, un máximo de quince personas en espacios al aire libre o diez en espacios cerrados, sean o no convivientes. En los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público: a se reduce el aforo al 50%. La hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas.

-En los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas, el aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido.Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas y no podrán admitirse nuevos clientes a partir de las 22:00 horas y la hora de cierre no podrá superar las 23:00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

-Los parques infantiles y jardines se cerrarán al público.

-En las instalaciones deportivas, tanto al aire libre como en el interior, el aforo máximo será del cincuenta por ciento en espacios interiores y del sesenta por ciento en espacios exteriores y la práctica deportiva en grupos se reducirá a un máximo de seis personas.

Si se aprueba el acuerdo, diez de los once municipios que cumplen los requisitos y sufrirían estas restricciones pertenecen a la Comunidad de Madrid: Madrid, Getafe, Fuenlabrada, Alcorcón, Parla, Alcobendas, Alcalá de Henares, Leganés. Móstoles y Torrejón de Ardoz. Se desconoce la identidad del undécimo.

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Nueva subida de las pensiones en 2026 con un incremento: Así quedan

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Forbes elige Valencia jubilación

Las pensiones mínimas aumentarán más de un 7% tras el aval del Consejo de Ministros en un decreto único.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde nuevamente este martes a la revalorización de las pensiones para el año 2026, mediante un decreto único que recoge tanto el aumento de las pensiones contributivas como de las de clases pasivas.

Según ha explicado la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y portavoz del Ejecutivo, Elma Saiz, las pensiones contributivas subirán un 2,7%, en línea con la evolución de los precios, mientras que las pensiones mínimas experimentarán un incremento superior al 7%, con el objetivo de reforzar la protección de los colectivos con menores ingresos.

Qué pensiones suben en 2026

El decreto aprobado contempla:

  • Revalorización del 2,7% para las pensiones contributivas

  • Incremento de más del 7% para las pensiones mínimas

  • Actualización de las pensiones de clases pasivas

  • Aplicación conforme al sistema de revalorización ligado al IPC

El Ejecutivo defiende que esta medida garantiza el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas y refuerza el modelo de protección social, en un contexto de control de la inflación y estabilidad económica.

Un decreto clave para el sistema público

La aprobación en un único decreto busca dotar de seguridad jurídica y agilidad a la actualización de las pensiones, consolidando el mecanismo automático de revalorización implantado en los últimos años.

El Gobierno subraya que la subida forma parte de su compromiso con la sostenibilidad del sistema público de pensiones y con la reducción de la brecha de ingresos entre los distintos tipos de prestaciones.

Ejemplos de subida de las pensiones en 2026

La revalorización aprobada por el Gobierno tendrá un impacto directo en la cuantía mensual que perciben millones de pensionistas. A continuación, algunos ejemplos orientativos de cómo quedaría la subida en 2026:

Tipo de pensión Cuantía actual (€/mes) Incremento Nueva cuantía estimada (€/mes)
Pensión contributiva media 1.200 € +2,7% 1.232 €
Pensión contributiva alta 1.800 € +2,7% 1.849 €
Pensión mínima (jubilación) 800 € +7% 856 €
Pensión mínima con cónyuge a cargo 1.000 € +7% 1.070 €
Pensión de clases pasivas 1.500 € +2,7% 1.541 €

Nota: Las cifras son aproximadas y pueden variar en función de la situación personal del pensionista, complementos y actualizaciones oficiales definitivas.

 

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