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El demoledor informe del Ejército que vaticinó dos rebrotes del coronavirus hasta 2022

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El Ejército de Tierra elaboró un demoledor informe, el pasado mes de mayo de 2020, en el que vaticinaba que «habrá dos oleadas más de epidemia» de coronavirus, una de ellas más fuerte que la otra, y las sitúa entre el 21 de noviembre de 2020 y el 21 de febrero de 2021, el primer rebrote, y el 21 de noviembre de 2021 y el 21 de febrero de 2022 el segundo.

El estudio se titula «Informe cualitativo predicción epidemia largo plazo», y sostiene que «se tardará ente un año y un año y medio en volver a la normalidad». El dossier ha sido elaborado por la JCISAT (Jefatura de Sistemas de Información y Asistencia Técnica).

Este es el informe íntegro publicado en mayo de 2020: 

En relación al actual brote de la COVID-19 provocada por el SARS-COV-2, y a partir de la información obtenida de fuentes abiertas, se prevé como más probable el escenario siguiente:

1.- INMUNIDAD
a. Ninguna vacuna ofrecerá un 100% de protección.

b. Ninguna vacuna, que haya seguido los protocolos occidentales de ensayos clínicos, podrá estar lista hasta enero-febrero de 2021

c. El coronavirus no desaparecerá, pero la inmunidad adquirida por los individuos contagiados, los muy posibles tratamientos eficaces que se descubran y la futura vacuna, determinará que los problemas que surjan sean mucho menores.

d. Nunca habrá un 100 % inmunidad adquirida.

e. Habrá un porcentaje de casos de personas que habiéndose contagiado vuelvan a hacerlo. Pero lo más probable es que, en estos casos, los síntomas sean mucho más leves y no de tipo pulmonar grave.

2.- LARGO PLAZO
Habrá dos oleadas más de epidemia.

b. En verano descenderá el número de contagios. El calor ralentizará la expansión, pero no la detendrá completamente.

c. Habrá una segunda ola de COVID-19 al final del próximo otoño (2020). Posiblemente esto mismo se repita en el invierno siguiente (2021). Dado que existirá un mayor nivel de inmunidad social por el presente brote, que se dispondrá de más medios y se reaccionará más rápido, se espera que la intensidad de esa segunda ola sea menor. La posible tercera ola estará ya muy disminuida por disponer desde el principio de vacuna y tratamientos.

d. El primer estudio de seroprevalencia de la COVID-19 que se está realizando en toda España, se hace precisamente para conocer los resultados que permitan conocer qué fuerza que tendrá la segunda ola, en el sentido de tener la información sobre cuánta gente queda por infectar. A mayor número de contagiados en la ola actual, menor capacidad de propagación en la siguiente. Y en cualquier caso, si no hay muchos contagiados, la segunda ola no será tan extensa ni letal como la primera, porque enseguida se tomarán medidas de confinamiento fuertes y habrán mejorado los medios y tratamientos.

e. Por tanto, se tardará entre un año y un año y medio en volver a la normalidad. La forma final de la epidemia podría ser:

3.- COMPARATIVA DE CORONAVIRUS
El SARS-COV-2 no es de los virus que presentan mayor rango de contagio como pueda ser el sarampión.

b. El SARS-COV-2 es muy parecido al SARS de 2003, ambos coronavirus respiratorios. El de 2003 fue más severo y de mayor letalidad. La diferencia con el actual es que éste contagia antes de dar síntomas en tanto que el anterior contagiaba después de darlos, lo que dificulta enormemente la contención.

4.- OTRAS CONSIDERACIONES
El problema no es tanto el número de casos severos o muertes, sino que se acumulen todos a la vez de nuevo y colapsen los servicios sanitarios.

b. El aislamiento no ayuda a detener la expansión, pero sí a ralentizarla.

c. La idea fundamental para el Ejército es que se debe vigilar y estar preparados para la siguiente ola.

d. Para la autoprotección, la OMS y los EEUU recomiendan la mascarilla N95, cuyo porcentaje de protección correspondería a la medida europea que se encuentra entre las mascarillas auto filtrantes FFP2 (92%) y FFP3 (98%) europeas. Y sólo se pueden reutilizar si contienen una “R” en su designación. Otras, las mascarillas quirúrgicas habitualmente utilizadas en el ET, sirven para proteger a otros si la persona que la porta está contagiada, pero no sirven en absoluto para protegerse del contagio. El problema es la falta de disponibilidad en España de las FFP3. Para dicha autoprotección son también necesarias gafas.

e. Sería extremadamente importante disponer de una aplicación de teléfono móvil de control contactos para próximas oleadas.

f. Las medidas de confinamiento ayudan a quitar fuerza a la epidemia, pero no van a terminar con ella.

g. El mayor peligro en el futuro serán las aglomeraciones.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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