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La economía creció un 3,2% el año pasado igualando el dato de 2015

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El Producto Interior Bruto registra una variación trimestral del 0,7% en el cuarto trimestre de 2016

La tasa anual se sitúa en el 3,0% en el cuarto trimestre La variación resultante del PIB en términos de volumen para el conjunto del año 2016 es del 3,2%

El Producto Interior Bruto (PIB) generado por la economía española registra una variación del 0,7% en el cuarto trimestre de 2016 respecto al trimestre precedente2, según la Estimación avance del PIB trimestral. Esta tasa es similar a la registrada en el trimestre anterior.

La variación anual del PIB en el cuarto trimestre de 2016 se sitúa en el 3,0%, dos décimas inferior a la registrada en el tercer trimestre (3,2%). Por agregación temporal de los cuatro trimestres, el crecimiento en volumen del PIB en el conjunto del año 2016 se estima en un 3,2%.

La Estimación avance del PIB trimestral utiliza la misma metodología que la empleada en la compilación de la estimación completa, si bien en un marco simplificado. Adicionalmente, se recurre a técnicas avanzadas de modelización de series temporales, tanto para completar los datos del periodo de referencia como para validar las estimaciones. Con la Estimación avance del PIB trimestral corregido de efectos estacionales y de calendario de los países de la Unión Europea (UE), la Oficina de Estadística Europea (Eurostat) elabora la Estimación preliminar del PIB trimestral de la UE y de la Unión Económica y Monetaria.

La obtención de esta estimación responde a la necesidad de disponer de indicadores oportunos para analizar el comportamiento económico. La Estimación avance del PIB trimestral proporciona información adelantada y, por tanto, podría no coincidir con el dato que ofrece la Contabilidad Nacional Trimestral de España unas semanas más tarde. En este sentido, se recuerda que el INE publicará el próximo día 2 de marzo las tablas y cuadros completos de la Contabilidad Nacional Trimestral de España correspondientes al cuarto trimestre de 2016.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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