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La economía creció un 3,2% el año pasado igualando el dato de 2015

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El Producto Interior Bruto registra una variación trimestral del 0,7% en el cuarto trimestre de 2016

La tasa anual se sitúa en el 3,0% en el cuarto trimestre La variación resultante del PIB en términos de volumen para el conjunto del año 2016 es del 3,2%

El Producto Interior Bruto (PIB) generado por la economía española registra una variación del 0,7% en el cuarto trimestre de 2016 respecto al trimestre precedente2, según la Estimación avance del PIB trimestral. Esta tasa es similar a la registrada en el trimestre anterior.

La variación anual del PIB en el cuarto trimestre de 2016 se sitúa en el 3,0%, dos décimas inferior a la registrada en el tercer trimestre (3,2%). Por agregación temporal de los cuatro trimestres, el crecimiento en volumen del PIB en el conjunto del año 2016 se estima en un 3,2%.

La Estimación avance del PIB trimestral utiliza la misma metodología que la empleada en la compilación de la estimación completa, si bien en un marco simplificado. Adicionalmente, se recurre a técnicas avanzadas de modelización de series temporales, tanto para completar los datos del periodo de referencia como para validar las estimaciones. Con la Estimación avance del PIB trimestral corregido de efectos estacionales y de calendario de los países de la Unión Europea (UE), la Oficina de Estadística Europea (Eurostat) elabora la Estimación preliminar del PIB trimestral de la UE y de la Unión Económica y Monetaria.

La obtención de esta estimación responde a la necesidad de disponer de indicadores oportunos para analizar el comportamiento económico. La Estimación avance del PIB trimestral proporciona información adelantada y, por tanto, podría no coincidir con el dato que ofrece la Contabilidad Nacional Trimestral de España unas semanas más tarde. En este sentido, se recuerda que el INE publicará el próximo día 2 de marzo las tablas y cuadros completos de la Contabilidad Nacional Trimestral de España correspondientes al cuarto trimestre de 2016.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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