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4 consejos para afrontar la crisis económica que viene

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Los consejos de los expertos de cara a la crisis económica que viene son clave. Las finanzas personales se ha convertido en la principal preocupación para el 89% de los españoles consultados por la academia de formación financiera.

Según la última encuesta elaborada por la academia de formación financiera internacional Alfio Bardolla Training Group (www.alfiobardolla.es), con las previsiones económicas actuales, 9 de cada 10 españoles se muestran altamente preocupados sobre la situación de sus finanzas personales de cara a otoño-invierno.

Con una inflación superior al 10%, el alto precio del gas y de la luz sumado al incremento de los carburantes y de la cesta de la compra, todo apunta a unos próximos meses económicamente difíciles.

De hecho según los datos del último estudio de Alfio Bardolla, el 60% de los españoles decidió durante el mes de julio recortar o prescindir de parte de su gasto de cara a las vacaciones de verano pensando en los difíciles meses que se venían a partir de septiembre.

Uno de los principales motivos para esta alta preocupación económica es la dependencia de una única fuente de ingresos y es que el 77% de los españoles dependen únicamente de su sueldo para vivir.

El experto Alfio Bardolla

Alfio Bardolla CEO y experto en formación financiera explica, «En España en los últimos 2 años desde la pandemia se ha experimentado un crecimiento en el interés por la gestión de las finanzas personales.

Conscientes de la dependencia de un único trabajo que en la mayoría de los casos está sometido a la crisis económica, muchos españoles se han interesado por primera vez en la formación financiera para lograr nuevas fuentes complementarias de ingresos por medio de la inversión».

4 consejos para afrontar la crisis económica de otoño – invierno


Invertir.

Aunque parezca una paradoja, las subidas de precios se comen la capacidad de gasto, pero también hacen que los ahorros pierdan poder adquisitivo, es decir perjudican su valor, sobre todo si están en cuentas bancarias que no son remuneradas.

De esta manera una de las opciones es la de invertir al menos un 15% de los ahorros disponibles.

Controlar más que nunca las deudas.

Según datos de la academia de formación financiera, en España, el 27% de las familias adeudan dinero en créditos personales.

De este modo ante la situación económica actual se recomienda si se tienen deudas pendientes acelerar su amortización y no contraer otras nuevas.

Otro consejo que aporta Bardolla es el de racionalizar el uso de tarjetas de crédito.

Recortar todo tipo de gasto en deuda mala.

Saber diferenciar la deuda buena de la mala. La buena es la que genera beneficio y retorno de la inversión.

La deuda mala es un gasto que no genera beneficio. «En este contexto existen algunos gastos que no se pueden evitar, pero existen otros que, sin apenas darnos cuenta, van haciendo mella en nuestra economía.

Son gastos innecesarios que, si no se controlan bien, merman considerablemente nuestra cuenta corriente.

Hay que analizar qué gastos tenemos y cuales son prescindibles y evitar caprichos en estos momentos inflacionistas», explica el experto.

Explorar nuevas fuentes de ingresos.

Realizar una búsqueda activa continua para generar ingresos extra y para ello la manera más eficaz es mediante la inversión. Ya sea en un mercado alternativo, en inmuebles, coleccionismo, criptomonedas o cualquier tipo de activo alternativo.

Hoy en día existen fórmulas en el mercado que permite hacer inversiones para generar ingresos adicionales al sueldo.

Todo menos tener el dinero en una cuenta parado que no genere riqueza.

Alfio Bardolla concluye «Ante un contexto global de inflación y recesión, cobra más importancia que nunca esta búsqueda de fuentes de ingresos alternativos y la no dependencia de un único sueldo generando riqueza de manera complementaria».

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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