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Valencia

Conselleria de Sanidad elimina la segunda mamografía a pesar de las protestas del CESM-CV

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Una especialista realiza una revisión de una mamografía. EFE/ Miguel Angel Polo/Archivo

València, 17 mar (Official Press, EFE).- El Sindicato Médico de la Comunitat Valenciana ha denunciado la eliminación de la segunda lectura mamográfica en todas las unidades de prevención de la Comunitat.

La Conselleria suprime la segunda mamografía preventiva

El CESM-CV (Sindicato Médico de la Comunitat) considera que la decisión «puede dar retraso a un diagnóstico precoz» del cáncer de mama.

Según fuentes de CESM-CV, la eliminación se ha producido incluso en aquellas unidades que contaban con un radiólogo segundo lector. De acuerdo con ellas, este segundo lector reducía «de manera significativa los falsos diagnósticos», tanto en positivo como en negativo.

La decisión de la Conselleria «incumple las recomendaciones de garantía de calidad y seguridad»

Esta decisión de la Conselleria de Mínguez, han señalado, «incumple las recomendaciones de garantía de calidad y seguridad del programa». Afirman que la medida infringe «la normativa que regula el desarrollo del Programa de Prevención del Cáncer de Mama».

El sindicato ha indicado que Sanidad ha despedido «a todos los radiólogos que realizan la segunda lectura de mamografías» y que esto supone «igualar a la baja la calidad y seguridad del Programa de Cribado del Cáncer de Mama». Dicen además que lo han hecho «con la excusa de no disponer de radiólogos suficientes para la totalidad de Unidades de Prevención del Cáncer de Mama».

Consellería insiste en que se realizarán las revisiones y lecturas necesarias para prevenir el cáncer de mama

Fuentes de la Conselleria de Sanidad consultadas por EFE han insistido en que «en el caso de que exista la mínima duda sobre el resultado se realizarán las revisiones, lecturas o pruebas complementarias que sean necesarias». Ha afirmado también que «la Comunitat cuenta con una plantilla formada en su totalidad por radiólogos expertos e iniciará de forma coyuntural un programa de única lectura».

Asimismo, se ha insistido en que en la Comunitat este programa «tiene una de las coberturas poblacionales más extensas».

La cobertura de la prevención del cáncer de mama en la Comunitat

El programa de prevención comienza en la Comunitat a los 45 años, igual sólo que otras cinco regiones.  Se extiende desde este año hasta los 74 años. La Comunitat es la primera, junto con Andalucía, en adoptar esta medida.

La Conselleria señala que otras comunidades autónomas realizan una lectura única de las pruebas, como las de Navarra, País Vasco, Aragón, Murcia, Asturias, Castilla-La Mancha o Cantabria. Sanidad añade que, además, «los protocolos europeos recomiendan especialmente la doble lectura en el caso de radiólogos no expertos (menos de 3.500 estudios al año)».

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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