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Comunicado de pediatras españoles sobre los casos de shocks en niños y la COVID-19

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La Asociación Española de Pediatría (AEP) ha remitido un comunicado interno a los profesionales
pediatras y a otros médicos, con el título “Alerta sobre casos de shock pediátrico” y queremos
aclarar las siguientes cuestiones:

• Llamar a la calma a las familias. El cuadro clínico del que se informa en esta comunicación
profesional, es muy infrecuente, y se han descrito muy pocos casos en España. Gracias al
modelo pediátrico español, por el que los pediatras de atención primaria son el primer
contacto de los niños con la sanidad -muy bien formados y ya alertados de estos posibles
cuadros-, ello nos permitiría actuar ante los primeros síntomas. Tal y como se ha puesto
de manifiesto en la práctica clínica, seguimos insistiendo en que la gran mayoría de las
ocasiones la COVID-19 cursa de forma leve en los niños.

• Los casos de shock en niños que están coincidiendo temporalmente con la epidemia de
COVID19 son muy infrecuentes; el cuadro clínico se caracteriza por fiebre, vómitos,
inicialmente o puede debutar solo con dolor abdominal, exantema en la piel, los ojos
enrojecidos y mal estado general. No sabemos aún la causa, pero puede estar
desencadenado por infecciones bacterianas y tiene un tratamiento bien establecido
independientemente del tipo de agente infeccioso que la cause.

• Este tipo de comunicaciones profesionales, dirigidas exclusivamente a los sanitarios,
constituyen un procedimiento habitual en el marco de las enfermedades infecciosas, y
es la manera de informar ágilmente a todos los pediatras, incluyendo tanto a los que
están en la primera línea en la atención sanitaria a los niños, pediatras de cabecera, como
a pediatras de las urgencias hospitalarias. Este conocimiento hace posible un diagnóstico
de sospecha temprano ante patologías que requieren una intervención inmediata.

• Desde la AEP estamos procediendo a recopilar toda la información existente y con
evidencia científica bien documentada en torno a este cuadro clínico pediátrico que se
está describiendo en diferentes países.

• Como hemos incidido desde la AEP en las últimas semanas, seguimos recordando a los
padres la relevancia de que estén atentos a los síntomas de alarma de los niños, tanto
por la COVID-19 como por otras patologías que siguen siendo motivo de acudir a las
urgencias pediátricas.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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