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Valencia multa a 56 patinetes al día en la primera semana de sanciones

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Valencia, 30 sept. – «Ratificamos que en la ciudad de València no tenemos ningún problema de tráfico asociado al uso de vehículos de movilidad personal, los patinetes». El concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano, ha realizado este lunes un balance de la primera semana de aplicación de la nueva Ordenanza, y ha destacado la «normalidad» y la «ausencia de problemas» derivados de la presencia de este nuevo sistema de movilidad en las calles.

Dos datos destacan tras los primeros siete días de aplicación de la normativa: la ausencia casi total de multas por conducción temeraria, y que la mayoría de las sanciones se deben a la carencia de casco en los modelos de patinete en que es obligatorio. En buena medida, los resultados reflejan lo que desde la Policía Local se esperaba. Durante varias semanas, desde la aprobación de la Ordenanza el pasado mes de junio, los agentes policiales han evitado sancionar las faltas en el uso de los patinetes, y han realizado una labor de pedagogía e información entre la ciudadanía.

El pasado día 20, el concejal Cano anunció el fin de la moratoria, y desde el lunes 23 la Policía Local comenzó a multar las conductas no sujetas a norma para garantizar la convivencia de todos los actores de la movilidad en la ciudad.

En estos primeros siete días de aplicación de la Ordenanza para las personas conductoras de patinetes, el total de infracciones registradas y sancionadas asciende a 392. De ellas, el 67% (263 casos) se han debido a falta de casco por parte de los usuarios; el 14% (55 sanciones) por circular por zonas prohibidas; y el 11% (44 casos) por hacer uso de auriculares al conducir.

El concejal Aarón Cano ha destacado que únicamente se ha registrado una sanción por conducción temeraria, «lo que demuestra –ha afirmado- que en València no tenemos ningún problema asociado a la presencia de patinetes en nuestras calles».

En total, se ha impuesto una media de 56 denuncias cada día durante esta semana, distribuidas de manera proporcional por población y distrito en toda el área urbana. Poco más de un 37% de las multas han sido impuestas por agentes de la Unidad de Seguridad Vial, y un 18% por agentes de la Unidad de Convivencia Nocturna.

EL PERFIL DEL INFRACTOR: HOMBRE Y JOVEN

De los datos también se deduce el perfil más habitual de las personas infractores, que corresponde a una persona de género masculino y de edad entre 20 y 29 años (en este tramo, el número de infractores hombres prácticamente duplica al de mujeres: 105 hombres por 68 mujeres). A continuación sigue el tramo de edad comprendido entre los 30 a 39 años, también con más hombres con mujeres (48 hombres por 34 mujeres). Finalmente, los datos correspondientes al tramo de 40 a 49 (42 denuncias) años está equilibrado con de menores de edad (de 10 a 19 años), con 45 sanciones.

El concejal de Protección Ciudadana ha señalado que, si bien el mayor número de infracciones se han debido a la falta de casco, posiblemente la razón sea el desconocimiento. Por eso, se ha mostrado convencido de que una continuada acción de formación e información mejorará la situación. «Ocurrió lo mismo cuando se impuso la obligatoriedad del casco para el uso de ciclomotores –ha explicado Cano- al principio se registraban unas 5.000 multas al año, mientras que en la actualidad prácticamente no se impone ninguna por este concepto».

El resto de infracciones registradas esta semana apenas tienen un carácter testimonial: 9 sanciones por superar las plazas permitidas (2,3%), 4 por incumplimiento de características técnicas el vehículo (1,02%), 3 por carecer de timbre, freno o luces catadióptrico (0,77%), y 3 por no respetar la señal semafórica (0,77%).

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El Supremo levanta la orden de detención contra Puigdemont tras el aval del Constitucional a la amnistía por malversación

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Carles Puigemont

El Tribunal Supremo ha dejado sin efecto la orden nacional de busca y captura y detención contra el expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, después de que el Tribunal Constitucional haya avalado la aplicación de la Ley de Amnistía al delito de malversación relacionado con el procés.

La decisión ha sido adoptada este martes por el magistrado del Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del procés. En un auto, Llarena acuerda levantar «con carácter inmediato y hasta nueva resolución judicial expresa» las órdenes nacionales de detención que pesaban sobre Puigdemont y los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig.

El levantamiento es inmediato

La resolución del Supremo se produce después de que el Tribunal Constitucional haya estimado el recurso de amparo presentado por la exconsellera Dolors Bassa contra la decisión que había rechazado aplicarle la amnistía por el delito de malversación.

El Constitucional ha establecido así un criterio que puede afectar al resto de dirigentes del procés que mantienen causas pendientes por este delito. La decisión se ha adoptado por siete votos frente a cinco, según fuentes jurídicas citadas por EFE.

Llarena señala que todavía no dispone del texto íntegro de la sentencia del Constitucional, pero considera que existe una «coincidencia sustancial» entre los hechos y la cuestión jurídica analizada en el caso de Bassa y la situación de Puigdemont, Comín y Puig. Por ello, entiende que el nuevo pronunciamiento puede afectar al fundamento de las órdenes de detención.

Puigdemont puede regresar a España sin esa orden de detención

El levantamiento de la orden nacional elimina, por el momento, el riesgo de que Puigdemont sea detenido en España en virtud de esa medida. La decisión también afecta a Toni Comín y Lluís Puig, que permanecían procesados en la causa del procés.

El Supremo ha comunicado la decisión a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para que no ejecuten ninguna privación de libertad basada en las órdenes que han quedado sin efecto.

No obstante, el auto de Llarena deja claro que esta decisión no supone todavía la aplicación automática de la amnistía ni declara extinguida la responsabilidad penal de Puigdemont, Comín y Puig. Se trata de una medida adoptada ante el nuevo escenario jurídico abierto por el Constitucional.

El Supremo deberá resolver sobre la amnistía

El magistrado Pablo Llarena deberá analizar el contenido íntegro de la sentencia del Tribunal Constitucional para determinar sus consecuencias sobre la situación jurídica de Puigdemont y los otros dos exconsellers.

El propio auto señala que la decisión sobre las órdenes de detención podrá ser revisada posteriormente, una vez estudiado el alcance completo del pronunciamiento del Constitucional.

La decisión supone un nuevo paso en la aplicación de la Ley de Amnistía a los delitos de malversación vinculados al procés y abre la puerta al regreso a España de Puigdemont sin la orden nacional de detención que permanecía vigente desde 2017.

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