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Aena nombra a Joaquín Rodríguez director del Aeropuerto de València

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(EUROPA PRESS)-Aena ha nombrado a Joaquín Rodríguez como nuevo director del aeropuerto de Valencia y a Iván Grande como nuevo responsable del aeropuerto de Melilla, que tomarán posesión de sus nuevos cargos el 1 de febrero de 2018.

El gestor aeroportuario también ha nombrado a Mariano Menor, actual director de Valencia, director de Transición Operativa del aeropuerto de Murcia-Corvera, quien se encargará de llevar a cabo el traslado de la operación del aeropuerto de Murcia-San Javier al aeropuerto Internacional de la Región de Murcia, cuya gestión ha sido recientemente adjudicada a Aena.

Joaquín Rodríguez es ingeniero aeronáutico por la Universidad Politécnica de Madrid, ha realizado el Programa de Desarrollo Directivo (PDD) del IESE y el Máster en Estructuras de la Edificación por la Universidad Politécnica de Madrid.

Inició su trayectoria profesional en 2010 en el aeropuerto de Reus (Tarragona) como responsable de seguridad operacional. Posteriormente ha ocupado los cargos de jefe de sección de mantenimiento, jefe de sección técnico-operativa y director en el aeropuerto de Melilla.

Por su parte Iván Grande, nacido en Madrid, es ingeniero técnico aeronáutico por la Universidad Politécnica de Madrid. Ha realizado Ingeniería Industrial por la UNED, además del Grado en Ingeniería Aeroespacial por la Universidad de León y el Máster en Estructuras de la Edificación por la Universidad Politécnica de Madrid.

Comenzó su trayectoria profesional en Aena en 2012 en el área de operaciones del aeropuerto de Ibiza y posteriormente, desde 2013, ha asumido el puesto de jefe de sección técnico-operativa del aeropuerto de Melilla.

TRANSICIÓN OPERATIVA EN EL AEROPUERTO DE MURCIA-CORVERA.
Por otro lado, Mariano Menor ha sido nombrado nuevo director de Transición Operativa del aeropuerto de Murcia-Corvera. Natural de Murcia, es ingeniero aeronáutico por la Universidad Politécnica de Madrid y ha realizado el Programa de Desarrollo Directivo (PDD) del IESE.

Cuenta con una amplia experiencia en el entorno aeroportuario, asumiendo puestos de responsabilidad especialmente en la dirección de diferentes aeropuertos.

Desde sus comienzos en Aena en 1991 ha ocupado la dirección de los aeropuertos de València, Alacant-Elx, Málaga-Costa del Sol, Gran Canaria y Palma de Mallorca. Además, ha sido director de explotación técnica aeroportuaria y gerente en Aena Internacional.

Entre sus próximos retos tendrá que liderar la transición y traslado de operación entre el Aeropuerto de Murcia-San Javier y el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia.

El traslado de la actividad de un aeropuerto a otro, requerirá una etapa de transición que se coordinará de forma minuciosa con todos los agentes implicados con el fin de coordinar el traslado de sus equipos, personal y operaciones con el menor impacto posible.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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