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Valencia

Absuelto Alfonso Rus y el resto de procesados por el contrato del ‘call center’ de la Diputación

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Alfonso Rus contrato 'call center' Diputación
El expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Ruso. EFE/Ana Escobar/Archivo
València, 25 oct (OFFICIAL PRESS- EFE).- La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Rus y al resto de procesados en la pieza separada del caso Imelsa sobre la adjudicación de un contrato de servicio de atención telefónica en la Corporación Provincial.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, también queda exonerado el ex gerente de Imelsa y autodenominado ‘yonki del dinero’, Marcos Benavent, su exsuegro, Mariano López, y otros cuatro procesados, dos familiares el exsuegro y dos funcionarios de la Corporación Provincial.

El tribunal no ve acreditada la comisión de los delitos de prevaricación, malversación, tráfico de influencias, falsedad y blanqueo por los que habían sido acusados por la Fiscalía Anticorrupción, si bien la sentencia puede ser recurrida ante la Sala Segunda del Supremo.

Esta causa constituye la pieza separada D del denominado caso Imelsa, cuyo juicio se celebró entre el 25 de abril y el 5 de junio de este año.

En el trámite de conclusiones, la Fiscalía retiró la acusación para un octavo acusado, Fernando P.R., debido a su estado de salud.

Los hechos se remontan a mayo de 2013, cuando Imelsa -empresa pública de la Diputación- adjudicó a Servimun SLU por casi 843.000 euros el contrato para un centro de atención multicanal (telefónica y telemática) que facilitara información a los contribuyentes sobre determinados tributos municipales. El contrato tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015 y no se prorrogó.

Absuelto Alfonso Rus y el resto de procesados por el contrato del ‘call center’ de la Diputación

La Sala entiende que no ha quedado probado que Alfonso Rus tuviera participación alguna en el proceso de adjudicación, ni que mediaran en el análisis técnico de las ofertas presentadas “valoraciones arbitrarias ni tendenciosas” para beneficiar a Servimun SLU en detrimento de las otras ofertantes.

Respecto al desarrollo del contrato, para lo que Servimun SLU contrató en calidad de asesor al exsuegro de Benavent y a su empresa Técnicas Legales Administrativas SLU, los magistrados tampoco consideran acreditado que los servicios telefónicos o telemáticos que debía atender el Contact Center “no fueran atendidos en su totalidad”, sino que, “al contrario, hubo un sobredimensionamiento del mismo”.

El Tribunal ha desestimado las alegaciones relativas a la posible vulneración de derechos fundamentales presentadas por las defensas como cuestiones previas, como la práctica de diligencias de instrucción fuera de plazo o el uso como prueba de los documentos incautados por los investigadores en determinadas entradas y registros.

La Audiencia examina en la resolución cada uno de los delitos por los que acusaba el Ministerio Público y concluye que no ha quedado acreditada la comisión de ninguno de ellos.

Así, respecto al delito de prevaricación administrativa, señala que la adjudicación del contrato a Servimun SLU “siguió todos los pasos procedimentales para un contrato de esa naturaleza de cuantía superior a los 150.000 euros que tiene prevista la Ley de Contratos del Sector Púbico”.

En cuanto a la malversación de caudales públicos, precisa: “difícilmente se puede considerar desvío de fondos públicos la cantidad que indica el Ministerio Fiscal porque su acusación parte de una convicción que ya hemos declarado no probada, la del contrato amañado”.

Por lo que respecta al delito de tráfico de influencias, los magistrados concluyen que no hay “prueba alguna” que permita afirmar que Alfonso Rus “ejerció influencia alguna en la decisión de la adjudicación del contrato (…) en busca de un beneficio para sí mismo o para un tercero”, ni tampoco que esa posible influencia fuera desplegada por Marcos Benavent ni por Mariano López.

Tampoco considera probada el Tribunal la concurrencia de delitos continuados de falsedad en documento mercantil y falsedad en documento oficial, pues “no se ha producido alteración de la verdad alguna” en los documentos del contrato analizados.

Finalmente, la Sala llega a la misma conclusión sobre el delito de blanqueo de capitales que la Fiscalía atribuía a Mariano López, a su esposa y cuñada, pues no puede considerarse como “inusual o desproporcionada” la cifra de 198.835 euros a la que alude la Fiscalía como pagos de Servimun SLU a estos acusados y que fueron debidamente declarados a la Agencia Tributaria en tres ejercicios tributarios, entre otros argumentos.

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Valencia

La jueza de la dana descarta «por ahora» citar de nuevo a Vilaplana y pregunta a Pradas si quiere volver a declarar

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Maribel Vilaplana juicio
La periodista Maribel Vilaplana en imagen de archivo-LEVANTE UD

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

VALÈNCIA, 28 Nov. (EUROPA PRESS) – La jueza que investiga la gestión de la catastrófica dana, que ha dejado 229 víctimas mortales en la provincia de Valencia, descarta «por el momento» volver a citar a Maribel Vilaplana, periodista que comió con el presidente en funciones de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, el día de la ríada, y ha preguntado a la exconsellera de Justicia e Interior, investigada en el procedimiento, si quiere volver a declarar –ya lo hizo hace unos meses–.

Así se desprende de un auto, facilitado este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y dictado por la magistrada del Tribunal de Instancia de Catarroja (Plaza 3).

En su resolución, la jueza descarta «en el presente momento» volver a citar a declarar como testigo a la periodista que comió con Mazón el 29 de octubre de 2024, como había solicitado la acusación popular que ejerce el partido Ciudadanos y otra acusación particular.

La jueza de la dana cuestiona el reservado del Ventorro y abre la puerta a nuevas declaraciones

La jueza considera que antes debe recibir declaración a otros testigos pertenecientes al equipo de Presidencia de la Generalitat. Ciudadanos realizó esta petición por considerar que la comunicadora pudo incurrir en falsedades en el testimonio que dio el pasado 3 de noviembre tras escuchar al dueño del restaurante El Ventorro y ver las fotografías aportadas a la causa sobre las dimensiones del reservado en el que comieron la periodista y Mazón.

En su resolución, la instructora señala que, «ciertamente, las dimensiones del reservado del Ventorro convierten en altamente improbable que no se escucharan las conversaciones o comentarios, a no ser que la testigo permaneciera completamente abstraída de lo que sucedía a su alrededor».

No obstante, cree «necesario, antes de reiterar una declaración ya prestada» por Vilaplana, «oír al resto de las personas que pudieron tener conocimiento de aquellas manifestaciones que pudieron referirse al proceso de decisión en la remisión del mensaje Es-Alert, de las medidas de protección a la población, oír a los testigos que de manera similar a la sra. Vilaplana, pudieran haber tenido conocimiento de las manifestaciones que por el señor Carlos Mazón se pudieran haber efectuado respecto de ese proceso de decisión y cualesquiera otros destinados a proteger a la población».

La magistrada también rechaza la petición de que se investigue a la testigo por un delito de falso testimonio porque, tal y como establece la jurisprudencia del Tribunal Supremo, para ello «es necesario contar con el dato previo de una verdad procesalmente establecida, lo que solo podrá hacerse en sentencia o en auto de sobreseimiento firme».

En cualquier caso, la instructora deja abierta la posibilidad de recibir declaración ya nuevamente a la periodista si ésta manifestara públicamente o ante el propio juzgado su voluntad de hacerlo nuevamente.

PRADAS Y SALVADOS

Por otro lado, ante la solicitud de la acusación popular que ejerce Podemos de incorporar a la causa el vídeo de la entrevista con la exconsellera de Justicia e Interior investigada en esta causa, que se emitirá por el programa Salvados de La Sexta el próximo domingo, 30 de noviembre, la magistrada ha acordado requerir a su defensa para que manifieste en el plazo de un día si desea volver a declarar en sede judicial. Solo si su respuesta es afirmativa se requeriría a la empresa de comunicación Atresmedia la aportación del programa de televisión.

En este sentido, la jueza recuerda que cualquier declaración de un investigado, para que pueda tener «efecto en el proceso», ha de efectuarse con la «oportuna asistencia letrada y en el seno de este procedimiento», pues se trata de «una garantía para la propia investigada».

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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