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Valencia

Absuelto Alfonso Rus y el resto de procesados por el contrato del ‘call center’ de la Diputación

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Alfonso Rus contrato 'call center' Diputación
El expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Ruso. EFE/Ana Escobar/Archivo
València, 25 oct (OFFICIAL PRESS- EFE).- La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto al expresidente de la Diputación de Valencia Alfonso Rus y al resto de procesados en la pieza separada del caso Imelsa sobre la adjudicación de un contrato de servicio de atención telefónica en la Corporación Provincial.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, también queda exonerado el ex gerente de Imelsa y autodenominado ‘yonki del dinero’, Marcos Benavent, su exsuegro, Mariano López, y otros cuatro procesados, dos familiares el exsuegro y dos funcionarios de la Corporación Provincial.

El tribunal no ve acreditada la comisión de los delitos de prevaricación, malversación, tráfico de influencias, falsedad y blanqueo por los que habían sido acusados por la Fiscalía Anticorrupción, si bien la sentencia puede ser recurrida ante la Sala Segunda del Supremo.

Esta causa constituye la pieza separada D del denominado caso Imelsa, cuyo juicio se celebró entre el 25 de abril y el 5 de junio de este año.

En el trámite de conclusiones, la Fiscalía retiró la acusación para un octavo acusado, Fernando P.R., debido a su estado de salud.

Los hechos se remontan a mayo de 2013, cuando Imelsa -empresa pública de la Diputación- adjudicó a Servimun SLU por casi 843.000 euros el contrato para un centro de atención multicanal (telefónica y telemática) que facilitara información a los contribuyentes sobre determinados tributos municipales. El contrato tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015 y no se prorrogó.

Absuelto Alfonso Rus y el resto de procesados por el contrato del ‘call center’ de la Diputación

La Sala entiende que no ha quedado probado que Alfonso Rus tuviera participación alguna en el proceso de adjudicación, ni que mediaran en el análisis técnico de las ofertas presentadas “valoraciones arbitrarias ni tendenciosas” para beneficiar a Servimun SLU en detrimento de las otras ofertantes.

Respecto al desarrollo del contrato, para lo que Servimun SLU contrató en calidad de asesor al exsuegro de Benavent y a su empresa Técnicas Legales Administrativas SLU, los magistrados tampoco consideran acreditado que los servicios telefónicos o telemáticos que debía atender el Contact Center “no fueran atendidos en su totalidad”, sino que, “al contrario, hubo un sobredimensionamiento del mismo”.

El Tribunal ha desestimado las alegaciones relativas a la posible vulneración de derechos fundamentales presentadas por las defensas como cuestiones previas, como la práctica de diligencias de instrucción fuera de plazo o el uso como prueba de los documentos incautados por los investigadores en determinadas entradas y registros.

La Audiencia examina en la resolución cada uno de los delitos por los que acusaba el Ministerio Público y concluye que no ha quedado acreditada la comisión de ninguno de ellos.

Así, respecto al delito de prevaricación administrativa, señala que la adjudicación del contrato a Servimun SLU “siguió todos los pasos procedimentales para un contrato de esa naturaleza de cuantía superior a los 150.000 euros que tiene prevista la Ley de Contratos del Sector Púbico”.

En cuanto a la malversación de caudales públicos, precisa: “difícilmente se puede considerar desvío de fondos públicos la cantidad que indica el Ministerio Fiscal porque su acusación parte de una convicción que ya hemos declarado no probada, la del contrato amañado”.

Por lo que respecta al delito de tráfico de influencias, los magistrados concluyen que no hay “prueba alguna” que permita afirmar que Alfonso Rus “ejerció influencia alguna en la decisión de la adjudicación del contrato (…) en busca de un beneficio para sí mismo o para un tercero”, ni tampoco que esa posible influencia fuera desplegada por Marcos Benavent ni por Mariano López.

Tampoco considera probada el Tribunal la concurrencia de delitos continuados de falsedad en documento mercantil y falsedad en documento oficial, pues “no se ha producido alteración de la verdad alguna” en los documentos del contrato analizados.

Finalmente, la Sala llega a la misma conclusión sobre el delito de blanqueo de capitales que la Fiscalía atribuía a Mariano López, a su esposa y cuñada, pues no puede considerarse como “inusual o desproporcionada” la cifra de 198.835 euros a la que alude la Fiscalía como pagos de Servimun SLU a estos acusados y que fueron debidamente declarados a la Agencia Tributaria en tres ejercicios tributarios, entre otros argumentos.

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Valencia

Careo entre Salomé Pradas y José Manuel Cuenca: “Soy yo la que estuvo al pie del cañón”

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La tensión se ha vivido este lunes en el juzgado de Catarroja durante el careo entre Salomé Pradas, exconsellera de Justicia e Interior, y José Manuel Cuenca, exjefe de gabinete del expresidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón. Los gritos de “asesina”, “mentiroso” y “golfo” marcaron la entrada y salida de los comparecientes.

La principal disputa: confinamiento durante la DANA

El careo se centró en las posibles contradicciones sobre la decisión de confinar o no a la población durante la DANA que afectó a la Comunitat Valenciana. Pradas defendió su posición y se ratificó en los WhatsApp intercambiados con Mazón y Cuenca, que constan en acta notarial.

Según su declaración, a las 19:43 horas del día en cuestión contactó con Cayetano García, entonces secretario autonómico de Presidencia, porque no lograba comunicarse con Mazón. Pradas explicó que le informó sobre la posibilidad de confinar y que consideraba que el “president” debía conocer el caso.

En cambio, Cuenca se opuso a la idea de un confinamiento general y le envió un mensaje a Pradas diciendo: “De confinar nada”, sugiriendo que se trataba de una acción de responsabilidad de la Delegación del Gobierno y calificándola de “barbaridad”. Pradas sostuvo que, según la ley autonómica de emergencias, sí era posible el confinamiento y que discrepaba de la postura de Cuenca.

La presencia (o ausencia) de Carlos Mazón

Pradas señaló que desconocía que Carlos Mazón estaba en una comida con Maribel Vilaplana en El Ventorro. “Si lo llego a saber, le llamo más veces”, afirmó, dejando claro que su intención era comunicarse con el presidente, pero que no pudo localizarlo por teléfono. Además, añadió que Cuenca le había indicado desde las 13:19 horas que centralizara todas las comunicaciones en él porque Mazón estaba “de actos”.

Pradas insistió: “Soy yo la que estuvo al pie del cañón”, destacando que actuó de manera activa durante la crisis, mientras que Cuenca mantuvo que su preocupación era únicamente la cobertura legal de la medida, asociando el término confinamiento a la pandemia y a posibles vulneraciones de derechos fundamentales.

Incidente tras el careo

El exjefe de gabinete, José Manuel Cuenca, sufrió una agresión a su salida del juzgado. Según Vozpópuli, uno de los presentes le golpeó con una pancarta mientras abandonaba el edificio a pie.

El careo entre Salomé Pradas y José Manuel Cuenca deja en evidencia la tensión entre la Conselleria de Justicia e Interior y la oficina del presidente en decisiones críticas sobre emergencias. La discrepancia sobre la legalidad y oportunidad del confinamiento sigue siendo el eje central de la investigación, mientras el público sigue de cerca los mensajes que intercambiaron los implicados.

 

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