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Valencia

Archivada la causa contra Francisco Camps por la visita del Papa a Valencia

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Valencia, 19 abr (EFE).- La sección cuarta de la Audiencia de Valencia ha archivado la causa abierta contra el expresidente de la Generalitat Francisco Camps y otros procesados por los contratos efectuados para preparar la visita del papa Benedicto XVI a Valencia en julio de 2006.

Según el auto judicial, al que ha tenido acceso EFE, el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por el ministerio fiscal y la representación de la Generalitat Valenciana contra el sobreseimiento provisional dictado por el juzgado de instrucción número 5 de Valencia.

En esta causa estaban imputados, además de Camps, el exconseller Víctor Campos, el obispo Esteban Escudero y Enrique Pérez Boada, secretario de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias, entre otros.

En los fundamentos jurídicos, el auto indica que de las diligencias practicadas durante la instrucción no se desprende «elemento alguno que permita sostener» que en los acuerdos adoptados por el Gobierno valenciano en los años 2005, 2009, 2010 y 2014 «no se hubieran respetado las formas, o que los mismos se hubieran adoptado de forma arbitraria o que se hubieran realizado al margen de la normativa reguladora».

Tras asegurar que la Fundación era privada, el auto afirma que no existe ningún indicio de que los investigados se hubieran concertado en el momento de la constitución de la entidad para eludir deliberadamente la normativa de contratación pública.

«Dado que los sujetos encargados de las contrataciones han reconocido que obraron libremente y de acuerdo con su leal saber y entender, no es posible atribuir a los creadores de la Fundación la responsabilidad por las modalidades jurídicas empleadas e irregularidades que se les quiera adosar», detalla el auto.

Y «máxime cuando buena parte de los trabajos a realizar y financiar eran inciertos y dependían de elementos impredecibles como el grado de participación de otras instituciones públicas y privadas, la intervención de donantes particulares y demás circunstancias sobrevenidas concitables con los fines altruistas de la Fundación y la casuística que iba surgiendo», añade.

Además, «no se ha demostrado tras cinco años de pesquisas, que a través de los contratos se hubiera favorecido a determinados contratistas o a la Fundación».

Por tanto, resume el auto de la Audiencia de Valencia, «no se adivina ningún propósito delictivo en el acuerdo de creación de la Fundación, ni actuación posterior dirigida a señalar el camino ilícito a los contratistas de la Fundación, respecto de los que no existe ningún indicio de conexión en ese sentido, pues el alegado por el Ministerio Fiscal, referido al ‘protagonismo jactancioso’ del presidente Camps en el ejercicio de sus funciones públicas, o la manifestación de que ‘en aquella época se hacía lo que mandaba el Presidente”, no son más que comentarios personales extraños al debate jurídico».

Sobre los dos millones de euros aportados por la Generalitat en 2010 a la Fundación, la resolución judicial indica que la entrega de ese dinero «no fue una decisión personal y privada de ningún investigado revestido de autoridad, ni su destino fue enriquecer injustamente un patrimonio privado sino que se empleó en el abono de los trabajos y servicios realizados para la celebración del evento, por lo que no se puede hablar de malversación de caudales públicos.

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Fallas

Por qué te pueden multar por tirar petardos

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La Policía Local de Algemesí ha impuesto una multa de 601 euros a dos menores por lanzar petardos sin respetar las medidas de seguridad en un parque infantil. Al tratarse de niños, la sanción será asumida por sus tutores legales, según ha informado el Ayuntamiento de Algemesí.

El incidente se produjo cuando una patrulla policial detectó a los menores utilizando artículos pirotécnicos de forma inadecuada dentro de una zona de juegos, lo que provocó daños en el mobiliario urbano y supuso un riesgo para las personas que se encontraban en el lugar.


Por qué te pueden multar por tirar petardos

El uso indebido de petardos puede suponer sanciones económicas importantes, especialmente en periodos festivos como las Fallas de València, cuando la pirotecnia es habitual en las calles.

En este caso, la sanción se basa en el artículo 36.12 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, que considera infracción grave:

  • Utilizar artículos pirotécnicos sin respetar la normativa vigente

  • Lanzarlos sin medidas de seguridad

  • Hacerlo en espacios públicos sensibles, como parques infantiles

  • Usarlos fuera de horarios permitidos


Multas por petardos: de 601 a 30.000 euros

Según esta normativa, las sanciones por uso inadecuado de material pirotécnico pueden oscilar entre:

  • 601 euros (mínimo para infracciones graves)

  • hasta 30.000 euros en los casos más graves

Las autoridades suelen endurecer las sanciones cuando los petardos se utilizan en zonas con presencia de menores, parques, mobiliario urbano o espacios concurridos.


Llamamiento a usar la pólvora con responsabilidad

El concejal de Seguridad Ciudadana, Kiko Reinoso, ha recordado que la pólvora forma parte de la tradición festiva valenciana, pero ha insistido en que debe utilizarse con responsabilidad y cumpliendo las normas.

“La pólvora forma parte de nuestra cultura festiva, pero siempre tiene que utilizarse con responsabilidad y respetando las normas de seguridad”, ha señalado.

Por su parte, el alcalde José Javier Sanchis ha pedido también respeto por los horarios de descanso, así como consideración hacia personas con hipersensibilidad sensorial y animales.


Consejos para evitar multas por petardos

Desde el Ayuntamiento recuerdan varias recomendaciones básicas para evitar sanciones y situaciones de riesgo:

  • Usar petardos solo en zonas permitidas

  • Mantener distancia de seguridad

  • No lanzarlos cerca de parques infantiles o mobiliario urbano

  • Respetar los horarios establecidos

  • Supervisar siempre a los menores

Con el inicio de las fiestas falleras, las autoridades insisten en que disfrutar de la pólvora es compatible con la seguridad y el respeto al espacio público.

 

 

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