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Así quedan los aforos en distintas actividades y celebraciones en la Comunitat

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València, 22 abr (EFE).- El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado este jueves la flexibilización a partir del próximo lunes de algunas medidas de restricción anticovid vigentes en la Comunitat Valenciana, entre ellas, el aumento de aforo en diferentes tipos de actividades. Todas ellas entran en vigor el lunes 26 de abril.

Aforos en ceremonias y celebraciones

En concreto, los aforos pasan de 30 % al 50 % en ceremonias y celebraciones religiosas o no, en las que se suprime el máximo de personas, en zonas comunes de hoteles, albergues, casas rurales y otros alojamientos y en actividades de ocio educativo, educación de tiempo libre y escuelas de animación juvenil, así como en piscinas, playas y spa.

Actividades deportivas, congresos y salas culturales

Las actividades deportivas y eventos con público (excepto entrenamientos que se mantienen sin público) podrán tener un máximo 1.000 personas en instalaciones abiertas y 500 en cerradas y la participación de deportistas será de 300 en instalaciones cerradas y 1.000 en abiertas.

Pasan del 50 % al 75 % los aforos en pabellones de congresos, salas de conferencias o multiusos, en cines, autocines, cines de verano, teatros, anfiteatros, auditorios, salar de artes escénicas y circos y en bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, galerías de arte y otros equipamientos culturales.

También se amplía al 75 % en enseñanzas artísticas regladas en conservatorios y centros autorizados y no regladas en escuelas de música o danza y actividad formativa de agrupaciones musicales en general, en academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada, establecimientos y locales comerciales y de servicios profesionales y mercados de venta no sedentaria.

Fiestas populares

Se mantiene la prohibición de celebraciones populares, desfiles o espectáculos itinerantes pero los eventos que puedan implicar aglomeración de personas tendrán un aforo del 75 % en el interior con un máximo de 500 personas y del mismo aforo en el exterior pero con el doble de participantes.

Además, se pueden establecer cuatro sectores con servicios de baño, entrada y salida y hostelería diferenciados con 500 personas por sector.

La distancia entre asientos será de 1,5 metros, con entradas y salidas escalonadas, y sigue prohibidos los alimentos y bebidas (excepto agua) fuera de la zona de restauración, así como fumar y los dispositivos electrónicos de inhalación o similares.

Los grupos para la actividades podrán ser de 20 personas en recintos abiertos y de 10 en recintos cerrados y afecta a visitas guiadas, guías turísticos, actividades de tiempo libre y parques infantiles y práctica de la actividad física tanto individual como dirigida por un profesional.

En el caso de locales de ocio, podrán ejercer si su licencia lo permite, actividades de restauración y hostelería en las mismas condiciones que regulan las actividades de ocio y hostelería.

El aforo del comercio sube al 75% desde el lunes en la Comunidad Valenciana

Los establecimientos y locales comerciales y de actividades de servicios profesionales de la Comunidad Valenciana, con independencia de su superficie útil de exposición y venta, deberán limitar al 75 % su aforo total (actualmente es del 50 %), también en sus aparcamientos, a partir del lunes, fecha desde la que también podrán cerrar a las 22 horas.

Así lo recoge la resolución de la Conselleria de Sanidad con la flexibilización de las restricciones contra la covid aplicables desde las 0.00 horas del 26 de abril hasta las 0.00 horas del 9 de mayo, que se ha publicado este viernes en un número bis del Diario Oficial de la Generalitat Valenciana que incluye también el decreto del presidente de la Generalitat al respecto.

Las nuevas medidas contemplan el cierre también a las 22 horas de la hostelería, que mantienen el aforo del 30 % en interiores y del 100 % en terrazas y el máximo de seis personas por mesa, y de los locales dedicados a las actividades recreativas y juegos de azar, que ahora cerraban a las 18 horas.

Las piscinas para uso recreativo, de hoteles, alojamientos turísticos y de urbanizaciones, así como spas, deberán respetar el límite del 75 % de aforo tanto en lo relativo a su acceso como a la práctica recreativa, y se podrá hacer uso de los vestuarios y duchas al 50 %.

Además, la ocupación de buques y embarcaciones dedicados tanto al transporte turístico como a la navegación de recreo podrá ser al 100 % de su aforo, el mismo que en los transportes en autobús, donde habrá separación entre pasajeros si el nivel de ocupación lo permite.

En cuanto a los parques temáticos, zoológicos, acuarios, safari-park, ferias de atracciones fijas o itinerantes, parques acuáticos, establecimientos de juegos con armas simuladas, el aforo será del 75 %, mientras que en las atracciones de feria en las que los elementos dispongan de filas de asientos, podrá ocuparse el 50 % de cada fila, siempre que guarden la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros.

También pasa del 50 al 75 % el aforo de los mercadillos y de la enseñanza artística reglada en conservatorios y centros autorizados, la enseñanza no reglada en escuelas o academias de música o danza, y la actividad formativa de agrupaciones musicales en general (orquestas y bandas), compañías de danza y escuelas de teatro.

Asimismo, sube al 75 % el aforo de cines, cines de verano, autocines, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos, donde no se permite consumir, y en academias, autoescuelas y otros centros de formación no reglada

Sube del 30 al 50 % el aforo de ceremonias y celebraciones religiosas o civiles; zonas comunes de hoteles, albergues, casas rurales y otros alojamientos; actividades de ocio educativo, educación de tiempo libre y escuelas de animación juvenil.

En instalaciones deportivas cerradas, el aforo será del 50 %, mientras que en las competiciones y acontecimientos deportivos que se celebren en instalaciones deportivas abiertas o al aire libre, en espacios naturales o en la vía pública, no podrán participar más de 1.000 personas deportistas de manera simultánea.

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Alerta en el AVE: Adif limita la velocidad en varios puntos entre Madrid, Barcelona y Valencia

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velocidad trenes España
Trenes de alta velocidad de la línea Madrid-Valencia - Rober Solsona - Europa Press - Archivo

Adif ha levantado las limitaciones generales de velocidad en la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, aunque mantiene restricciones en seis puntos kilométricos concretos, donde los trenes circularán a un máximo de 230 kilómetros por hora, según han informado fuentes del gestor de infraestructuras ferroviarias a Europa Press.

La decisión llega tras una revisión técnica de la infraestructura ferroviaria, en la que se han detectado zonas concretas con incidencias relacionadas con vibraciones en la vía, lo que obliga a aplicar medidas preventivas para garantizar la seguridad de los pasajeros y del material rodante.

Restricciones de velocidad en la línea Madrid-Valencia

En el caso de la línea de alta velocidad Madrid-Valencia, Adif mantiene también limitaciones de velocidad en varios tramos. En concreto:

  • En cuatro puntos de la red, la velocidad máxima está limitada a 160 kilómetros por hora.

  • En otros puntos kilométricos “muy concretos”, la circulación se limita a 200 kilómetros por hora.

Estas restricciones se aplican de forma preventiva mientras continúan los trabajos de análisis y supervisión de la infraestructura ferroviaria.

Nuevas denuncias de vibraciones reportadas por los maquinistas

Fuentes de Adif han señalado que los maquinistas ya han empezado a reportar nuevas denuncias sobre puntos donde perciben vibraciones en la vía. Este tipo de informes son clave para el gestor de infraestructuras, ya que permiten identificar posibles problemas estructurales o de mantenimiento antes de que supongan un riesgo mayor.

Las vibraciones pueden estar relacionadas con diversos factores, como el estado del balasto, el desgaste de los carriles, asentamientos del terreno o problemas en la geometría de la vía. Por este motivo, Adif suele aplicar limitaciones de velocidad temporales mientras se realizan inspecciones técnicas y trabajos de mantenimiento correctivo.

Puntos kilométricos afectados en la línea Madrid-Barcelona

En la línea de alta velocidad Madrid-Barcelona, los puntos donde se aplicará un límite de 230 km/h se sitúan en:

Vía 1:

  • Punto kilométrico 27,160

  • Punto kilométrico 138,600

  • Punto kilométrico 170,950

Vía 2:

  • Punto kilométrico 50,880

  • Punto kilométrico 143,760

  • Punto kilométrico 283,830

Estos tramos representan zonas concretas del recorrido donde se han detectado incidencias o se está realizando un seguimiento especial.

Impacto en los viajeros y tiempos de viaje

Aunque las limitaciones de velocidad pueden generar cierta preocupación entre los usuarios, Adif subraya que se trata de medidas preventivas para garantizar la seguridad ferroviaria. En la mayoría de los casos, el impacto en los tiempos de viaje es limitado, ya que las restricciones afectan a tramos muy concretos y no a todo el recorrido.

No obstante, en situaciones de acumulación de incidencias o si se amplían las zonas afectadas, podrían producirse ligeros retrasos en los servicios de alta velocidad, especialmente en horas punta o en trenes de larga distancia.

Seguridad ferroviaria y supervisión continua

Adif mantiene un sistema de supervisión continua de las líneas de alta velocidad mediante inspecciones técnicas, sensores y reportes de los maquinistas. Este sistema permite detectar anomalías en tiempo real y aplicar medidas correctivas, como limitaciones de velocidad, trabajos de mantenimiento o sustitución de componentes de la vía.

La alta velocidad ferroviaria en España está considerada una de las más seguras del mundo, y este tipo de restricciones forman parte de los protocolos habituales para garantizar la fiabilidad del servicio.

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