Síguenos

Valencia

Así será el proceso judicial que decidirá si Oltra es o no imputada

Publicado

en

Oltra sobre si será candidata: "No estamos en ese momento todavía"
Imagen de rachivo de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra. EFE/ Manuel Bruque/Archivo

València, 4 abr (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana deberá seguir varios trámites para decidir si la vicepresidenta de la Generalitat y consellera de Igualdad, Mónica Oltra, es investigada por la actuación del departamento que dirige en un caso de abusos sexuales por el que fue condenado su exmarido.

El pasado viernes el titular del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia solicitó formalmente al alto tribunal valenciano que investigue a Oltra y a varios de sus subordinados en la Conselleria de Igualdad y otros profesionales que intervinieron en la elaboración de un expediente interno que el juez considera una «investigación parajudicial» confeccionada para desacreditar a la menor.

En este escrito, el juez considera que «no resulta ya posible progresar en la investigación» sin que la vicepresidenta «sea oída como investigada» y cree que existen «indicios racionales, serios y fundados» de su participación en una iniciativa para desacreditar el testimonio de la menor víctima de los abusos en un centro público de acogida.

Además, reclama al TSJCV que «atraiga» también la competencia respecto de los hecho ejecutados por personas no aforadas, un total de 13, por apreciar «conexión material inescindible» de Oltra con el resto de procesados.

El escrito razonado que el instructor y titular de Instrucción 15, Vicente Ríos, ha remitido a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV no puede ser recurrido en sí mismo, aunque sí la decisión de elevarlo al alto tribunal.

Sin embargo, dado que Mónica Oltra todavía no es parte en el proceso, la decisión de recurrir esta primera decisión del juez únicamente puede ser adoptada por alguna de las partes personadas.

Una vez llegue este escrito razonado a la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV se acordará una diligencia de ordenación en la que se nombrará a tres magistrados para que se pronuncien sobre la admisión de dicho escrito.

La sala está actualmente integrada por María Pía Calderón, José Francisco Ceres, Antonio Ferrer, Carmen Llombart y el exfiscal anticorrupción Vicente Torres; uno de ellos ejercerá de ponente, y dará traslado a la Fiscalía, para que se pronuncia también sobre la competencia de la Sala y establezca una posición respecto a la apertura o no de una causa.

En caso de que finalmente los tres magistrados designados observen indicios de delito y decidan abrir una causa e investigar a Oltra deberán nombrar a un instructor y decidir si el alto tribunal se queda con toda la causa -como propone Instrucción 15- o únicamente con aquello relativo a la vicepresidenta, en caso de que consideren que se puede separar su responsabilidad de la del resto de investigados.

Fuentes judiciales consultadas por EFE han insistido en que existe jurisprudencia del Supremo bastante restrictiva al respecto.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

Publicado

en

Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

Puedes seguir toda la actualidad visitando OfficialPress o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo