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Así suena cada día el toque de queda en València

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Los campaneros de la Catedral de Valencia realizan cada tarde, desde la torre campanario del Micalet, el denominado toque de queda o de “tancament de muralles” (cierre de murallas), una tradición medieval que fue recuperada en 1988 con la restauración de las campanas de la Seo y del toque manual.

Este toque “no es manual ya, sin embargo, porque se realiza mediante mecanismos de aire comprimido que imitan la acción de los campaneros y se hace con la campana llamada ´El Manuel` entre el toque de oración o ángelus de la tarde y el de ánimas, es decir, desde las 20 hasta las 20:30 horas en invierno, y una hora más tarde en verano”, ha explicado Francesc Llop, presidente de la asociación Campaners de la Catedral de València.

En la Edad Media, el toque de queda con las campanas “se conocía como ´El seny del lladre` ya que las cinco campanas grandes -´El Manuel` entre ellas- se llamaban, en esa época, ´els senys`, y también porque el toque era una señal, un aviso”, ha precisado.

Este aviso “consta de toques primero lentos y luego acelerados y en la actualidad apenas se puede escuchar en el centro histórico de la ciudad”, según Llop, que ha añadido que “el cierre de las murallas se hacía de forma coordinada por este toque y los que no llegaban a tiempo se quedaban ´a la luna de Valencia`, pues solamente una de las doce puertas de la ciudad quedaba abierta, y sólo se podía pasar mediante el pago de peaje”.

Además, en la sociedad tradicional “el toque de queda nocturno no tenía una connotación negativa sino más bien práctica: las campanas recalcaban que había venido la noche y en una ciudad sin luz en las calles era prácticamente imposible ir de un sitio a otro ya que la ciudad estaba completamente oscura”.

CAMPANA MANUEL
Foto: Francesc Llop

Limitación de toques de campanas

Durante la pandemia, los Campaners de la Catedral siguen acompañando con campanas las celebraciones litúrgicas de la Seo “aunque de una manera más sobria ya que se ha limitado la interpretación de toques a seis campaneros por las nuevas restricciones por la Covid-19”, ha explicado Llop.

Por este motivo, los toques de la fiesta anual del Santo Cáliz, este próximo jueves 29 de octubre, se interpretarán únicamente por cuatro de las campanas mayores, pulsadas por seis personas, tal como se hizo ayer, domingo, en la apertura del Año Jubilar Eucarístico del Santo Cáliz y tal como se hará en las siguientes festividades hasta que cese la pandemia.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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