PORTADA OFFICIAL PRESS
Aumentan las denuncias por violencia de género en 2016 hasta el nivel más alto de la última década
Publicado
hace 9 añosen
De
El aumento de las condenas a maltratadores en más de tres puntos porcentuales respecto a 2015, la subida de casi once puntos en el número de denuncias presentadas por violencia de género en los órganos judiciales y los importantes incrementos en la adopción de medidas de protección de las víctimas, tanto de mujeres como de su hijos e hijas (con aumento de 22 puntos en órdenes de alejamiento y en prohibiciones de comunicación), son los datos más significativos de la estadística del año 2016, que ha hecho pública hoy el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.
En 2016 volvió a incrementarse el porcentaje de sentencias condenatorias dictadas por los órganos judiciales españoles en procesos relativos a violencia de género. Frente al 62,6 por ciento de condenas que se produjeron en 2015, en el pasado año el porcentaje de sentencias condenatorias se elevó hasta un 66,2 por ciento.
Los datos estadísticos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ reflejan que en el total del año, las sentencias dictadas fueron 47.175, de las que 31.232 fueron condenas y 15.943, absoluciones.
El mayor porcentaje de condenas a maltratadores se produjo en los juzgados de violencia sobre la mujer, con algo más del 82 por ciento y en las Audiencias Provinciales, con más de un 81 por ciento, con incrementos interanuales en ambos casos del 5 por ciento. El porcentaje de condenas en los juzgados de lo penal también se incrementó y se situó en el 54,9 cuando en el año anterior se había producido un 52,3 por ciento de sentencias condenatorias.
Aumento de las denuncias
Durante el año 2016, los juzgados españoles recibieron un total de 142. 893 denuncias por violencia de género, lo que supone un incremento de 10,6 puntos respecto de 2015, cuando las denuncias fueron 129.193. Las mujeres víctimas de violencia machista fueron 134.462 (incremento del 8,7 por ciento), de las que eran extranjeras 40.168, un 29,9 por ciento.
En cuanto a la tasa de mujeres víctimas de violencia de género por cada 10.000 mujeres, destacan por encima de la media nacional, que es de 56,7, las Comunidades de Baleares, con una ratio de 93,3 y Canarias y Murcia, con 81, mientras que la ratio más baja se da en La Rioja, con 27,7.
Algo más de un 69 por ciento de las denuncias presentadas lo fueron por la propia víctima, directamente en el juzgado o a través de atestados policiales. Las denuncias por intervención directa de la policía se sitúan en casi el 17 por ciento de los casos. El número de denuncias presentadas por familiares de la víctima representaron un 1,44 por ciento del total. Los partes de lesiones recibidos directamente en el juzgado representaron algo más del 10 por ciento de las denuncias.
Un 12 por ciento de víctimas se acoge a la dispensa de la obligación legal de declarar
En el pasado año, en 16.118 casos la víctima de violencia de género se ha acogido a la dispensa de la obligación legal de declarar, lo que supone un porcentaje de un 12 por ciento en relación con el total de mujeres víctimas de violencia de género, cifra idéntica a la del año anterior.
10.427 mujeres que se acogieron a la dispensa eran españolas, un 64,7 por ciento del total, y 5.691 eran extranjeras, un 35,3 por ciento, porcentajes ambos similares también a los de 2015.
Incremento de órdenes de protección solicitadas y concedidas
Durante 2016 se solicitaron 43.311 órdenes de protección en los órganos judiciales. Un total de 37.956 órdenes de protección (que incluyen medidas de protección y seguridad de las víctimas) fueron solicitadas en los juzgados de violencia sobre la mujer y otras 5.355 lo fueron en los juzgados de guardia.
El incremento de solicitudes de órdenes de protección en los juzgados especializados con respecto a 2015 fue de un 4,59 por ciento. Más de un 64 por ciento de las órdenes de protección solicitadas fueron adoptadas (24.367), siete puntos por encima del año anterior.
En los juzgados de guardia, se acordaron 3.849 órdenes de protección, lo que supone un 72 por ciento del total de las solicitadas, habiendo sido denegadas 1.505.
En un 51 por ciento de los casos, la relación de pareja (cónyuge o relación afectiva) se mantenía en el momento de la solicitud de la orden de protección mientras que en un 49 por ciento restante la relación se había extinguido.
Un 29 por ciento de las mujeres víctimas que solicitaron orden de protección fueron mujeres extranjeras y un 2 por ciento del total (españolas y extranjeras) eran menores de edad en el momento de la solicitud. Porcentajes que coinciden con los del año anterior.
Importante aumento de las medidas judiciales de protección
Además, derivadas de las órdenes de protección y otras medidas cautelares, se adoptaron 60.831 medidas judiciales penales de protección de las víctimas, entre las que destacan la orden de alejamiento y la prohibición de comunicación, que se adoptaron respectivamente en un 98 y un 96 por ciento del total de órdenes de protección acordadas.
En 2016, los juzgados de violencia sobre la mujer adoptaron 23.477 órdenes de alejamiento y 22.955 medidas de prohibición de comunicación, lo que supone un importante incremento, en ambos casos, de 22 puntos respecto a las órdenes y medidas adoptadas en 2015.
Al mismo tiempo se dictaron 16.485 medidas civiles cautelares, tendentes a la protección tanto de la mujer como de los menores, mientras se resolvía el proceso penal. Un 31,3 por ciento de las medidas adoptadas lo fueron en relación con la prestación de alimentos y un 26,5 por ciento resolvieron la atribución de la vivienda, siete puntos porcentuales más que el año anterior.
Se adoptaron 1.498 suspensiones de la guarda y custodia y 1.035 suspensiones del régimen de visitas, cifras ambas que suponen un incremento de casi dos puntos en relación con las del año anterior.
• Juzgados de violencia sobre la mujer
Los juzgados de violencia sobre la mujer celebraron el pasado año un total de 8.207 juicios sobre delitos leves o faltas, de los que 3.465 fueron juicios de enjuiciamiento inmediato. En el 86 por ciento de los casos, los juicios fueron por vejaciones injustas o injurias.
Estos juzgados ingresaron a lo largo del año un total de 197.937 asuntos penales. El perfil de los delitos instruidos en estos juzgados apenas sufre variación respecto a datos anteriores, ya que el mayor porcentaje, un 57 por ciento, corresponde a las lesiones previstas en el art. 153 del Código Penal y un 11 por ciento al de lesiones previsto en el art. 173 de la misma norma.
Un total de 19.241 sentencias penales fueron dictadas en 2016 por los juzgados de violencia sobre la mujer, de las que un 82,2 por ciento (15.823) fueron condenas, suponiendo un incremento de cinco puntos respecto del año anterior.
Los juzgados de violencia sobre la mujer tramitan asimismo demandas civiles –mayoritariamente, divorcios y medidas sobre la guarda y custodia- presentadas por las mujeres víctimas de malos tratos. En 2016 estas demandas sumaron un total de 15.275, consolidando así la tendencia de una baja proporción de asuntos civiles ingresados respecto al total de denuncias penales presentadas.
• Juzgados de lo Penal
Los juzgados de lo penal, que enjuician los delitos castigados con hasta cinco años de cárcel, resolvieron un total de 28.867 asuntos, mientras que el número de asuntos que ingresaron fue de 28.917.
Se dictaron 27.652 sentencias, de las que el 54,9 por ciento (15.179) fueron condenatorias, dos puntos y medio porcentuales más que en 2015.
• Juzgados de menores
Por último los juzgados de menores enjuiciaron en 2016 por delitos en el ámbito de la violencia contra la mujer a 179 menores de edad, 21 más que el año anterior.
Se impusieron medidas en 164 casos, 132 relativos a menores españoles y 32, a menores extranjeros.
Valoraciones de la presidenta del Observatorio, Ángeles Carmona
Los datos estadísticos correspondientes al año 2016 nos indican, de manera fehaciente, que la sensibilidad hacia la problemática de la violencia de género crece. Y ello es positivo.
Es positivo que aumenten las condenas, y las denuncias, pero sobre todo resulta satisfactorio comprobar que se incrementan de manera muy notoria las medidas de protección de las víctimas, sean mujeres o sean hijos o hijas.
Que las órdenes de alejamiento o las prohibiciones de comunicación adoptadas por los órganos judiciales afecten a la práctica totalidad de los casos en que se ha solicitado una orden de protección, lo que supone un incremento porcentual de 22 puntos, unido al dato de incremento de las medidas civiles de protección, esencialmente, de los menores, no es sino el fiel reflejo de la sensibilización institucional hacia el fenómeno de la violencia de género
Una vez más, pues, el mensaje a trasladar a la ciudadanía tiene que ver con que, pese a todos los imponderables que coexisten en una materia tan sensible como es la violencia de género, no hay impunidad alguna y el Estado de Derecho funciona.
Los datos de este pasado año nos alertan, sin embargo, de que sigue creciendo el número de víctimas de violencia de género. También resaltamos que hay más denuncias y hay más mujeres que solicitan, y consiguen, órdenes de protección.
Desde el Observatorio consideramos positivo que la mujer víctima conozca sus derechos y los haga valer, presentando denuncias y solicitando ayuda de las instituciones.
Pero también nos preocupa que persistan todavía actitudes de violencia machista en nuestra sociedad, que no se acabe de dar un paso firme por familiares, amigos y conocidos para denunciar y acompañar a la víctima en el proceso y que todavía se busquen justificaciones para lo que no es otra cosa que terrorismo de género.
Como presidenta del Observatorio quiero finalizar abriendo una puerta a la esperanza. El trabajo que las dos cámaras legislativas y los grupos políticos están llevando a cabo en nuestro país para lograr un Pacto de Estado contra la violencia de género es, sin duda, uno de los hitos más importantes acaecidos desde la aprobación en 2004 de la Ley Integral.
Desde el CGPJ, desde el Observatorio, desde su Grupo de expertos, intentamos contribuir, en la medida de nuestras posibilidades, a que ese Pacto sea una realidad y que aquel objetivo de “víctimas cero” no se quede sólo en una declaración de intenciones.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)
Relacionado
Te podría gustar
PORTADA OFFICIAL PRESS
El nuevo DNI digital: qué cambia a partir del 2 de abril y cómo te afecta
Publicado
hace 5 horasen
31 marzo, 2026
El DNI en el móvil ya es una realidad en España
A partir del 2 de abril, los ciudadanos españoles podrán llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el teléfono móvil gracias a la aplicación oficial MiDNI, impulsada por la Policía Nacional.
Este cambio supone un avance clave en la digitalización de la administración y permitirá identificarse de forma segura, rápida y legal en múltiples situaciones cotidianas sin necesidad de portar el documento físico.
Bajo el lema “El momento ha llegado”, las autoridades destacan que este nuevo sistema facilitará gestiones habituales como:
- Registrarse en hoteles
- Alquilar vehículos
- Recoger paquetes
- Retirar medicamentos en farmacias
- Realizar trámites presenciales
🔐 Cómo funciona el DNI digital en el móvil
El DNI digital no es una copia del documento físico, sino un sistema seguro basado en códigos QR temporales que permiten verificar la identidad en tiempo real.
Cuando el usuario necesita identificarse:
- Genera un código QR desde la app MiDNI
- El receptor lo escanea
- Se validan los datos directamente con la Policía Nacional
Este sistema evita falsificaciones y garantiza que la información esté siempre actualizada.
⚙️ Requisitos para activar el DNI en el móvil
Antes de utilizar el DNI digital, es necesario completar un proceso de registro que vincula el número de teléfono con el documento físico.
✔️ Opciones para registrarse:
1. Con certificado electrónico
- Acceder a la web oficial (midni.gob.es)
- Introducir datos del DNI
- Verificar identidad
- Recibir un SMS con código de activación
2. Sin certificado electrónico
- Acudir a un Puesto de Actualización de Documentación (PAD) en comisarías
- Introducir DNI y número de móvil
- Recibir SMS de verificación
3. En la renovación del DNI
- Solicitar ayuda a un agente para completar el registro
📥 Cómo descargar y activar la app MiDNI
La aplicación oficial MiDNI está disponible en:
- Google Play
- App Store
🔑 Pasos para activarla:
- Aceptar términos y condiciones
- Introducir número de DNI (con letra)
- Añadir número de soporte (en el DNI físico)
- Crear contraseña segura
- Verificar con código SMS
También permite desbloqueo biométrico mediante huella o reconocimiento facial.
⚠️ Cuidado con apps falsas del DNI digital
El Ministerio del Interior advierte que existen aplicaciones no oficiales como:
- “mi DNI digital”
- “DNI Wallet”
Estas no tienen validez legal y funcionan como simples copias o imágenes del documento.
👉 La app oficial:
- Se llama MiDNI
- Tiene fondo azul oscuro
- Incluye referencias a la Policía Nacional
- Muestra elementos de la bandera española y europea
🧾 Para qué sirve el DNI digital
El DNI en el móvil tendrá validez en múltiples situaciones presenciales, entre ellas:
- Identificación ante autoridades
- Trámites administrativos
- Apertura de cuentas bancarias
- Registro en hoteles
- Contratación de seguros
- Recogida de paquetes
- Acceso a eventos y edificios
- Compra de entradas nominativas
- Acreditación de mayoría de edad
🚫 Limitaciones del DNI digital (importante)
Aunque supone un gran avance, el DNI digital tiene algunas restricciones clave:
✈️ No sirve para viajar
No sustituye al DNI físico ni al pasaporte en:
- Vuelos nacionales
- Vuelos internacionales
- Controles de seguridad
🗳️ No válido para votar
La Junta Electoral ha decidido que no se puede usar para identificarse en elecciones, al considerar que el sistema aún necesita más garantías.
🔒 Privacidad y control de datos
Una de las principales ventajas del sistema es que no muestra todos los datos del usuario, sino que permite elegir qué información compartir.
🧩 Niveles de identificación:
- DNI EDAD: foto, nombre y mayoría de edad
- DNI SIMPLE: datos básicos y validez
- DNI COMPLETO: toda la información
El código QR generado:
- Es único
- Dura 60 segundos
- Se invalida automáticamente
📊 ¿Sustituye el DNI digital al físico?
No. El DNI en el móvil es complementario, no sustitutivo.
El documento físico sigue siendo:
- Obligatorio
- Necesario para viajar
- Imprescindible en ciertos trámites
Además, debe mantenerse en vigor y renovarse según la edad del titular.
🧠 Qué cambia con el DNI digital en España
La llegada del DNI digital marca un paso más hacia la identidad electrónica en España, alineándose con otros servicios digitales como:
- Certificados electrónicos
- Firma digital
- Administración online
Este sistema permitirá a millones de ciudadanos llevar su identificación siempre disponible, simplificando procesos y reduciendo la dependencia del formato físico.
Un avance clave hacia la identidad digital
El DNI en el móvil representa una transformación importante en la forma de identificarse en España. Aunque aún tiene limitaciones, su implementación abre la puerta a un futuro donde la identidad digital será cada vez más habitual, segura y eficiente.
La evolución del DNI en España:
- Introducción del DNI electrónico (DNIe): Una de las transformaciones más significativas ocurrió con la introducción del DNIe en 2006. Este documento incorpora un chip electrónico que almacena información biométrica y permite la autenticación digital. Además, posibilita la realización de trámites en línea y la firma digital.
- Actualizaciones de seguridad y diseño: A lo largo de los años, se han implementado mejoras en las medidas de seguridad del DNI para prevenir la falsificación y el uso fraudulento. Estas actualizaciones han incluido elementos como hologramas, microtextos y marcas de agua.
- Cambios en el formato y la presentación: El formato físico del DNI ha experimentado modificaciones en términos de tamaño y diseño. Estos cambios buscan mejorar la legibilidad y la identificación visual del documento.
- Renovación y caducidad: Las autoridades españolas suelen establecer períodos de validez para los DNIs, y los ciudadanos deben renovar su documento al llegar a la fecha de caducidad. Durante este proceso, es posible que se realicen actualizaciones tecnológicas y de seguridad.
- Incorporación de datos biométricos: El DNI actual incluye datos biométricos como la fotografía y las huellas dactilares, lo que contribuye a una identificación más precisa y segura.
- Digitalización de trámites: Con la introducción del DNIe, se ha fomentado la digitalización de trámites administrativos, permitiendo a los ciudadanos realizar gestiones de manera electrónica, lo que agiliza y simplifica procesos.
Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.
Comparte esto:
- Haz clic para compartir en WhatsApp (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para enviar un enlace por correo electrónico a un amigo (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en Telegram (Se abre en una ventana nueva)
- Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva)


Tienes que estar registrado para comentar Acceder