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Valencia

El Ayuntamiento de València revienta a multas a las terrazas: 386 en 10 días

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Ayuntamiento de València revienta a multas a las terrazas

El Ayuntamiento de València revienta a multas a las terrazas de la ciudad y mantiene las inspecciones después de que una de cada cuatro acabe en sanción.

En los últimos diez días se han impuesto 386 sanciones, la mayoría de ellas (98) por no señalizar con pintura la superficie ocupada o por exceder la ocupación autorizada (83). “Tenemos la obligación de velar siempre por el cumplimiento de la normativa vigente y promover la mejor convivencia en la ciudad”, ha afirmado el concejal de Protección Ciudadana, Aarón Cano.

Durante estos meses, la Policía Local de València realizó 2130 inspecciones a terrazas de las que una cuarta parte acabó en sanción.

El Ayuntamiento de València revienta a multas a las terrazas

La 5ª Unidad de Distrito, Transits, es la que más inspecciones ha realizado, un total de 475, pero es una de las que menos sanciones ha impuesto (se han levantado 16 actas y se denunció a un total de 19 establecimientos).

El barrio más multado

En cambio, la 7ª Unidad de Distrito, Marítim, realizó menos inspecciones, un total de 274; pero denunció más locales (se levantaron 104 actas y se impusieron 141 denuncias).

Hay que tener en cuenta que este distrito comprende toda la fachada marítima, la Marina y los barrios del Cabanyal, Canyamelar, Nazaret o El Grao, con espacios como la avenida de Blasco Ibáñez y las plazas del Cedro y de Honduras, que concentran gran número de terrazas.

En este caso los conceptos por los que más se ha sancionado han sido no señalizar con pintura la superficie ocupada (41 denuncias), no exponer la autorización (31) y exceder la ocupación autorizada (28).

Exceso de superficie

Cano ha explicado que las terrazas “no pueden exceder la superficie que tienen autorizada, sino que deben señalizar toda la superficie que ocupan en la vía pública y cumplir, entre otras cuestiones, con el horario que tienen autorizado”.

Cano ha añadido que aunque la gran mayoría de los hosteleros “cumple perfectamente con estas cuestiones, hay una parte importante que no lo hace y le hace un flaco favor al sector en la ciudad”.

“No puede ser que haya determinados lugares por los que apenas se puede caminar porque haya una terraza que sobrepasa con creces el espacio que tiene autorizado”, ha lamentado el concejal.

Quejas del vecindario

De hecho, el exceso de ocupación de la vía pública es uno de los incumplimientos que más molestias produce entre el vecindario, pero también entre el sector comercial de la ciudad.

Una cuarta parte de las sanciones que impuso la Policía Local de València entre mayo y junio en sus inspecciones a terrazas, alrededor de un centenar, fue por este concepto que coincide también con una de las cuestiones que más plantean las asociaciones vecinales.

“Tenemos que garantizar el ejercicio de todos los derechos –ha concluido el edil- y, en ocasiones, las terrazas alteran la convivencia con sus incumplimientos. Un exceso de aforo se traduce en más mesas y sillas, y más personas consumiendo en la vía pública; y tenemos que hacer todo lo posible por velar por el derecho al descanso de los vecinos”.

 

 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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