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Valencia

La jueza de Azud cree que la trama pagó gastos electorales del PSPV en 2007

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Manolo Mata, defensor de uno de los principales acusados de la trama de corrupción Azud, atiende a la prensa EFE/Kai Försterling/Archivo

València, 14 jun (OFFICIAL PRESS- EFE).- La titular de Instrucción 13, que dirige el conocido como caso Azud, ha vinculado a empresas de la supuesta trama corrupta liderada por el constructor Jaime María Febrer con pagos a firmas de publicidad que realizaron actos electorales para el PSPV en la campaña electoral de 2007.

En un reciente auto, al que ha tenido acceso EFE, la jueza detalla como la empresa pública Espacios Urbanos de Xixona abonó a Gigante Edificaciones y Obras -una de las empresas supuestamente colaboradora del Grupo Axis para la generación de fondos en efectivo con los que abonar comisiones ilícitas- una importante suma de dinero en concepto de gastos de publicidad.

Con parte de esos fondos, añade el citado auto, Gigante efectuó pagos a empresas vinculadas a la publicidad, en total 484.480 euros (a Metrofilms, Industrias Gráficas Valencianas, Key, Publiexpress y Cronosport).

Dichas empresas, detalla la magistrada, se dedicaban a la publicidad y trabajaban para el Partido Socialista en esta materia.

Azud pagos PSPV

Según el auto, el conglomerado empresarial Axis del empresario Jaime María Febrer -uno de los supuestos cabecillas de la trama corrupta Azud- procedió, a través de mercantiles interpuestas, a ingresar la cantidad reseñada a las empresas de publicidad que trabajaron para el PSPV.

Febrer, añade la instructora, mantenía numerosas reuniones con José Cataluña, en las que abordaban cuáles debían ser las funciones que tenía que realizar la mercantil Gigante para pagar, con fondos del Grupo Axis, gastos de publicidad en la campaña del PSPV de 2007.

Las partes consultadas por Efe opinan que los hechos descritos en este auto podrían estar ya prescritos.

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Valencia

El Supremo impide que Ábalos comparezca en la comisión del ‘caso Koldo’ en el Senado

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

El Tribunal Supremo rechaza la solicitud del PP para que el exministro José Luis Ábalos declare este jueves en la investigación sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo (TS) ha denegado la comparecencia del exministro de Transportes José Luis Ábalos, actualmente en prisión provisional desde el 27 de noviembre de 2025, ante la comisión de investigación del Senado sobre el denominado ‘caso Koldo’, donde estaba citado por el Partido Popular (PP).

Según el auto del magistrado instructor, Leopoldo Puente, la solicitud de la Cámara Alta no podía ser atendida debido a la “singular premura” con la que se presentó, lo que imposibilita realizar la audiencia previa de las partes, un requisito legal imprescindible. No obstante, el TS indica que el Senado podría volver a solicitar la comparecencia siempre que lo haga con suficiente antelación.

Contexto de la comisión del ‘caso Koldo’

El PP había fijado la comparecencia de Ábalos para el 8 de enero, con el objetivo de esclarecer presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19, junto a su exasesor Koldo García. La comisión busca investigar la gestión de contratos públicos durante la crisis sanitaria, en un caso que ha generado gran expectación política y mediática.

Ábalos y Koldo no serán juzgados por jurado popular

Además, el TS ha rechazado la petición de Ábalos y García de que su juicio se realice mediante jurado popular, formado por ciudadanos. El magistrado instructor, Leopoldo Puente, explica que la ley del jurado excluye este mecanismo cuando los delitos corresponden a la Audiencia Nacional. Aunque el aforamiento de Ábalos hace que la causa sea instruida por el Supremo, el procedimiento legal no se modifica, por lo que el juicio seguirá en la vía ordinaria.

Ábalos había solicitado también la nulidad de los autos de procedimiento abreviado y la apertura de juicio oral, de cara a enfrentarse a peticiones de hasta 30 años de cárcel por los delitos que se le imputan. El TS mantiene su criterio y confirma que el procedimiento se ajusta a la ley vigente, reforzando así la competencia del Supremo para instruir y enjuiciar el caso.

Qué implica la decisión del Supremo

La decisión del TS supone que Ábalos no podrá declarar ante el Senado de manera inmediata, retrasando las investigaciones políticas que pretendía impulsar el PP. Al mismo tiempo, reafirma que el juicio seguirá su curso en la vía judicial ordinaria, sin intervención de jurado popular, lo que marca un paso clave en la tramitación del ‘caso Koldo’.

 

 


Ábalos y Koldo señalan a Begoña Gómez mientras Sánchez niega chantajes y amenaza con decreto ley

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