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Baja el precio del gas en el 20% de los hogares: ¿eres uno de ellos?

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Un 21% de los hogares españoles tienen contratada la tarifa regulada del gas, la TUR, que acaba de bajar su precio. En cambio,el 80% restante tienen una tarifa en el mercado liberalizado y no se benefician directamente de esta ventaja

La tarifa regulada TUR del gas se revisa cada 3 meses. Los hogares que siguen teniendo esta tarifa (1,6 millones, una quinta parte del total), comienzan abril con una buena noticia, pues verán cómo el precio del kWh que pagan por su suministro de gas se reduce en 7,2% para la tarifa 3.1 (los hogares que menos consumen) y hasta un 8,2% para los hogares que tienen contratada la tarifa 3.2,  normalmente los que tienen calefacción con gas.

Este descenso en abril se suma a la bajada de hace tres meses, y los usuarios con esta tarifa lo notarán en sus bolsillos.

Por ejemplo, en un hogar con 9000 kWh de consumo anual (tarifa de acceso 3.2), esta bajada supondrá un 6,4% de descuento en su factura media (7,3 € menos cada bimestre). Para quienes tengan la  tarifa de acceso 3.1 y un consumo anual de aproximadamente 3.500 kWh al año  la bajada es algo menor, en torno a un 5,3% de descuento.

Fuente: OCU

Los del mercado libre no se beneficiarán

Como decimos, esta rebaja del precio del gas natural sólo afecta a los hogares con tarifa regulada TUR, que son minoría ¿Qué pasa con los demás?El resto de hogares están en el mercado liberalizado y, están a expensas de lo que diga su contrato, que se actualizará en el momento que hayan fijado con el precio que entonces tenga el gas.

Deben prestar especial atención los hogares que contrataron o revisaron su tarifa en otoño de 2018: desde entonces la tarifa TUR acumula rebajas de al menos un 12% de las que no se habrían beneficiado.

Por otro lado, estos buenos precios actuales del gas indican que este puede ser un buen momento para contratar un precio fijo que garantice buenos precios para el próximo invierno.

Fuente: OCU

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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