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Calvo dice que España «no puede volver» al confinamiento de marzo

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EFE/Emilio Naranjo

Madrid, 22 ene (EFE).- La vicepresidenta primera del Gobierno, Carmen Calvo, ha asegurado este viernes que España «no puede volver» a un confinamiento domiciliario como el de marzo del año pasado y ha remarcado que las comunidades autónomas tienen todavía medidas «por agotar» para combatir la pandemia al amparo del decreto de alarma.

Calvo ha admitido que el país tiene unas cifras «evidentemente preocupantes» en la evolución del coronavirus, pero también ha apuntado que son «mejores» que las de otros países europeos, según ha manifestado en la Biblioteca Nacional, donde ha participado en un homenaje a la filóloga María Moliner.

Ha recalcado que dentro de lo establecido en el decreto que regula el estado de alarma, en vigor hasta el mes de mayo, «quedan todavía elementos por agotar» por parte de las comunidades autónomas, al permitir esta norma «diferentes posibilidades» de decisión dentro de sus competencias.

Es en el Consejo Interterritorial de Salud donde, ha recordado, se adoptan estas decisiones «siempre tratando de cooperar y de coordinarnos de la mejor manera posible», y teniendo siempre en cuenta que cada territorio puede actuar de manera diferente para afrontar su situación.

Eso sí, ha hecho hincapié en que esta coordinación debe ejecutarse con «lealtad», algo «muy importante para trabajar en un país descentralizado como el nuestro», ha señalado.

Ha apuntado también la vicepresidenta que España es el segundo país de Europa por número de vacunaciones y el séptimo del mundo y que lo que ahora corresponde es «poner el foco» en mejorar el ritmo de la administración de vacunas.

Y no ha olvidado reprobar a los cargos públicos que se han vacunado saltándose los protocolos y aprovechando su situación, una conducta que ha tachado de «nada ejemplar» y «completamente reprochable» así como una muestra de «absoluta indignidad».

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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