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Sucesos

Casi 14.500 euros de multa a un cocinero por vejar a una ayudante en el restaurante

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cocina

Alicante, 19 nov (EFE).- El responsable de cocina de un restaurante de Benidorm ha sido condenado al pago de una multa de 14.460 euros por vejar durante once años a una empleada del establecimiento que trabajaba como ayudante.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm el pasado abril, acaba de ser ratificada ahora por la Sección Tercera de la Audiencia tras rechazar el recurso de apelación presentado por el condenado.

Al desestimar esa impugnación, el tribunal ratifica las conclusiones alcanzadas en la sentencia de primera instancia, en la que se consideró probado que el procesado, de 42 años, mantuvo «a sabiendas» un trato «humillante, ofensivo» y «despreciativo» hacia la denunciante entre 2007 y 2018.

Dicha sentencia de primera instancia concreta que, en ese trato vejatorio, le profirió expresiones como «inútil, no vales para nada, coja», mofándose de ella, «no permitiéndole hablar con la gente, llegando a lanzarle tapas de frascos, empujones o golpearle con cartones de pizza».

De acuerdo con la sentencia apelada, «esa continua, sistemática y deliberada conducta de hostigamiento y trato vejatorio» ocasionó a la empleada un trastorno de adaptación mixto «de ansiedad y humor deprimido» por la que requirió de asistencia médica y tratamiento posterior.

El condenado recurrió la sentencia con el argumento de que el juzgado había incurrido en un error en la apreciación de la prueba y que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, pero el tribunal lo rechaza y ratifica la condena impuesta por los delitos de acoso laboral y de lesiones.

Respecto al posible error en la apreciación de la prueba, el tribunal incide en que el Juzgado de lo Penal valoró pruebas de carácter personal, como las declaraciones de testigos y de la perito médico forense.

Y añade que debe prevalecer el principio de inmediación, de modo que solo podría tener acogida un supuesto error en la valoración de esa prueba en el caso de que el criterio adoptado por la sentencia resulte «ilógico o absurdo», lo que «no ocurre en este caso».

El tribunal concluye que la sentencia «viene acreditada plenamente por las pruebas testificales y pericial practicada, concurriendo los requisitos que dotan de verosimilitud a las declaraciones de la denunciante».

La Audiencia también rechaza que se haya conculcado el principio de presunción de inocencia para subrayar que «para llegar a la conclusión condenatoria», el juez habría contado con «las pruebas practicadas en el acto del juicio, ponderándolas de forma lógica y racional».

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Sucesos

Libertad provisional para el camionero que atropelló mortalmente a una joven de 20 años en la calle Valle de la Ballestera de València

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atropello camión campanar
Calle Valle de la Ballestera-GOOGLE MAPS

El conductor no estaba bajo los efectos de las drogas, según los informes médicos

El Juzgado de Instrucción número 13 de València, en funciones de guardia, ha decretado este sábado la libertad provisional para el camionero detenido por su presunta implicación en el atropello mortal de una joven en un paso de peatones de la ciudad durante la madrugada del viernes.

La decisión se ha tomado de conformidad con la solicitud del Ministerio Fiscal, tras recibir los resultados de los informes médicos y forenses que determinan que el conductor no se encontraba bajo los efectos de drogas en el momento del accidente.

El magistrado ha impuesto como medida cautelar la retirada del permiso de conducir al investigado, mientras continúa la instrucción judicial del caso.


Los análisis forenses confirman restos residuales de consumo

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), los resultados de los análisis toxicológicos muestran que el camionero dio positivo en cocaína y cannabis, pero los informes forenses establecen que la ingesta de estas sustancias se produjo aproximadamente una semana antes del suceso.

Los especialistas señalan que en su organismo solo quedaban restos residuales, por lo que no existía afectación psicofísica ni alteración de sus capacidades de conducción en el momento del atropello.

Estos resultados son coincidentes con el atestado policial, en el que los agentes intervinientes indicaron que el conductor no mostraba signos de consumo reciente ni comportamientos alterados.


El caso sigue abierto por homicidio imprudente

La causa judicial se ha abierto inicialmente por un presunto delito de homicidio por imprudencia, y continuará bajo investigación en el Juzgado de Instrucción número 11 de València, que se encontraba de guardia cuando ocurrió el accidente.

El juez de guardia prorrogó la detención durante 24 horas el viernes, a la espera de que se completaran los informes médicos y de la comparecencia judicial de la facultativa que debía ratificar los resultados toxicológicos. Tras su presentación y valoración, el magistrado ha considerado que no concurren motivos suficientes para mantener la prisión preventiva.


Un suceso que conmociona a València

El atropello tuvo lugar en la madrugada del viernes, en un paso de peatones de València, y provocó la muerte inmediata de una joven cuya identidad no ha sido revelada oficialmente. El suceso ha causado una gran conmoción entre los vecinos y en las redes sociales, donde se han sucedido los mensajes de condolencia a la familia de la víctima.

Aunque el conductor ha quedado en libertad provisional, el caso sigue en fase de investigación para esclarecer las circunstancias exactas del siniestro: la velocidad del vehículo, la visibilidad del paso de peatones y las condiciones del tráfico en el momento del impacto.


Contexto legal y próximas diligencias

En esta fase procesal, el camionero mantiene la condición de investigado, lo que implica que deberá comparecer ante el juzgado siempre que sea citado. Además, la retirada de su carnet de conducir será efectiva mientras dure la instrucción del caso, a fin de garantizar la seguridad y el cumplimiento de las medidas cautelares.

El Ministerio Fiscal continuará supervisando las diligencias, que podrían incluir nuevos informes técnicos de reconstrucción del accidente y declaraciones de testigos o de los agentes que participaron en la investigación.

El Juzgado de Instrucción número 11 de València determinará en los próximos meses si existen elementos suficientes para que el caso avance a juicio oral o si se archiva por falta de indicios de imprudencia grave.


La prudencia al volante, en el centro del debate

El suceso ha reabierto el debate sobre la seguridad vial en las ciudades y el riesgo que supone la conducción de vehículos pesados en zonas urbanas. Desde asociaciones de víctimas y colectivos de peatones se insiste en la importancia de respetar la velocidad, la señalización y los pasos de peatones, especialmente durante la noche.

En paralelo, la Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene su campaña de concienciación sobre los efectos del consumo de alcohol y drogas, recordando que incluso los restos de estas sustancias pueden afectar la capacidad de reacción, aunque en este caso los informes médicos lo hayan descartado.


El caso continúa bajo la jurisdicción del juzgado instructor, mientras la ciudad de València lamenta una tragedia que pone de nuevo sobre la mesa la necesidad de reforzar la seguridad vial y la convivencia entre vehículos y peatones.

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