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Sucesos

Casi 14.500 euros de multa a un cocinero por vejar a una ayudante en el restaurante

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Alicante, 19 nov (EFE).- El responsable de cocina de un restaurante de Benidorm ha sido condenado al pago de una multa de 14.460 euros por vejar durante once años a una empleada del establecimiento que trabajaba como ayudante.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm el pasado abril, acaba de ser ratificada ahora por la Sección Tercera de la Audiencia tras rechazar el recurso de apelación presentado por el condenado.

Al desestimar esa impugnación, el tribunal ratifica las conclusiones alcanzadas en la sentencia de primera instancia, en la que se consideró probado que el procesado, de 42 años, mantuvo «a sabiendas» un trato «humillante, ofensivo» y «despreciativo» hacia la denunciante entre 2007 y 2018.

Dicha sentencia de primera instancia concreta que, en ese trato vejatorio, le profirió expresiones como «inútil, no vales para nada, coja», mofándose de ella, «no permitiéndole hablar con la gente, llegando a lanzarle tapas de frascos, empujones o golpearle con cartones de pizza».

De acuerdo con la sentencia apelada, «esa continua, sistemática y deliberada conducta de hostigamiento y trato vejatorio» ocasionó a la empleada un trastorno de adaptación mixto «de ansiedad y humor deprimido» por la que requirió de asistencia médica y tratamiento posterior.

El condenado recurrió la sentencia con el argumento de que el juzgado había incurrido en un error en la apreciación de la prueba y que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, pero el tribunal lo rechaza y ratifica la condena impuesta por los delitos de acoso laboral y de lesiones.

Respecto al posible error en la apreciación de la prueba, el tribunal incide en que el Juzgado de lo Penal valoró pruebas de carácter personal, como las declaraciones de testigos y de la perito médico forense.

Y añade que debe prevalecer el principio de inmediación, de modo que solo podría tener acogida un supuesto error en la valoración de esa prueba en el caso de que el criterio adoptado por la sentencia resulte «ilógico o absurdo», lo que «no ocurre en este caso».

El tribunal concluye que la sentencia «viene acreditada plenamente por las pruebas testificales y pericial practicada, concurriendo los requisitos que dotan de verosimilitud a las declaraciones de la denunciante».

La Audiencia también rechaza que se haya conculcado el principio de presunción de inocencia para subrayar que «para llegar a la conclusión condenatoria», el juez habría contado con «las pruebas practicadas en el acto del juicio, ponderándolas de forma lógica y racional».

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Sucesos

La menor violada en Valencia estaba con un joven en el baño cuando entraron otros tres: la presunta agresión se prolongó 40 minutos

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detenidos ontinyent transfobia

Detenidos tres menores por una presunta agresión sexual grupal a una menor en Valencia

La Policía Nacional ha detenido en Valencia a tres menores de 14 y 15 años como presuntos responsables de una agresión sexual grupal a una menor de 16 años. Los hechos habrían ocurrido el pasado 10 de febrero en el baño de un centro comercial de la ciudad.

En el suceso también habría participado un cuarto menor de 13 años que, debido a su edad, es inimputable y no ha sido arrestado.

Los hechos investigados

Según la información facilitada por fuentes policiales, la menor acudió al baño del centro comercial junto a uno de los jóvenes. De acuerdo con su testimonio, mantuvo inicialmente relaciones consentidas con él. Posteriormente, otros tres menores entraron en el baño y, siempre según su versión, se produjo la presunta agresión durante cerca de 40 minutos.

La víctima ha declarado que se negó a mantener relaciones con los otros implicados y que tampoco autorizó la grabación de lo ocurrido. Sin embargo, los hechos habrían sido registrados con un teléfono móvil.

Los investigados reconocen que hubo relaciones sexuales, aunque sostienen que fueron consentidas. La defensa mantiene además que no hubo penetración y que existen conversaciones previas que, según su versión, acreditarían el consentimiento.

Grabación y difusión del vídeo

Además del presunto delito de agresión sexual con penetración a menor de 16 años, los detenidos se enfrentan a un delito contra la intimidad y revelación de secretos por la supuesta grabación y difusión de las imágenes.

Días después de los hechos, la dirección del instituto tuvo conocimiento de que el vídeo estaba circulando entre alumnos del centro. Tras mantener una conversación con la menor, se activó el protocolo de actuación ante posibles casos de agresión sexual y se informó a las autoridades.

Actuaciones judiciales

Los arrestados fueron detenidos este lunes y pasaron al día siguiente a disposición de la Fiscalía de Menores, que ha acordado como medidas cautelares:

  • Libertad vigilada.

  • Prohibición de comunicación con la víctima.

  • Orden de alejamiento que les impide acercarse a menos de 50 metros.

La investigación permanece abierta.


Actuación del GRUME

El GRUME es la unidad especializada de la Policía Nacional en la investigación de delitos en los que están implicados menores, tanto como presuntos autores como víctimas, actuando bajo la coordinación de la Fiscalía.

Las autoridades recuerdan la importancia de denunciar este tipo de hechos para activar los protocolos de protección y garantizar la asistencia a las víctimas.

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