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Sucesos

Casi 14.500 euros de multa a un cocinero por vejar a una ayudante en el restaurante

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Alicante, 19 nov (EFE).- El responsable de cocina de un restaurante de Benidorm ha sido condenado al pago de una multa de 14.460 euros por vejar durante once años a una empleada del establecimiento que trabajaba como ayudante.

La sentencia, dictada por el Juzgado de lo Penal número 3 de Benidorm el pasado abril, acaba de ser ratificada ahora por la Sección Tercera de la Audiencia tras rechazar el recurso de apelación presentado por el condenado.

Al desestimar esa impugnación, el tribunal ratifica las conclusiones alcanzadas en la sentencia de primera instancia, en la que se consideró probado que el procesado, de 42 años, mantuvo «a sabiendas» un trato «humillante, ofensivo» y «despreciativo» hacia la denunciante entre 2007 y 2018.

Dicha sentencia de primera instancia concreta que, en ese trato vejatorio, le profirió expresiones como «inútil, no vales para nada, coja», mofándose de ella, «no permitiéndole hablar con la gente, llegando a lanzarle tapas de frascos, empujones o golpearle con cartones de pizza».

De acuerdo con la sentencia apelada, «esa continua, sistemática y deliberada conducta de hostigamiento y trato vejatorio» ocasionó a la empleada un trastorno de adaptación mixto «de ansiedad y humor deprimido» por la que requirió de asistencia médica y tratamiento posterior.

El condenado recurrió la sentencia con el argumento de que el juzgado había incurrido en un error en la apreciación de la prueba y que se había vulnerado el principio de presunción de inocencia, pero el tribunal lo rechaza y ratifica la condena impuesta por los delitos de acoso laboral y de lesiones.

Respecto al posible error en la apreciación de la prueba, el tribunal incide en que el Juzgado de lo Penal valoró pruebas de carácter personal, como las declaraciones de testigos y de la perito médico forense.

Y añade que debe prevalecer el principio de inmediación, de modo que solo podría tener acogida un supuesto error en la valoración de esa prueba en el caso de que el criterio adoptado por la sentencia resulte «ilógico o absurdo», lo que «no ocurre en este caso».

El tribunal concluye que la sentencia «viene acreditada plenamente por las pruebas testificales y pericial practicada, concurriendo los requisitos que dotan de verosimilitud a las declaraciones de la denunciante».

La Audiencia también rechaza que se haya conculcado el principio de presunción de inocencia para subrayar que «para llegar a la conclusión condenatoria», el juez habría contado con «las pruebas practicadas en el acto del juicio, ponderándolas de forma lógica y racional».

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Sucesos

Mujer de 83 años muere tras atragantarse con un torrezno en Almassora, Castellón

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Una mujer de 83 años ha fallecido tras atragantarse con un torrezno en un bar de Almassora, Castellón. Los hechos ocurrieron mientras la víctima, originaria de Vila-real, se encontraba consumiendo alimentos en el establecimiento. A pesar de los esfuerzos de la Policía Local y del Servicio de Ayuda Médica Urgente (SAMU), la mujer no pudo ser salvada.

Detalles del suceso

Según fuentes locales, la mujer se estaba comiendo torreznos cuando sufrió el atragantamiento, provocando un shock entre los presentes. La Policía Local intervino rápidamente, aplicando reanimación cardiopulmonar (RCP) con desfibrilador mientras esperaban la llegada de los sanitarios del SAMU. Los médicos continuaron con las maniobras durante aproximadamente 30 minutos, pero finalmente se confirmó el fallecimiento de la víctima en el mismo bar.

Otras situaciones similares

Casos de atragantamiento trágicos han ocurrido en España recientemente, como un niño de dos años que falleció tras atragantarse con frutos secos en Valencia, o un hombre detenido en Barcelona tras atragantarse con una cadena de oro robada en un taxi. Estos incidentes destacan la importancia de saber actuar ante situaciones de atragantamiento.

Qué hacer en caso de atragantamiento

El Servei d’Emergències Sanitàries de la Comunitat Valenciana recomienda actuar de forma rápida y siguiendo ciertos pasos:

  1. Persona consciente y puede toser: animarle a toser.

  2. Persona consciente pero no puede toser: inclinar el cuerpo ligeramente hacia adelante y dar cinco golpes en la espalda entre las escápulas.

  3. Maniobra de Heimlich: colocarse detrás de la víctima, rodear con los brazos, colocar un puño horizontal justo por encima del ombligo, presionar fuerte hacia adentro y hacia arriba, alternando con cinco golpes en la espalda hasta que expulse el objeto o lleguen los servicios de emergencia.

  4. Mujeres embarazadas: solo golpes en las escápulas y compresiones en el centro del pecho.

  5. Menores de un año: colocar boca abajo sobre un antebrazo, sostener la cabeza más baja que el cuerpo, cinco golpes en las escápulas y si no funciona, cinco compresiones con los dedos en el centro del pecho.

  6. Si todo falla: iniciar maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP).

 

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