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Caso Esther López: Así se defiende Óscar de las últimas acusaciones

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Esther López Óscar

Nueve meses después del hallazgo del cadáver sigue sin conocerse las causas de la muerte de Esther López y qué persona o personas movieron el cuerpo de la joven de Traspinedo.

Ya son varios meses desde que Esther López falleció y la investigación continúa para esclarecer lo que ocurrido.

Novedades apuntan a Óscar

Las últimas novedades en el caso. Se ha conocido que un peritaje determinó que el vehículo del principal sospechoso, Óscar S., fue manipulado dos veces.

Esta información puede suponer un vuelco en la investigación, ya que la magistrada del caso le confiscó el coche al acusado y ordenó el análisis de la centralita, pese a que la letrada de éste pidió la devolución del vehículo.

Según las investigaciones la manipulación de los datos del coche debieron producirse por un técnico especializado posteriormente a la muerte de la joven, los días 1 de febrero y 2 de abril, lo que “hace imposible recabar información sobre el hecho investigado”, afirman fuentes judiciales.

Esto dificulta la investigación, ya que no se puede conocer el itinerario y recorrido que realizó el sospechoso la noche del crimen y los días siguientes.

El sospechoso niega haber manipulado la centralita de su coche

Desde hace días  la jueza del Juzgado de Instrucción Número 5 de Valladolid ya tiene en su poder uno de los que se consideraba informes esenciales para resolver el caso de la desaparición y muerte de Esther López, el informe del perito tras el estudio de la centralita del coche de Óscar S., el principal sospechoso.

En dicho escrito el perito de la SEADA, en su apartado de conclusiones, aseguraba que mediante la diagnosis realizada de los sistemas electrónicos del vehículo, se determinaba que “existe un primer borrado de eventos y averías” el día 1 de febrero de 2022, cuatro días antes de que apareciera el cadáver de la joven de 35 años en una cuneta de la N-122.

Confirma que se realiza “un segundo borrado de los eventos y averías intencionado” el 2 de abril a las 11.05 horas”.

La defensa del principal sospechoso del caso ha remitido a la jueza del caso un escrito, al que ha tenido acceso en el que asegura que estas “incidencias no han sido realizadas por su representado” en ninguno de los dos supuestos.

La abogada expone las razones basándose en que el día 1 de febrero, Óscar salió de su centro de trabajo en Valladolid, a las 13.30 horas, para ir a recoger a su hija al colegio a las 14.00 y que acudió en el T-ROC, junto a su madre.

Una vez allí esperó a que su hija saliera, coincidiendo en la puerta con B., la madre de la niña quien le entregó la carpeta para que por la tarde el padre la llevara a clases de inglés, asegura el escrito.

Facturas y SMS

Para justificar estos hechos se han aportado mensajes de SMS que la madre de la niña le envió a Óscar y éste a ella ese día.

Además se han aportado facturas de los teléfonos de uno y otra donde figuran los mismos con las horas de los envíos y los números de teléfono.

La abogada añade que el hecho se puso de manifiesto por parte de B, cuando en su declaración prestada ante la Guardia Civil el 2 de febrero de 2022 aporta unos SMS en los que podría confirmarse esto.

Por lo expuesto, la letrada suplica al juzgado que tenga por presentado este escrito con los documentos y las copias que se adjuntan de facturas y mensajes de SMS y que acuerde proceder conforme se solicita librando los oficios interesados.

¿Miente Óscar?

A pesar de negar los hechos, la tecnología, en este caso el móvil que Óscar lleva consigo demuestra que tras salir por la noche con Esther López, conduce su vehículo durante 30 minutos hasta una agencia de viajes, y abre con puntualidad el negocio familiar en el que trabaja desde hace cinco años.

A mediodía, Óscar sale de la agencia, y le envía un mensaje a su exmujer en el que le dice va a un centro comercial.

Además su móvil registra el verdadero destino de Óscar: un lavadero de coches.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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