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Cómo solicitar el cheque alimentacion de 200 euros

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Una de las últimas medidas anticrisis que ha aprobado el Gobierno es el cheque alimentación de 200 euros, que podrán solicitar familias y personas con vulnerabilidad económica que cumplan ciertos requisitos.

En este sentido, ha anunciado este cheque de 200 euros que, según ha indicado, está previsto que llegue a unos 4,3 millones de hogares españoles que cumplen con el límite de renta que propone el Ejecutivo para acceder a la misma. Además, este cheque se agilizará de manera que se cobre de forma casi inmediata y en un único pago.

Quién lo puede solictar

Las familias que tengan una renta inferior a los 27.000 euros anuales y mantendrá el incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital (IMV) con el inicio del nuevo año. Esta nueva ayuda se dará de una sola vez si el hogar tiene un patrimonio no superior a 75.000 euros.

Este nuevo cheque para alimentación de 200 euros irá dirigido a aquellas rentas a las que la inflación hace estragos mes a mes e imposibilita una compra digna de alimentos. El concepto de esta ayuda es similar al cheque que se puso en marcha el pasado verano destinado a todas las personas físicas de bajo nivel de ingresos, sin importar si eran asalariados, autónomos o desempleados. La diferencia es que en esta ocasión la ayuda irá destinada íntegramente a los gastos en alimentación.

Cómo solicitar el cheque alimentacion de 200 euros

Según los datos de la Agencia Tributaria , 4 de cada 10 personas se encuentran en ese umbral de ingresos.

El cheque se podrá solicitar en las ventanillas de la Agencia Tributaria entre el 15 de febrero y el 31 de marzo. Presentada la solicitud, se comprobará si la familia cumple esos requisitos de no tener mayores ingresos que los 27.000 euros anuales y una vez verificado se hará un abono único en cuenta de 200 euros.

Pero, además, el presidente del Gobierno ha explicado que mantendrá en 2023 el aumento del 15% del IMV que reciben también las familias con rentas más bajas del país. Esta subida se estableció a través del decreto de respuestas económicas a la guerra en Ucrania a partir del mes abril de 2022 y estaba previsto que terminase este mes de diciembre.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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