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Valencia

Familias afectadas de la DANA rechazan llevar a los alumnos: “Es un entorno hostil”

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Varias familias del Colegio de Educación Infantil y Primaria Orba de Alfafar (Valencia) han decidido no llevar a sus hijos al colegio este jueves, alegando que las aulas prefabricadas en las que deben comenzar las clases no ofrecen condiciones adecuadas de seguridad. Estas quejas apuntan a que el centro ha abierto el curso tras sufrir graves daños por la DANA, pero que los arreglos no están terminados.

“No es seguro” ni amable para los alumnos

La presidenta del AMPA, Miriam Martínez, calificó las prefabricadas como un entorno “hostil” para los niños. Ha recordado que su asociación hizo un llamamiento para que las clases no comenzaran hasta que se garantizara un inicio con normalidad. Entre los obstáculos señalados están zonas en obra, olores fuertes a disolvente, patios sin sombras, baños sin agua o luz, materiales de construcción al alcance de los alumnos y falta de espacios esenciales como cocina.

El Ayuntamiento de Alfafar ofreció el Complejo Municipal SUMA como alternativa para albergar al alumnado mientras se resuelven estos problemas, aunque la Conselleria de Educación mantiene que la habilitación de los módulos prefabricados ha sido certificada como segura desde el punto de vista estructural, eléctrico, de evacuación, protección contra incendios y normativa sanitaria.

Diferencias entre aulas y alternativas

  • Algunos estudiantes sí han asistido al colegio, mientras otros han sido dirigidos al SUMA para realizar actividades con monitores.

  • Las familias sostienen que los profesores han recibido a los niños con ilusión y compromiso. Sin embargo, insisten en que los espacios no reúnen condiciones óptimas para un regreso escolar seguro.

  • El Consistorio local considera prudente aplazar el uso de esas dependencias hasta al menos el lunes, para evitar riesgos evidentes durante esos primeros días lectivos.

Marco legal y postura oficial

La Conselleria de Educación recuerda que el Ayuntamiento no tiene competencia para cambiar el calendario escolar sin una resolución oficial de la Dirección General de Centros Docentes. Este órgano autorizó formalmente el retraso de apertura hasta este jueves para los centros de Alfafar afectados por daños graves.

Además, técnicos de infraestructuras han inspeccionado las instalaciones en diversas ocasiones, y la empresa responsable entregó recientemente un certificado de seguridad que avala que los módulos prefabricados cumplen con todas las normativas aplicables.

Contexto tras la DANA

El CEIP Orba fue uno de los centros más dañados por las inundaciones de octubre de 2024. Desde entonces, los alumnos han tenido que recibir clases en espacios provisionales y se han adjudicado aulas prefabricadas para que puedan volver al barrio mientras se realizan las obras de reconstrucción del colegio original.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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