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Listado de los comercios «no esenciales» que podrán abrir en la Comunitat con la Fase 1
Publicado
hace 6 añosen
En la Comunitat Valenciana hay 33.255 locales de comercio al por menor que desarrollan actividades catalogadas como “no esenciales” en virtud del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19. Estas actividades de comercio al por menor “no esenciales” han estado obligadas a mantener sus puntos de venta cerrados para garantizar la máxima seguridad a la población.
Transcurridas ya ocho semanas desde la declaración del estado de alarma, el país inicia la transición hacia una nueva normalidad a partir del 18 de mayo, y una vez confirmado el pase de la Comunitat Valenciana en la fase 1 del plan de desescalada, el BOE establece las condiciones para la reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados.
Según la Orden SND/399/2020 del 9 de mayo, en su Capítulo II, Artículo 10: “Podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales cuya actividad se hubiera suspendido tras la declaración del estado de alarma en virtud de lo dispuesto en el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID19, siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados, con excepción de aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior”.
Más de 25.000 comercios al por menor del grupo de “no esenciales” pueden iniciar la reapertura de sus establecimientos en la Fase 1
El número de comercios minoristas comprendidos en las actividades “no esenciales” cuya superficie es inferior a 400 m2 asciende a 31.665 comercios. De éstos, aproximadamente 25.212 establecimientos comerciales cumplen con las condiciones impuestas para proceder a la reapertura a partir del próximo 18 de mayo. Este comercio representa el 75,8% del total de comercios obligados a cerrar desde el 14 de marzo.
Los 2.071 locales comerciales ubicados en centros o parques comerciales no podrán proceder,
durante esta fase, a la reapertura.
Por otra parte, de los 6.257 puestos de venta de productos no esenciales ubicados en mercadillos o puestos de venta no sedentarios, se estima que solo un porcentaje podrá proceder a su reapertura, siempre que se cumplan las condiciones impuestas en el punto 6 del Artículo 10 de la Orden, que implica que se limita el número de puestos al 25% dando prioridad a la venta de productos alimentarios y de primera necesidad y limitando el aforo al 30%.

FUENTE INE
“Cuando así lo decidan los Ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, podrán proceder a su reapertura los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores.
Los Ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes. En todo caso, se garantizará una limitación al veinticinco por ciento de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación”.
Condiciones de reapertura de locales comerciales en la Fase 1
Según la Orden SND/399/2020 del de 9 de mayo, se establecen las siguientes condiciones para la
reapertura al público de establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios asimilados:
a) Que se reduzca al treinta por ciento el aforo total en los locales comerciales. En el caso de
establecimientos distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas
deberá guardar esta misma proporción. En cualquier caso, se deberá garantizar una distancia
mínima de dos metros entre clientes. En los locales comerciales en los que no sea posible
mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un
cliente.
b) Se garantizará la atención individualizada al cliente con la debida separación física prevista en
este capítulo o, en el caso de que esto no sea posible, mediante la instalación de mostradores
o mamparas.
c) Se establecerá un horario de atención preferente para mayores de 65 años, que deberá
hacerse coincidir con las franjas horarias para la realización de paseos y actividad física de este
colectivo.
d) Que cumplan adicionalmente con las medidas que se recogen en este capítulo, relativas a la
higiene exigibles a los establecimientos y locales con apertura al público, a la higiene de los
clientes en el interior de establecimientos y locales y en los mercados al aire libre o de venta no
sedentaria en la vía pública y al mantenimiento del aforo para los establecimientos y locales
abiertos al público.
2. Lo dispuesto en este capítulo, a excepción de las medidas de seguridad e higiene que se prevén en los artículos 4, 11 y 12, no será de aplicación a los establecimientos y locales comerciales minoristas que ya estaban abiertos al público de acuerdo con el artículo 10.1 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, los cuales podrán continuar abiertos, pudiendo ampliar la superficie útil de exposición y venta hasta 400 metros cuadrados, para la venta de productos autorizados en dicho artículo 10.1 u otros distintos.
3. Asimismo, podrán proceder a su reapertura al público, mediante la utilización de la cita previa, los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil de exposición y venta. Igualmente, podrán proceder a su reapertura al público las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, a excepción de aquellos que se encuentren ubicados dentro de centros comerciales o parques comerciales, sin acceso directo e independiente desde el exterior.
4. Todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo
dispuesto en este capítulo, podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los
productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso.
5. Podrá establecerse un sistema de reparto a domicilio preferente para colectivos determinados.

FUENTE INE
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Alerta: Europa urge a vacunarse “cuanto antes” por la expansión de la variante K de la gripe, más contagiosa y detectada en todo el mundo
Publicado
hace 5 horasen
23 noviembre, 2025
La gripe vuelve a situarse en el centro de la preocupación sanitaria en España. A las puertas del invierno, y coincidiendo con la primera ola de frío que ha desplomado las temperaturas en buena parte del país, las autoridades europeas han emitido una advertencia urgente: vacunarse de la gripe «cuanto antes». El motivo, la detección y rápida expansión de un nuevo subgrupo del virus, la variante K de A(H3N2), más contagiosa y que ya se ha documentado en los cinco continentes.
El último balance del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII) confirma el impacto que tuvo la gripe la pasada temporada: más de 33.000 hospitalizaciones, 1.811 ingresos en UCI y 1.825 fallecimientos, según el sistema de vigilancia SiVIRA. El virus respiratorio sigue siendo, año tras año, uno de los más letales en España.
La variante K de la gripe A(H3N2): más transmisible y detectada antes de lo previsto
El Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC) ha alertado de un crecimiento “inusual” de casos, entre tres y cuatro semanas antes de lo habitual. Según sus expertos, la variante K —antes conocida como J.2.4.1— se ha convertido en un subgrupo dominante:
-
Representa un tercio de todas las secuencias mundiales de A(H3N2) registradas entre mayo y noviembre de 2025.
-
En la Unión Europea supone casi la mitad de los casos secuenciados.
La presencia global del virus indica una elevada capacidad de transmisión y una mayor velocidad de circulación. Además, los análisis serológicos preliminares apuntan a una posible falta de concordancia entre la vacuna actual y esta variante, aunque las autoridades recuerdan que la vacunación sigue siendo esencial para reducir complicaciones graves.
¿Quién debe vacunarse de inmediato?
Las autoridades europeas insisten en que no hay tiempo que perder ante esta subida anticipada de casos. La recomendación es clara: vacunarse ya, especialmente en los grupos más vulnerables:
Personas con mayor riesgo de enfermedad grave:
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Adultos mayores de 65 años
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Personas con enfermedades crónicas (cardiovasculares, respiratorias, metabólicas, neuromusculares…)
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Pacientes inmunodeprimidos
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Mujeres embarazadas
-
Personas que viven en residencias o centros de larga estancia
Profesionales con riesgo de transmisión:
-
Personal sanitario y sociosanitario
-
Cuidadores formales e informales
Niños (según recomendaciones nacionales)
Vacunarlos reduce tanto el riesgo de enfermedad grave como la transmisión comunitaria, especialmente en menores de 5 años.
Incluso si la vacuna no coincide al 100% con la variante circulante, sigue proporcionando protección frente a hospitalización, complicaciones graves y fallecimientos.
Recomendaciones para hospitales y centros sociosanitarios
La llegada temprana de la gripe obliga a los centros sanitarios a activar sus planes de invierno. El ECDC insta a:
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Reforzar las prácticas de prevención y control de infecciones
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Identificar de forma precoz a pacientes con síntomas
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Agrupar casos compatibles cuando sea necesario
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Utilizar pruebas diagnósticas rápidas para orientar el manejo clínico
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Exigir mascarillas (FFP2 o quirúrgicas según actividad) a personal y visitantes
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Mantener fuera de actividad asistencial al personal sanitario con síntomas
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Reforzar higiene de manos, limpieza ambiental y ventilación
Estas medidas buscan minimizar la transmisión en entornos donde la gripe puede causar más complicaciones.
Síntomas más comunes de la gripe (incluida la variante K)
Los síntomas habituales siguen siendo los mismos, aunque la variante K se está asociando a un inicio más brusco y una mayor transmisibilidad:
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Fiebre alta repentina
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Tos seca persistente
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Dolor de garganta
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Cefalea intensa
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Dolores musculares y articulares
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Debilidad extrema o cansancio súbito
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Escalofríos
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Congestión nasal
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En algunos casos: náuseas, vómitos o diarrea, más frecuentes en niños
Aunque la mayoría de personas mejoran en pocos días, los grupos de riesgo pueden desarrollar neumonía, bronquitis, descompensación de patologías previas e incluso necesitar hospitalización.
Conclusión: vacunarse y extremar las medidas de prevención
La expansión global de la variante K de gripe A(H3N2) marca el inicio de una temporada que podría ser más intensa de lo previsto. Los expertos coinciden: la vacunación anticipada es la mejor herramienta para proteger a la población y evitar un aumento significativo de hospitalizaciones.
Con la llegada del frío, el incremento de virus respiratorios y un subgrupo más transmisible en circulación, la recomendación es unánime: vacunarse cuanto antes y mantener las medidas básicas de prevención.
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