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Cómo se presenta la nueva baja laboral

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Cobrar paro y sueldo a la vez
Imagen de una oficina de la Seguridad Social. EFE/ Juan Carlos Cárdenas/Archivo

Este mes de abril ha entrado en vigor el nuevo modelo de gestión de bajas laborales por incapacidad temporal aprobado por el Consejo de Ministros. Ahora ya no es necesario entregar el parte médico que autoriza la baja laboral a la entidad u organismo pertinente.

La Seguridad Social ha establecido que las comunicaciones entre las entidades emisoras y el propio Instituto de la Seguridad Social (INSS) sea de carácter telemático. Así se evitan trámites potencialmente onerosos para personas en situación de incapacidad temporal. Además se aprovechan las facilidades proporcionadas por la digitalización y las nuevas tecnologías en aras de una mayor eficacia de los procesos administrativos.

Cómo presentar la nueva baja laboral

A partir de ahora, tan sólo se entregará una copia de los partes médicos al trabajador en cuestión. De esta forma, se elimina la obligación de realizar una segunda copia para entregarla a la empresa, entidad gestora o mutua.

Ahora será el servicio público de salud, mutua o empresa la que remita los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al INSS por canales telemáticos. La notificación ha de ser inmediata, fijándose tal límite temporal en el primer día hábil siguiente al de la expedición del documento.

Una vez recibida esa información, las empresas pueden consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas. Los datos identificativos puramente burocráticos relativos a los partes médicos serán emitidos como máximo en el primer día hábil siguiente al de admisión en dicho Instituto. Las empresas están obligadas a transmitir al INSS los datos indicados por orden ministerial mediante el sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED). La comunicación ha de ser inmediata y dentro de un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación de la baja médica.

Sanciones en caso de incumplimiento

El incumplimiento de este nuevo modo de procedimiento laboral se consideraría una infracción leve contemplada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Y sería sancionada con una multa de entre 70 y 750 euros. La transmisión no será obligatoria en casos en los que el trabajador forme parte de algún colectivo respecto del cual la empresa o empleador no tenga obligación de incorporarse al sistema RED.

En los procesos de IT, el personal facultativo puede fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados, en función de la evolución del proceso. En cualquier caso, esta nueva medida de la baja laboral temporal sólo afecta a procesos de incapacidad temporal en curso, siempre que no hayan superado los 365 días de duración.

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Zarzuela considera que el Rey emérito debería recuperar su residencia fiscal en España si regresa

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rey Juan Carlos Le Figaro

La Casa del Rey vincula el regreso a la residencia fiscal

La Casa de S.M. el Rey considera que el Juan Carlos I puede regresar a vivir a España cuando lo estime oportuno. No obstante, en el entorno de Zarzuela entienden que, si el monarca emérito desea salvaguardar su imagen pública y la de la institución, debería también recuperar su residencia fiscal en territorio español.

Según esta posición, el eventual retorno no estaría condicionado jurídicamente, pero sí tendría implicaciones reputacionales para la Corona.

Un debate ligado a la imagen de la institución

Desde la Casa del Rey subrayan la importancia de preservar la estabilidad y la credibilidad de la monarquía parlamentaria. En ese contexto, la situación fiscal del emérito es vista como un elemento relevante en términos de percepción pública.

El debate se enmarca en la voluntad de reforzar la transparencia institucional y evitar cualquier controversia que pueda afectar a la figura del actual jefe del Estado, Felipe VI.

Residencia en el extranjero y posible regreso

Juan Carlos I fijó su residencia fuera de España en 2020. Desde entonces, ha realizado visitas puntuales al país, pero sin establecer de nuevo su residencia permanente.

La posibilidad de un regreso definitivo ha sido objeto de especulación en diversas ocasiones. Sin embargo, fuentes cercanas a la institución insisten en que cualquier decisión debería tener en cuenta no solo el plano personal, sino también el impacto institucional.

La prioridad: proteger la Corona

La postura trasladada desde Zarzuela apunta a que, más allá del derecho individual del Rey emérito a regresar, la prioridad es proteger la imagen de la Corona y garantizar la coherencia entre residencia efectiva y fiscal.

En un contexto de máxima atención pública sobre la monarquía, cualquier paso relacionado con Juan Carlos I continúa generando interés político y mediático.

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