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Cómo se presenta la nueva baja laboral

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Cobrar paro y sueldo a la vez
Imagen de una oficina de la Seguridad Social. EFE/ Juan Carlos Cárdenas/Archivo

Este mes de abril ha entrado en vigor el nuevo modelo de gestión de bajas laborales por incapacidad temporal aprobado por el Consejo de Ministros. Ahora ya no es necesario entregar el parte médico que autoriza la baja laboral a la entidad u organismo pertinente.

La Seguridad Social ha establecido que las comunicaciones entre las entidades emisoras y el propio Instituto de la Seguridad Social (INSS) sea de carácter telemático. Así se evitan trámites potencialmente onerosos para personas en situación de incapacidad temporal. Además se aprovechan las facilidades proporcionadas por la digitalización y las nuevas tecnologías en aras de una mayor eficacia de los procesos administrativos.

Cómo presentar la nueva baja laboral

A partir de ahora, tan sólo se entregará una copia de los partes médicos al trabajador en cuestión. De esta forma, se elimina la obligación de realizar una segunda copia para entregarla a la empresa, entidad gestora o mutua.

Ahora será el servicio público de salud, mutua o empresa la que remita los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al INSS por canales telemáticos. La notificación ha de ser inmediata, fijándose tal límite temporal en el primer día hábil siguiente al de la expedición del documento.

Una vez recibida esa información, las empresas pueden consultar los datos a través del Fichero INSS Empresas. Los datos identificativos puramente burocráticos relativos a los partes médicos serán emitidos como máximo en el primer día hábil siguiente al de admisión en dicho Instituto. Las empresas están obligadas a transmitir al INSS los datos indicados por orden ministerial mediante el sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED). La comunicación ha de ser inmediata y dentro de un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación de la baja médica.

Sanciones en caso de incumplimiento

El incumplimiento de este nuevo modo de procedimiento laboral se consideraría una infracción leve contemplada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Y sería sancionada con una multa de entre 70 y 750 euros. La transmisión no será obligatoria en casos en los que el trabajador forme parte de algún colectivo respecto del cual la empresa o empleador no tenga obligación de incorporarse al sistema RED.

En los procesos de IT, el personal facultativo puede fijar plazos de revisión médica inferiores a los señalados, en función de la evolución del proceso. En cualquier caso, esta nueva medida de la baja laboral temporal sólo afecta a procesos de incapacidad temporal en curso, siempre que no hayan superado los 365 días de duración.

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Registro obligatorio de patinetes eléctricos en 2026: qué cambia, cómo inscribirlo y multas

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patin electrico

El Gobierno aprueba el registro obligatorio y el seguro para más de 4 millones de patinetes eléctricos

El Gobierno ha aprobado el registro obligatorio para los patinetes eléctricos en España, una medida que afectará a más de cuatro millones de vehículos de movilidad personal (VMP) y que será imprescindible para poder contratar el seguro obligatorio exigido por ley. El incumplimiento de esta normativa podrá acarrear multas de hasta 800 euros.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Registro de Vehículos Personales Ligeros, que entrará en vigor en los próximos días, coincidiendo con la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto que lo regula.


🛴 Registro obligatorio de patinetes eléctricos: qué cambia

Una vez el decreto sea oficial, todos los propietarios de patinetes eléctricos, o sus tutores legales en caso de menores, deberán:

  1. Inscribir el patinete en el registro de la DGT

  2. Contratar un seguro de responsabilidad civil obligatorio

Aunque el seguro debía ser exigible desde el 2 de enero de 2026, no se podía tramitar sin la inscripción previa en el registro, por lo que ambos pasos serán ahora inseparables.


💸 Multas de hasta 800 euros por no cumplir

Las sanciones previstas por circular sin cumplir la normativa son:

  • Entre 200 y 610 euros por no tener seguro

  • Entre 250 y 800 euros si además se circula sin registro y sin seguro

El objetivo del Ejecutivo es mejorar la seguridad vial, reducir la siniestralidad y poner fin a la circulación irregular de estos vehículos.


🖥️ Cómo inscribir el patinete eléctrico

La Dirección General de Tráfico (DGT) será la encargada de gestionar el registro. La inscripción podrá realizarse:

  • De forma telemática a través de la web de la DGT

  • Mediante el agente asegurador

  • A través de gestores administrativos

  • En el momento de la compra, si se adquiere en un establecimiento autorizado

Una vez registrado, el vehículo contará con un número identificativo único.


📄 Dos tipos de patinetes en circulación

Actualmente existen dos categorías de VMP:

✅ Patinetes certificados

  • Cumplen el Manual de Características de los VMP

  • Son los únicos que pueden venderse desde el 22 de enero de 2024

  • Garantizan requisitos mínimos de seguridad, calidad y durabilidad

  • La DGT dispone de un listado oficial de marcas y modelos certificados

⚠️ Patinetes no certificados

  • Podrán circular hasta el 22 de enero de 2027

  • Después de esa fecha quedarán prohibidos

  • Hasta entonces, también deben registrarse y tener seguro obligatorio


🏷️ Etiqueta identificativa obligatoria

Tras la inscripción, el propietario recibirá un certificado de registro con los datos del titular y el identificador del VMP. Con él, se podrá adquirir una etiqueta identificativa que:

  • En patinetes certificados deberá colocarse en el porta-identificador

  • En patinetes no certificados, en un lugar visible

 

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