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¿Cómo será el proceso de constitución de la nueva corporación municipal de València?

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Este sábado, 15 de junio, se constituirá la nueva corporación del Ayuntamiento de València, y el alcalde en funciones, Joan Ribó, revalidará su cargo público para los próximos cuatro años. Así, tal como prevé la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, en la misma sesión de constitución de la corporación se procederá a la elección de alcalde.

A las 10.30 horas empezará en el Hemiciclo el acto de constitución del Ayuntamiento resultante de las últimas elecciones municipales, pues según consta en la citada norma, «las corporaciones locales se constituirán, en sesión pública, el vigésimo día posterior a la celebración del escrutinio, salvo que se hubiera presentado recurso contencioso-electoral contra la proclamación de los regidores electos».

En primer lugar se constituirá una Mesa de Edad integrada por el concejal de mayor edad, Joan Ribó (Compromís), que presidirá este órgano de gobierno de carácter transitorio, y por la concejala más joven, Lucía Beamud (también de Compromís). Junto al secretario de la corporación, comprabarán las credenciales presentadas, o acreditaciones de la personalidad de los electos con base a las certificaciones que al Ayuntamiento haya remitido la Junta Electoral de Zona. Y, una vez realizada esta operación, declararán constituida la corporación.

Seguidamente, el secretario general invitará a los componentes de la Mesa de Edad a formular el juramento o promesa del cargo de concejal o concejala, les hará entrega de los atributos correspondientes a tal representación pública e invitará al resto de ediles electos y electas a prestar juramento o promesa. Así, conforme suban al estrado y presten juramento o prometan su dedicación, recibirán el cordón de concejal o concejala.

En primer lugar, lo harán 8 de los 10 representantes de Compromís, con Isabel Lozano a la cabeza, como número 2 de la lista electoral (los otros dos concejales de Compromís ya forman parte de la Mesa de Edad). Después, pasarán por el estrado María José Catalá y otros 7 regidores y regidoras del Partido Popular. Sandra Gómez y otros 6 ediles del Partido Socialista, seguirán el protocolo que completarán Fernando Giner y otros 5 concejales y concejalas de Ciudadanos, y finalizarán los 2 regidores de Vox, encabezados por José Gosálbez.

Constituida definitivamente la corporación, se procederá a la elección del alcalde Joan Ribó. Conforme la legislación en vigor, el secretario leerá las candidaturas presentadas, todos los concejales y concejalas que han encabezado sus correspondientes listas; y será proclamado electo  o proclamada electa quién obtenga la mayoría absoluta de los votos. La votación será secreta en una urna, y se realizará mediante papeletas en las cuales cada regidor o regidora tiene que indicar expresamente el nombre y apellidos del candidato o candidata, como mínimo los apellidos. Y serán nulas aquellas en las cuales no conste con claridad el candidato o la candidata a la cual se vota o contengan expresiones ajenas a la finalidad de la votación. En esta ocasión, los concejales y concejalas serán llamados por orden alfabético, siendolos miembros de la Mesa de Edad los últimos en votar.

Realizada la votación y el escrutinio, el aspirante con más votos será proclamado alcalde de València y, como tal, jurará su cargo y recibirá el bastón de alcalde como símbolo de su responsabilidad. Tras ocupar su escaño, en la presidencia del Hemiclo, los integrantes de la Mesa de Edad se reintegraran con el resto de sus compañeros. Como resultado de las últimas elecciones del 26 de mayo pasado, el candidato con más escaños es el actual alcalde, Joan Ribó, correspondiente a la lista de Compromís.

A continuación, y como colofón del acto que, aproximadamente, durará unas dos horas y media, intervendrán los portavoces de los distintos grupos políticos representados en el Ayuntamiento, con un tiempo máximo de 10 minutos, y por orden de menor a mayor número de votos: Vox, Ciudadanos, PSOE, PP y Compromís. Finalmente, y sin limitación, intervendrá el alcalde, quien, asimismo, levantará la sesión.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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