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Según la ley de Bienestar Animal: ¿Qué mascotas puedo tener?

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Ley de Bienestar Animal
Uno de los protagonistas de las polémicas sobre la Ley de Bienestar Animal

La Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales y la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal han sido hoy aprobadas en el consejo. La propuesta nació con el pretexto de proteger a las mascotas. Ahora constituye la primera norma de Bienestar Animal de España.

La ley de Bienestar Animal es aprobada en una votación bastante ajustada

El principal punto del debate sobre la ley era la inclusión de protección a los perros de caza, que finalmente quedan fuera de la norma. Este punto ha suscitado críticas por parte del colectivo de veterinarios. También ha llevado a partidos en principio favorables a la ley a votar en contra. Al final, tras una votación bastante ajustada, en la que PSOE y Unidas Podemos se han situado a favor, ambas propuestas han salido adelante.

¿Qué significa la aprobación de la Ley de Bienestar animal?

El proyecto ha suscitado muchas dudas entre la población, en parte por la cantidad de bulos que circularon sobre él. A pesar de que muchos fueron ya desmentidos cuando se publicó el proyecto, algunos han vuelto a aparecer.

Vamos a resolver algunas de las preguntas más frecuentes sobre la Ley de Bienestar Animal, presentada por el Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra.

¿Puedo tener un conejo o un hámster?

La ley afecta a los animales de compañía y silvestres que se encuentren en cautividad. La regulación de los animales de compañía ha sido un disparador de fake news. Tras la primera aprobación del proyecto empezaron los rumores acerca de qué especies estarían prohibidas.

Conejos, hámsters, tortugas y otras mascotas comunes en nuestro país fueron las protagonistas del bulo más extendido.  El listado positivo de animales de compañía se publicará «en el plazo máximo de 48 meses desde la entrada en vigor de la ley», según el texto del proyecto. Es decir, la lista se dará a conocer en los próximos cuatro años. Sí se detalla el criterio a seguir: “No podrán ser en ningún caso incluidas en el listado positivo de animales de compañía las especies exóticas invasoras en los términos definidos en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras”. Por tanto, es falso que la ley prohíba estos animales.

En esta lista relativa a la Ley de protección, derechos y bienestar de los animales no entrarán los animales más comunes en España (perros, gatos, conejos…) aunque sí podría afectar a aquellos que tengan algunos tipos de peces, aves, anfibios o roedores.

Curso para tener un perro

Uno de los puntos más importantes de esta nueva normativa es el hecho de que, para tener un perro, haga falta recibir un curso. Incluso aquellos que ya lo tengan una vez entre en vigor la ley sobre el bienestar animal, tendrán un plazo de dos años para completarlo. Esta formación será de carácter gratuito.

¿Qué me pide la ley si tengo un animal prohibido?

Si tienes un animal que la nueva ley no permitirá tener, tranquilidad. No tienes que deshacerte de él. El único paso a seguir en este caso es conseguir «la homologación o una adquisición de título», también para personas que trabajan con ellos o son propietarias de circos, carruseles o atracciones de ferias. Los plazos para obtenerlos serán los mismos de la elaboración de los cursos para perros.

Animales que quedan fuera

Además de a los perros de caza, esta ley excluye a los toros, los animales de producción o los utilizados en experimentos.

En cuanto a la reforma del Código Penal, algunos de los cambios más relevantes es la consideración del maltrato animal como agravante en casos de violencia de género o las penas para los casos de maltrato que necesiten de atención veterinaria.

 

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Ábalos y Koldo a prisión provisional por riesgo de fuga ante el juicio por la trama de mascarillas

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Koldo García, que fuera asesor del exministro José Luis Ábalos, comparece ante la comisión del Senado. EFE/ J.J. Guillén

El Supremo ordena prisión sin fianza para el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García al elevarse el riesgo de fuga antes del juicio por la presunta trama de mascarillas.
La Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones populares del PP habían solicitado su ingreso inmediato en prisión.

El Supremo ordena prisión provisional para Ábalos y Koldo García

El magistrado del Tribunal Supremo (TS), Leopoldo Puente, ha acordado este jueves el ingreso en prisión provisional sin fianza del exministro José Luis Ábalos y de su antiguo asesor Koldo García, investigados por las supuestas irregularidades en contratos de material sanitario adjudicados durante la pandemia.

Se trata de un hecho histórico: es la primera vez que un diputado en ejercicio deberá entrar en prisión provisional antes de ser juzgado.

La decisión llega tras revisar las medidas cautelares que mantenían hasta hoy (retirada de pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales). El riesgo de fuga se considera ahora “muy elevado” ante la gravedad de las penas solicitadas.


La Fiscalía Anticorrupción alertó de un riesgo de fuga “disparado”

La medida adoptada responde a la petición expresa del jefe de Fiscalía Anticorrupción, Alejandro Luzón, así como de las acusaciones populares encabezadas por el Partido Popular.
Anticorrupción sostiene que, ante la posibilidad de que ambos se enfrenten a hasta 30 años de cárcel, existe un riesgo de fuga “inequívoco”.


La llegada de Ábalos al Supremo: “No tengo dinero ni a dónde ir”

Ábalos fue el primero en llegar al Supremo, a las 9:12 horas, solo y con una mochila de cuero. En su intervención durante la vistilla, aseguró al magistrado:

“No me voy a fugar. No tengo dinero ni a dónde ir.”

Fuentes jurídicas aseguran que el exministro estaba “visiblemente destrozado”, fumando nervioso en los patios del Palacio de Justicia mientras esperaba la resolución.

Su abogado defendió que su ingreso en prisión, siendo diputado, supondría vulnerar su derecho a representación política y acusó a Anticorrupción de querer “forzar” una declaración colaborativa similar a la del empresario Víctor de Aldama.


Koldo García: “No me voy a ir a ningún sitio”

Koldo García llegó justo a la hora señalada, acompañado de su abogada, y también negó cualquier intención de fugarse:

“No me voy a ir a ningún sitio. Todos tenemos derecho a aprender poco a poco.”

Esta última frase ha sido interpretada por presentes como un reconocimiento implícito de haber cometido errores.

Su defensa alegó arraigo familiar: una madre mayor y una hija pequeña.


El fiscal, contundente: “Ningún poder del Estado puede eludir la acción penal”

El fiscal Luzón fue especialmente duro respecto a Ábalos:

“Fue su pertenencia al Gobierno lo que permitió cometer estos delitos.
Ningún poder del Estado tiene derecho a sustraerse de la acción penal. La Justicia es ciega por eso.”


Camino al juicio por la presunta trama de mascarillas

El pasado 3 de noviembre, el magistrado Puente propuso juzgar a Ábalos, Koldo y De Aldama por su presunta participación en una trama para adjudicar contratos millonarios de mascarillas a la empresa Soluciones de Gestión, vinculada al empresario.

Penas solicitadas por Fiscalía

  • Ábalos: 24 años de prisión

  • Koldo García: 19 años y medio

  • Víctor de Aldama: 7 años (pena reducida por su confesión)

Los delitos atribuidos incluyen:

  • organización criminal

  • cohecho

  • tráfico de influencias

  • malversación

  • uso de información privilegiada

Penas solicitadas por las acusaciones populares

Las acusaciones que lidera el PP elevan las penas a 30 años al añadir:

  • prevaricación

  • falsedad documental


Un caso que sacude al Gobierno y tensa el clima político

El ingreso inmediato en prisión del exministro socialista supone un terremoto político en vísperas del juicio. La resolución marca un paso decisivo en una de las causas de corrupción más mediáticas derivadas de la pandemia.

 

 

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