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Según la ley de Bienestar Animal: ¿Qué mascotas puedo tener?

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Ley de Bienestar Animal
Uno de los protagonistas de las polémicas sobre la Ley de Bienestar Animal

La Ley de Protección, Derechos y Bienestar de los Animales y la reforma del Código Penal en materia de maltrato animal han sido hoy aprobadas en el consejo. La propuesta nació con el pretexto de proteger a las mascotas. Ahora constituye la primera norma de Bienestar Animal de España.

La ley de Bienestar Animal es aprobada en una votación bastante ajustada

El principal punto del debate sobre la ley era la inclusión de protección a los perros de caza, que finalmente quedan fuera de la norma. Este punto ha suscitado críticas por parte del colectivo de veterinarios. También ha llevado a partidos en principio favorables a la ley a votar en contra. Al final, tras una votación bastante ajustada, en la que PSOE y Unidas Podemos se han situado a favor, ambas propuestas han salido adelante.

¿Qué significa la aprobación de la Ley de Bienestar animal?

El proyecto ha suscitado muchas dudas entre la población, en parte por la cantidad de bulos que circularon sobre él. A pesar de que muchos fueron ya desmentidos cuando se publicó el proyecto, algunos han vuelto a aparecer.

Vamos a resolver algunas de las preguntas más frecuentes sobre la Ley de Bienestar Animal, presentada por el Ministerio de Derechos Sociales de Ione Belarra.

¿Puedo tener un conejo o un hámster?

La ley afecta a los animales de compañía y silvestres que se encuentren en cautividad. La regulación de los animales de compañía ha sido un disparador de fake news. Tras la primera aprobación del proyecto empezaron los rumores acerca de qué especies estarían prohibidas.

Conejos, hámsters, tortugas y otras mascotas comunes en nuestro país fueron las protagonistas del bulo más extendido.  El listado positivo de animales de compañía se publicará «en el plazo máximo de 48 meses desde la entrada en vigor de la ley», según el texto del proyecto. Es decir, la lista se dará a conocer en los próximos cuatro años. Sí se detalla el criterio a seguir: “No podrán ser en ningún caso incluidas en el listado positivo de animales de compañía las especies exóticas invasoras en los términos definidos en el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se regula el Catálogo español de especies exóticas invasoras”. Por tanto, es falso que la ley prohíba estos animales.

En esta lista relativa a la Ley de protección, derechos y bienestar de los animales no entrarán los animales más comunes en España (perros, gatos, conejos…) aunque sí podría afectar a aquellos que tengan algunos tipos de peces, aves, anfibios o roedores.

Curso para tener un perro

Uno de los puntos más importantes de esta nueva normativa es el hecho de que, para tener un perro, haga falta recibir un curso. Incluso aquellos que ya lo tengan una vez entre en vigor la ley sobre el bienestar animal, tendrán un plazo de dos años para completarlo. Esta formación será de carácter gratuito.

¿Qué me pide la ley si tengo un animal prohibido?

Si tienes un animal que la nueva ley no permitirá tener, tranquilidad. No tienes que deshacerte de él. El único paso a seguir en este caso es conseguir «la homologación o una adquisición de título», también para personas que trabajan con ellos o son propietarias de circos, carruseles o atracciones de ferias. Los plazos para obtenerlos serán los mismos de la elaboración de los cursos para perros.

Animales que quedan fuera

Además de a los perros de caza, esta ley excluye a los toros, los animales de producción o los utilizados en experimentos.

En cuanto a la reforma del Código Penal, algunos de los cambios más relevantes es la consideración del maltrato animal como agravante en casos de violencia de género o las penas para los casos de maltrato que necesiten de atención veterinaria.

 

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Casa 47: Requisitos para acceder a los alquileres sociales asequibles en 2026

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viviendas de alquiler asequible de València

El Gobierno de España lanzará a partir de 2026 Casa 47, una nueva empresa pública de vivienda que ofrecerá alquileres sociales asequibles dirigidos principalmente a la clase media trabajadora. Este proyecto busca paliar la crisis de la vivienda en España, caracterizada por la falta de alquileres a precios razonables y la presión del mercado inmobiliario.

¿Quiénes podrán acceder a Casa 47?

Los requisitos para acceder a un alquiler de Casa 47 se adaptarán a cada comunidad autónoma, aunque ya se conocen los criterios generales:

  • Rango de ingresos: Los solicitantes deberán tener rentas comprendidas entre 16.800 y 63.000 euros anuales, equivalentes a 2 y 7,5 veces el IPREM.

  • Clase media trabajadora: Este rango de ingresos cubrirá aproximadamente al 60 % de la población, dejando fuera a quienes perciben menos (que podrán optar a vivienda social tradicional) y a quienes superan el límite máximo.

  • Límite de esfuerzo económico: Ningún inquilino podrá destinar más del 30 % de sus ingresos al pago del alquiler, garantizando que la vivienda no comprometa otras necesidades básicas.

Precios y duración de los contratos

Los alquileres de Casa 47 se calcularán en función de la renta media de cada zona, no del coste de construcción. Según las primeras estimaciones:

  • En Madrid, los alquileres podrían reducirse un 38 % respecto al mercado, con precios en torno a 680–690 euros mensuales.

  • En Málaga, la rebaja podría alcanzar el 50 %.

  • En municipios menos tensionados, como Olivenza (Badajoz), los alquileres podrían situarse en torno a 400 euros mensuales.

Los contratos serán de larga duración, con posibilidad de extenderse hasta 75 años, adaptándose a las necesidades de los inquilinos y ofreciendo estabilidad frente a la especulación inmobiliaria.

Portal online y gestión integral de viviendas

En 2026 se habilitará un portal digital de Casa 47, donde los ciudadanos podrán consultar las promociones disponibles, requisitos específicos y formalizar solicitudes. Esta plataforma busca simplificar la gestión y reducir la burocracia.

Además, Casa 47 gestionará todo el ciclo de vida de las viviendas, desde la adquisición de suelos, construcción y urbanismo, hasta la entrega de llaves y administración de los contratos de alquiler.

Inspiración en modelos internacionales

El modelo de Casa 47 se inspira en experiencias europeas de vivienda pública:

  • Austria: Viena tiene más del 60 % de sus habitantes en pisos gestionados por el Estado o cooperativas, con contratos indefinidos y precios ajustados a la renta.

  • Francia: El sistema HLM ofrece vivienda social con criterios de ingresos similares a los de Casa 47 y contratos de larga duración.

  • Países Bajos: El 30 % del parque residencial es gestionado por corporaciones de vivienda pública con precios regulados.

Según datos de la BBC, mientras que en ciudades como Madrid los residentes destinan hasta un 60 % de su salario al alquiler, en Viena solo se dedica el 20 %, lo que evidencia la necesidad de iniciativas como Casa 47 en España.

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