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Valencia

Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones

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Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones
La empleada de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra (i). EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 3 jun (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal de Cuentas ha declarado culpable a la exjefa de Administración de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València Celia Zafra por el fraude de más de 4 millones de euros sufrido por la empresa, y la condena a reintegrar esos fondos (4.054.971,98 euros), más intereses legales y costas procesales.

La sentencia del Tribunal de Cuentas considera que la empleada incurrió en responsabilidad contable cuando, a lo largo del mes de septiembre de 2019, facilitó que se produjeran ocho transferencias bancarias a cuentas en un banco de Hong Kong, de la supuesta titularidad de dos empresas extranjeras sin relación comercial alguna con la sociedad municipal.

«Sin informar a sus superiores, ni hacer consulta alguna a aquellos o a compañeros o colaboradores sobre la operación, el procedimiento o el destino de los fondos, la declarada responsable facilitó información sobre los cargos competentes de la EMT para autorizar y ordenar pagos a cargo de la sociedad, sus DNI escaneados y documentos en los que aparecían sus firmas», detalla el Tribunal de Cuentas.

«Con ellos, se elaboraron órdenes de pago fraudulentas, que la propia empleada remitió a la entidad bancaria para que hiciera las transferencias, sin la autorización de sus superiores y sin seguir el sistema de pagos establecido», añade.

Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones

La sentencia declara que la conducta de la empleada, demandada ante la jurisdicción contable por la propia sociedad municipal y por el Ministerio Fiscal, reúne todos los requisitos de la responsabilidad contable.

En particular, califica su proceder como «gravemente negligente, porque no guardó las mínimas cautelas que corresponderían al canon de diligencia cualificado por el carácter público de los fondos gestionados y tampoco las de un buen padre de familia».

«Analizando su conducta desde estos criterios, la sentencia concluye que un buen padre –o madre- de familia no hubiera llevado a cabo actos de disposición tan relevantes sin comunicarlos a nadie, buscar consejo, contrastar las dudas o valorar la razonabilidad del precio y del conjunto de la operación con personas conocidas o expertas».

Asimismo, el Tribunal considera que «un empleado público que hubiese actuado conforme a un criterio de diligencia normal hubiera consultado formal o informalmente a compañeros o superiores sobre el procedimiento, la regulación o el modo de afrontar la cuestión. Y, en caso de duda, los hubiera sometido a la consideración de sus superiores o pedido las instrucciones formales de éstos».

Contra esta sentencia, dictada en primera instancia, cabe recurso de apelación ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas.

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Valencia

Catalá garantiza el derecho al descanso tras la sentencia que obliga a cambiar eventos en la Ciudad de las Artes de València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

La alcaldesa de María José Catalá ha asegurado que el Ayuntamiento “velará por el derecho al descanso” de los vecinos tras la sentencia judicial que obliga a adoptar medidas frente al ruido en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo judicial ordena al consistorio actuar para evitar que conciertos, festivales o discotecas en este entorno vulneren derechos fundamentales como la intimidad y la integridad moral, incluyendo la posible revocación de autorizaciones o la reubicación de eventos.


🧑‍⚖️ Una sentencia que cambia el escenario

La resolución, dictada por el Tribunal de Instancia de València, estima la demanda de vecinos de la zona y condena al Ayuntamiento a indemnizar con 3.000 euros a cada afectado por daños morales.

Aunque la sentencia aún puede recurrirse, el consistorio ya ha iniciado el análisis jurídico. Catalá ha subrayado que seguirán las recomendaciones de los servicios jurídicos, pero ha dejado clara la prioridad:

“El Ayuntamiento tiene que velar por los derechos fundamentales de los vecinos”.


🤝 Diálogo con la Generalitat y CACSA

Uno de los puntos clave del conflicto es que muchos de los eventos no dependen directamente del Ayuntamiento, sino de CACSA, empresa pública vinculada a la Generalitat Valenciana.

Por ello, el consistorio abrirá un proceso de diálogo con la administración autonómica para buscar soluciones como:

  • Reubicar festivales
  • Revisar autorizaciones
  • Adaptar la programación de eventos

Catalá ha insistido en que el Ayuntamiento no concede directamente las licencias, aunque sí tiene competencias en materia de contaminación acústica.


🔊 El ruido, en el centro del conflicto

La sentencia pone el foco en el impacto de grandes eventos y locales de ocio sobre los residentes del entorno. La alcaldesa ha reconocido que la resolución es clara y que el consistorio actuará para evitar que la situación continúe.

Entre las posibles medidas se contemplan:

  • Cambios en la ubicación de festivales
  • Nuevas limitaciones de ruido
  • Revisión de actividades nocturnas

📍 ¿Nuevas ubicaciones para los festivales?

Sobre alternativas como La Marina u otros espacios de la ciudad, Catalá ha evitado concretar, aunque ha señalado que se estudiarán todas las opciones junto a promotores y administraciones.

Eso sí, ha sido tajante en la prioridad:

“Los derechos fundamentales de los vecinos están por encima de cualquier otra casuística”.


🧭 Un debate abierto en València

Este caso reabre el debate sobre el equilibrio entre:

  • El ocio y la actividad cultural
  • El turismo y los grandes eventos
  • El descanso vecinal y la calidad de vida

La decisión judicial podría marcar un precedente en la organización de eventos en grandes recintos urbanos como la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

 

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