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Valencia

Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones

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Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones
La empleada de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra (i). EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 3 jun (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal de Cuentas ha declarado culpable a la exjefa de Administración de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València Celia Zafra por el fraude de más de 4 millones de euros sufrido por la empresa, y la condena a reintegrar esos fondos (4.054.971,98 euros), más intereses legales y costas procesales.

La sentencia del Tribunal de Cuentas considera que la empleada incurrió en responsabilidad contable cuando, a lo largo del mes de septiembre de 2019, facilitó que se produjeran ocho transferencias bancarias a cuentas en un banco de Hong Kong, de la supuesta titularidad de dos empresas extranjeras sin relación comercial alguna con la sociedad municipal.

«Sin informar a sus superiores, ni hacer consulta alguna a aquellos o a compañeros o colaboradores sobre la operación, el procedimiento o el destino de los fondos, la declarada responsable facilitó información sobre los cargos competentes de la EMT para autorizar y ordenar pagos a cargo de la sociedad, sus DNI escaneados y documentos en los que aparecían sus firmas», detalla el Tribunal de Cuentas.

«Con ellos, se elaboraron órdenes de pago fraudulentas, que la propia empleada remitió a la entidad bancaria para que hiciera las transferencias, sin la autorización de sus superiores y sin seguir el sistema de pagos establecido», añade.

Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones

La sentencia declara que la conducta de la empleada, demandada ante la jurisdicción contable por la propia sociedad municipal y por el Ministerio Fiscal, reúne todos los requisitos de la responsabilidad contable.

En particular, califica su proceder como «gravemente negligente, porque no guardó las mínimas cautelas que corresponderían al canon de diligencia cualificado por el carácter público de los fondos gestionados y tampoco las de un buen padre de familia».

«Analizando su conducta desde estos criterios, la sentencia concluye que un buen padre –o madre- de familia no hubiera llevado a cabo actos de disposición tan relevantes sin comunicarlos a nadie, buscar consejo, contrastar las dudas o valorar la razonabilidad del precio y del conjunto de la operación con personas conocidas o expertas».

Asimismo, el Tribunal considera que «un empleado público que hubiese actuado conforme a un criterio de diligencia normal hubiera consultado formal o informalmente a compañeros o superiores sobre el procedimiento, la regulación o el modo de afrontar la cuestión. Y, en caso de duda, los hubiera sometido a la consideración de sus superiores o pedido las instrucciones formales de éstos».

Contra esta sentencia, dictada en primera instancia, cabe recurso de apelación ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas.

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Sucesos

Muere un trabajador tras caer por el tragaluz de una nave industrial en Albal

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Muere trabajador tragaluz Albal

Un nuevo accidente laboral mortal vuelve a sacudir el área industrial de l’Horta Sud. Un trabajador de 52 años ha fallecido este lunes 22 de diciembre tras precipitarse desde la cubierta de una nave situada en Albal, después de que cediera un tragaluz por el que cayó desde una altura aproximada de diez metros.

El suceso se produjo durante la mañana, cuando el operario realizaba labores de mantenimiento en el tejado de una empresa dedicada a estructuras metálicas para la instalación de paneles solares. Según las primeras informaciones, el trabajador estaba revisando el sistema de aire acondicionado de la nave cuando el tragaluz se rompió, provocando la caída al interior de las instalaciones.

Quinta muerte laboral en poco más de un año en la zona industrial

Este nuevo fallecimiento eleva a cinco las muertes por siniestralidad laboral registradas en poco más de un año en el entorno industrial de Albal y Beniparrell, en un radio inferior a un kilómetro, lo que vuelve a poner el foco en la seguridad en los trabajos en altura y en las condiciones laborales en este tipo de instalaciones.

El trabajador no llevaba arnés de seguridad

Fuentes consultadas han señalado que el operario no portaba arnés de seguridad en el momento del accidente. Como consecuencia de la caída, sufrió graves traumatismos, especialmente un fuerte golpe en la cabeza, que resultó determinante.

Hasta el lugar del siniestro se desplazaron rápidamente efectivos sanitarios del SAMU, que intentaron reanimar al trabajador durante varios minutos. Sin embargo, los esfuerzos resultaron inútiles y su fallecimiento fue confirmado pasadas las once de la mañana.

Un compañero sufre una crisis de ansiedad

En el momento del accidente, otro trabajador se encontraba junto a la víctima en la cubierta de la nave. Tras presenciar la caída y no poder hacer nada por evitarla, sufrió una crisis de ansiedad y tuvo que ser atendido en el lugar.

También acudieron efectivos de la Policía Local de Albal y de la Guardia Civil, concretamente de la demarcación de Alfafar, además de la ambulancia medicalizada.

Investigación judicial y de Inspección de Trabajo

Agentes de la Policía Judicial de la Guardia Civil se han hecho cargo de la investigación de este nuevo accidente laboral mortal para esclarecer las circunstancias exactas de lo ocurrido. Asimismo, un inspector de Trabajo se ha desplazado hasta la nave para comprobar si se cumplía la normativa vigente en materia de prevención de riesgos laborales.

El Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja ha autorizado el levantamiento del cadáver, que ha sido trasladado al Instituto de Medicina Legal de Valencia, donde este martes se le practicará la autopsia.

De forma provisional, la causa de la muerte apunta a un traumatismo craneoencefálico severo provocado por el impacto contra el suelo tras la caída desde gran altura.

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