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Valencia

Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones

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Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones
La empleada de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València, Celia Zafra (i). EFE/ Biel Aliño/Archivo

València, 3 jun (OFFICIAL PRESS- EFE).- El Tribunal de Cuentas ha declarado culpable a la exjefa de Administración de la Empresa Municipal de Transportes (EMT) de València Celia Zafra por el fraude de más de 4 millones de euros sufrido por la empresa, y la condena a reintegrar esos fondos (4.054.971,98 euros), más intereses legales y costas procesales.

La sentencia del Tribunal de Cuentas considera que la empleada incurrió en responsabilidad contable cuando, a lo largo del mes de septiembre de 2019, facilitó que se produjeran ocho transferencias bancarias a cuentas en un banco de Hong Kong, de la supuesta titularidad de dos empresas extranjeras sin relación comercial alguna con la sociedad municipal.

«Sin informar a sus superiores, ni hacer consulta alguna a aquellos o a compañeros o colaboradores sobre la operación, el procedimiento o el destino de los fondos, la declarada responsable facilitó información sobre los cargos competentes de la EMT para autorizar y ordenar pagos a cargo de la sociedad, sus DNI escaneados y documentos en los que aparecían sus firmas», detalla el Tribunal de Cuentas.

«Con ellos, se elaboraron órdenes de pago fraudulentas, que la propia empleada remitió a la entidad bancaria para que hiciera las transferencias, sin la autorización de sus superiores y sin seguir el sistema de pagos establecido», añade.

Condenan a la exjefa de administración de EMT València a devolver 4 millones

La sentencia declara que la conducta de la empleada, demandada ante la jurisdicción contable por la propia sociedad municipal y por el Ministerio Fiscal, reúne todos los requisitos de la responsabilidad contable.

En particular, califica su proceder como «gravemente negligente, porque no guardó las mínimas cautelas que corresponderían al canon de diligencia cualificado por el carácter público de los fondos gestionados y tampoco las de un buen padre de familia».

«Analizando su conducta desde estos criterios, la sentencia concluye que un buen padre –o madre- de familia no hubiera llevado a cabo actos de disposición tan relevantes sin comunicarlos a nadie, buscar consejo, contrastar las dudas o valorar la razonabilidad del precio y del conjunto de la operación con personas conocidas o expertas».

Asimismo, el Tribunal considera que «un empleado público que hubiese actuado conforme a un criterio de diligencia normal hubiera consultado formal o informalmente a compañeros o superiores sobre el procedimiento, la regulación o el modo de afrontar la cuestión. Y, en caso de duda, los hubiera sometido a la consideración de sus superiores o pedido las instrucciones formales de éstos».

Contra esta sentencia, dictada en primera instancia, cabe recurso de apelación ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas.

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Sucesos

Indemnizan con 225.000 € a la familia de una paciente fallecida tras 36 horas en Urgencias del Hospital General de València

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indemnización hospital general pancreatitis

La Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario de València indemnizarán con 225.000 euros a la familia de una paciente de 69 años fallecida por pancreatitis aguda después de pasar 36 horas en Urgencias sin recibir atención médica adecuada.

El acuerdo se ha alcanzado tras la reclamación de la asociación El Defensor del Paciente, cuyos abogados Ica Aznar y Juan Carlos Montealegre presentaron la reclamación patrimonial contra la sanidad pública por negligencia médica.

Cronología de los hechos

Los hechos ocurrieron el 7 de mayo de 2025, cuando la paciente acudió a Urgencias del Hospital General de València por dolor abdominal intenso, vómitos y sensación de hinchazón. Tras una primera exploración y ecografía abdominal, se diagnosticó pancreatitis aguda biliar y se solicitó su ingreso en hospitalización.

Sin embargo, no había camas disponibles, por lo que la paciente permaneció en un box de Urgencias durante 36 horas, esperando atención médica. Durante ese tiempo, no se registraron constantes vitales ni se realizaron controles ni analíticas. Finalmente, la mujer falleció sin recibir tratamiento, según señalan los informes.

Pancreatitis aguda: un riesgo grave

La pancreatitis puede presentarse de forma leve, con evolución favorable, o grave, con inflamación extensa, necrosis pancreática y fallo orgánico múltiple, cuya mortalidad puede superar el 30%.

Los expertos subrayan que en los casos graves se requiere vigilancia intensiva y tratamiento inmediato. La ausencia de monitoreo y atención en Urgencias del Hospital General de València contribuyó directamente a la muerte de la paciente, según la asociación.

Declaraciones de la asociación

La asociación El Defensor del Paciente critica la inacción del personal sanitario, calificándola de «evitable» y de un incumplimiento del mínimo de atención esperado en cualquier hospital. La paciente quedó «privada de la posibilidad de un tratamiento que podría haber salvado su vida», añaden.

Indemnización y acuerdo

El seguro de la Conselleria de Sanidad y el Consorcio Hospital General Universitario cubrirán 225.000 euros en concepto de indemnización por negligencia médica, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado por los familiares de la fallecida.

 

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