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Consum cambia sus horarios y limita las compras

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València, 14 de marzo – Consum, la cadena valenciana de supermercados que vive en sus propias tiendas la avalancha y desasosiego de personas en la compra de ciertos productos, ha comunicado este sábado el cambio horario que implantará a partir del próximo lunes así como las restricciones de compra.

Todo ello será efectivo a partir del próximo lunes 16 de marzo cuando los establecimientos abrirán de 10 a 20 horas, reduciendo así el tiempo de apertura en base a las «circunstancias excepcionales» que está viviendo el país con la declaración del Estado de Alarma.

Asimismo, la cooperativa ha implantado cartelería informativa en sus centros para recordar que todos los días reponen productos por lo que piden que se «racionalice el miedo» al desabastecimiento y apuntan que para garantizar la compra habitual de todos, se limitará a seis unidades por producto y compra. Así pues, cada consumidor sólo podrá adquirir hasta seis unidades de un mismo producto en una misma compra.

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1 Comentario

1 Comentario

  1. inmaculada serer galan

    15 marzo, 2020 en 4:56 pm

    SR PRESIDENTE TODOS SOMOS IGUALES NI TORRA MANDA EN USTED NI UZKUDUM TAMPOCO PERDON POR NO SABER ESCRIBIR VASCO, ESPAÑA SOMOS TODOS, LO DE LAS PELUQUERIAS NO HACEN FALTA YO TENGO 64 Y TENGO 27 ENFERMEDADES RARAS EMPEZANDO POR FIBROMIALGIA ESTABAN APUNTO DE OPERARME DEL CEREBRO, TENGO CUATRO TUMORES BUENOS CREO, ESPINA BIFIDA, HIDROCEFALIA Y ARNOLD CHIARI LIQUEN PLANO QUE SE ME LLENA EL CUERPO DE LLAGAS CON DOLORES HORRIBLES PERO LUCHO, NO ME LLEGA PARA COMER, Y ME AGUANTO, YO VIVO SOLA SOLO PIDO AYUDA PARA LOS TRASLADOS PORQUE NO PUEDO ANDAR VOY CON CARRITO, ME HE INVENTADO YO SOLA PARA DUCHARME SOLA, Y LAVARME LA CABEZA TODOS LOS DIAS POR MI ENFERMEDAD, EL DIA 6 FUI A INSPECCION MEDICA, HACIA 15 AÑOS QUE NO HABIA IDO A PEDIR NADA AHORA NECESITO QUE ME DEN LA GRAN INVALIDEZ, Y PODER LLEGAR A COMER Y NO IR A FADO A LA FARMACIA PORQUE CUANDO COBRO ES LO PRIMERO QUE PAGO PORQUE TOMO MUCHO QUE NO ENTRA EN SS, CON ESTO LE QUIERO DECIR QUE SI UNA QUIERE PUEDE, SI LO HAGO YO QUE ME ESTOY LAVANDO LA CABEZA Y SI ME DOBLO LA ESPALDA TENGO BOMITOS, SI SE QUIERE SE PUEDE Y SI SE LUCHA TAMBIEN, PERO DEJO UNA HERENCIA A MIS HIJOS NUNCA HAY QUE DEJARSE VENCER NI PISOTEAR POR UN GALLO DE PELEA GRACIA

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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