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Denuncian al Festival de Les Arts por impedir el acceso con comida y bebida

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FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al festival de música Les Arts, que se celebra los días 7 y 8 de junio en Valencia, ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Generalitat por prohibir el acceso a las instalaciones del evento con alimentos o bebida adquiridos en el exterior. Se trata del sexto festival denunciado en 2019 por la asociación con este mismo pretexto.

En las últimas semanas, FACUA ha presentado denuncias contra los organizadores del Interestelar Sevilla, el Tomavistas de Madrid, el Iruña Rock Festival, el Spring Festival de Alicante y el Palencia Sonora ante las respectivas autoridades de consumo de cada comunidad autónoma.

En la sección de su web dedicada a las condiciones generales del evento, el festival recoge que «se denegará el acceso, o permanencia en el recinto musical a los usuarios que introduzcan, porten o utilicen cualquier clase de armas o de objetos que pudieran producir los mismos efectos, como elementos punzantes, cortantes, o que se estimen peligrosos para la seguridad. Tampoco se permitirá la entrada de comida y bebida en el recinto musical«.

En este sentido, la entidad denunciante entiende que, dado que la actividad principal del Festival de Les Arts es la celebración de conciertos y no la hostelería, se puede considerar abusivo prohibir el acceso al recinto con comida y bebida procedente del exterior, ya que según puede verse en la web del festival se podrán adquirir alimentos dentro sus propias instalaciones.

Así, el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios considera que no permitir la entrada con comida y bebida de fuera es una cláusula abusiva según el artículo 82.1, que establece como tales todas aquellas prácticas que causen «un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato«.

De igual forma, la Comisión de Cooperación de Consumo estableció en su consulta número 5 del año 2000 que «las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas, deben ser consideradas abusivas».

FACUA solicita a los usuarios que acudan a éste o a cualquier otro evento de este tipo, como determinados cines o parques de atracciones, en los que se establezca dicha prohibición que se lo comuniquen a la asociación para formular las oportunas denuncias contra las empresas responsables de las mismas.

 

Fuente: FACUA

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¿Cuánto dinero en efectivo puedes tener legalmente en casa? Hacienda alerta

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dinero efectivo en casa
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En una era cada vez más dominada por los pagos digitales, el uso de dinero en efectivo sigue siendo una medida de seguridad clave en casos de emergencia. Apagones como el ocurrido en abril de 2025 en toda España han puesto de manifiesto la necesidad de disponer de efectivo en el hogar. Pero ¿cuánto dinero puedes tener en casa sin infringir la ley? Hacienda lo deja claro: no existe un límite legal para guardar efectivo en casa, siempre que este provenga de un origen lícito y declarado.

Tener dinero en casa es legal, pero con condiciones

Según la normativa española, cualquier persona puede guardar dinero en metálico en su domicilio sin restricciones, siempre que pueda justificar su procedencia legal ante la Agencia Tributaria. Retiradas de cuentas bancarias, ingresos laborales declarados o ventas legales no suponen ningún problema. Sin embargo, si el dinero procede de actividades no declaradas, Hacienda puede abrir una investigación e imponer sanciones.

Movimientos bajo vigilancia de Hacienda

Aunque guardar efectivo en casa es legal, Hacienda vigila ciertos movimientos de dinero:

  • Ingresos o retiradas de 1.000 euros o más en efectivo en bancos.

  • Uso de billetes de 500 euros, considerados de alto riesgo por su asociación con el fraude.

  • Entradas o salidas de España con más de 10.000 euros en metálico, que deben declararse mediante el modelo S1.

¿Cuánto se puede pagar en efectivo?

Hacienda también impone límites a las transacciones en efectivo:

  • Máximo 1.000 euros si una de las partes es un profesional o empresario.

  • Entre particulares, el límite se amplía a 10.000 euros, aunque siempre se recomienda dejar constancia escrita.

¿Es recomendable tener grandes cantidades en casa?

Los expertos financieros no aconsejan acumular grandes sumas de efectivo en el domicilio. Aunque es legal, supone riesgos evidentes: robos, deterioro, incendios o pérdida de valor por la inflación. En su lugar, recomiendan guardar una cantidad razonable —entre 300 y 1.000 euros— para imprevistos, siempre en un lugar seguro como una caja fuerte.

Cómo declarar cantidades elevadas

Si guardas en casa más de 10.000 euros en efectivo, conviene tener justificantes de origen (retiradas bancarias, recibos, contratos, etc.) y, si corresponde, incluirlos en la declaración de la Renta. Ocultar efectivo sin declarar puede conllevar sanciones económicas e incluso consecuencias penales.

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