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Valencia

Confirman un caso humano de Fiebre del Nilo Occidental en la Comunitat

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Fiebre del Nilo Occidental
Una imagen del mosquito "Anopheles quadrimaculatus". EFE/Edward McCellan

Valencia, 24 ago (OFFICIAL PRESS – EFE).- La Conselleria de Sanidad ha notificado al Ministerio de Sanidad la confirmación este jueves, por parte del Centro Nacional de Microbiología, de un caso de Fiebre del Nilo Occidental.

Sanidad notifica un caso humano de Fiebre del Nilo Occidental en la Comunitat Valenciana

Se trata de una mujer de 72 años residente en el municipio valenciano de Puçol que ingresó en un hospital por determinados síntomas, evolucionó favorablemente y recibió el alta hospitalaria el 9 de agosto, y supone el primer caso humano que se detecta en la Comunitat Valenciana, ha informado la Conselleria.

No ha sido hasta más tarde, tras iniciarse las actuaciones de vigilancia a raíz de la declaración por parte de Agricultura de un caso de esta patología en un caballo, cuando surgió la sospecha de que esos síntomas podían corresponder a la enfermedad del virus del Nilo, un extremo que ahora ha sido confirmado.

Las actuaciones de vigilancia y control entomológico (mosquitos) se iniciaron el 24 de julio, tras la declaración por parte de la Conselleria de Agricultura de un caso en un caballo.

Desde la Dirección General de Salud Pública se ha realizado la localización de posibles focos larvarios, se ha aplicado tratamiento larvicida y se han identificado posibles orígenes y refugio de mosquitos adultos mediante trampas instaladas en el propio municipio.

De acuerdo con el Programa de Vigilancia autonómico, se ha realizado un refuerzo de las medidas de vigilancia y control vectorial en el mismo. Para lo cual se cuenta con el servicio de control entomológico de la Dirección General de Salud Pública.
Las autoridades municipales de dicho municipio y de los municipios colindantes han sido informadas en todo momento de las medidas a adoptar.

 

La Fiebre por el Virus del Nilo Occidental es una enfermedad infecciosa

En la vigilancia entomológica realizada en las zonas próximas al caso, o bien no se ha detectado el mosquito transmisor (C. pipiens) o bien en el análisis por RT-qPCR para la detección de la circulación del virus en poblaciones de mosquitos del género Culex realizadas, los resultados han sido negativos.

La Fiebre por el Virus del Nilo Occidental es una enfermedad infecciosa transmitida por picadura de mosquitos, y en las personas, la vía de transmisión más frecuente es la picadura de un mosquito infectado.

Cabe destacar que la infección producida por el Virus del Nilo Occidental es, en el 80 % de los casos, asintomática o leve y, únicamente el 1 % presenta enfermedad neuroinvasiva.

Durante el año 2023, se han notificado un total de 125 casos en humanos en los Estados Miembros de la Unión Europea y 24 casos más en los países de alrededor de la UE. En España, se ha notificado previamente un caso confirmado en humanos en Andalucía.

Desde la Conselleria, se insta a la población a que mantenga medidas preventivas para evitar picaduras de mosquitos. Sobre todo en las horas de mayor actividad de las especies transmisoras de esta enfermedad (horas cercanas al amanecer y posteriores al atardecer).

Para ello, se recomienda el uso de medidas preventivas tanto individuales (uso de repelentes registrados de uso tópico y ropa clara y que cubra la mayor parte de la piel). Como domésticas (uso de mosquiteras, evitar aguas estancadas o repelentes ambientales). Sobre todo para la población vulnerable con inmunidad comprometida, y así reducir de forma relevante las probabilidades de transmisión.

 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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