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El Consejo General de Enfermería aconseja mascarillas FFP2 para lugares cerrados

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EFE/LUIS TEJIDO

Madrid, 29 ene (EFE).- El Consejo General de Enfermería considera que es «primordial» el uso de mascarillas tipo FFP2 en lugares cerrados, poco ventilados y concurridos para evitar contagios de coronavirus y ha insistido en su petición de que sean asequibles para todos los ciudadanos.

En un comunicado, aconseja estas mascarillas en lugares como en el transporte público y en especial donde haya más posibilidad de coincidir con personas contagiadas como en centros sanitarios, farmacias o residencias, entre otros, y destaca que su uso «es una medida capital» para evitar la expansión de la covid.

El Consejo, como ya reclamó cuando se aprobó la bajada del IVA de las mascarillas quirúrgicas, reitera su petición de reducir los impuestos y fijar un precio máximo de venta al público para estas mascarillas, siempre que sea certificada su eficacia.

Sostienen los enfermeros que las FFP2 son «un bien de primera necesidad» para los ciudadanos y por tanto «es imprescindible protegerles de cualquier movimiento especulativo, priorizando en todo momento la salud frente al oportunismo de unos pocos».

Y es que el Consejo afirma que desde hace meses algunos comercios especializados, como las oficinas de farmacias, están «especulando» con este material sanitario.

El presidente del Consejo, Florentino Pérez Raya, mantiene que deberían ser gratuitas para los colectivos más vulnerables y que «lo ideal» sería incluirlas dentro del catálogo de medicamentos y productos financiados por el Sistema Nacional de Salud con el mismo criterio de acceso en función de la renta y las circunstancias socioeconómicas de cada ciudadano.

El Consejo destaca también que la prolongación del uso de las mascarillas es uno de los errores más frecuentes que comete la población, lo que genera «un problema de salud pública».

Según el Consejo, una familia de cuatro miembros puede gastar al año unos 1.500 euros en mascarillas.

La opinión del Consejo es compartida por la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene (SEMPSPH), que destaca que fuera de espacios cerrados con poca ventilación, la mascarilla quirúrgica es suficiente para evitar la propagación del covid, siempre y cuando se use de manera adecuada.

LA SEMPSPH, que precisa que la mascarilla quirúrgica ofrece suficiente protección frente a contactos esporádicos con personas infectadas, insta a las autoridades sanitarias a garantizar el suministro tanto a los profesionales sanitarios como a otros con profesiones más expuestas, en caso de hacer obligatorio el uso de mascarillas FFP2.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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