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Valencia

Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación

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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación
Imagen de archivo del exconseller del PP Rafael Blasco. EFE/Juan Carlos Cárdenas

València, 20 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al exconseller del PP Rafael Blasco en el caso de desvío de fondos de ayudas públicas a la cooperación internacional, aunque insta a calcular de nuevo las penas impuestas tanto a él como al empresario Augusto César Tauroni.

En un auto hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sala Segunda del Supremo resuelve los recursos planteados por cinco acusados y dos acusaciones contra la sentencia de la Audiencia de Valencia, de 24 de abril de 2020, en piezas del citado caso donde fueron condenados Blasco y una veintena más de personas.

En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos formulados por las defensas de Blasco y de Marcos Antonio Llinares, así como de la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD, mientras que desestima los recursos de Rafael Pedro Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcañiz, Felix Sanz Pardo, y de la Abogada de la Generalitat, esta última como acusación particular

La estimación parcial de los recursos de Blasco y Llinares se debe a que el Supremo entiende que debe serle aplicada a ambos la atenuante de confesión tardía de los hechos, aunque especifica que el cambio no tendrá consecuencia en las penas de prisión establecidas para ambos.

«La que sí puede tenerlo -añaden desde el TSJCV- es la estimación parcial del recurso de la acusación popular», que el Supremo indica que obliga a calcular de nuevo las penas tanto de Blasco como del empresario Augusto César Tauroni.

El tribunal indica que las penas definitivamente a imponer a los mismos, tras la correspondiente compensación de las condenas con las impuestas en la pieza I del caso Cooperación, debe determinarse en ejecución de sentencia, ya que los hechos allí enjuiciados y los que ahora lo han sido pudieron ser juzgados conjuntamente, y el cálculo que realiza el tribunal de instancia fue contradictorio, al hablar en la sentencia de 1 año y 6 meses de prisión como pena máxima e imponer en el fallo 1 año.

El Supremo recuerda, en todo caso, que la pena máxima a Blasco será de 8 años de prisión, sumando la pena que se imponga en esta causa a los 6 años y 6 meses de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta que se le impusieron en la pieza I.

En ambos casos los delitos juzgados y por los que fue condenado fueron malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y continuado de falsedad en documento oficial.

Respecto a la no repercusión en la pena de la estimación parcial del recurso de Blasco, la Sala lo basa en la importante participación en los hechos del exconseller, que hace que las penas fijadas por el tribunal sean proporcionales y adecuadas a la gran antijuridicidad de los hechos que se declaran probados, sin perjuicio de las consecuencias que pueda tener la estimación parcial del recurso de la Acusación Popular.

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Fallas

Por qué te pueden multar por tirar petardos

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La Policía Local de Algemesí ha impuesto una multa de 601 euros a dos menores por lanzar petardos sin respetar las medidas de seguridad en un parque infantil. Al tratarse de niños, la sanción será asumida por sus tutores legales, según ha informado el Ayuntamiento de Algemesí.

El incidente se produjo cuando una patrulla policial detectó a los menores utilizando artículos pirotécnicos de forma inadecuada dentro de una zona de juegos, lo que provocó daños en el mobiliario urbano y supuso un riesgo para las personas que se encontraban en el lugar.


Por qué te pueden multar por tirar petardos

El uso indebido de petardos puede suponer sanciones económicas importantes, especialmente en periodos festivos como las Fallas de València, cuando la pirotecnia es habitual en las calles.

En este caso, la sanción se basa en el artículo 36.12 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana, que considera infracción grave:

  • Utilizar artículos pirotécnicos sin respetar la normativa vigente

  • Lanzarlos sin medidas de seguridad

  • Hacerlo en espacios públicos sensibles, como parques infantiles

  • Usarlos fuera de horarios permitidos


Multas por petardos: de 601 a 30.000 euros

Según esta normativa, las sanciones por uso inadecuado de material pirotécnico pueden oscilar entre:

  • 601 euros (mínimo para infracciones graves)

  • hasta 30.000 euros en los casos más graves

Las autoridades suelen endurecer las sanciones cuando los petardos se utilizan en zonas con presencia de menores, parques, mobiliario urbano o espacios concurridos.


Llamamiento a usar la pólvora con responsabilidad

El concejal de Seguridad Ciudadana, Kiko Reinoso, ha recordado que la pólvora forma parte de la tradición festiva valenciana, pero ha insistido en que debe utilizarse con responsabilidad y cumpliendo las normas.

“La pólvora forma parte de nuestra cultura festiva, pero siempre tiene que utilizarse con responsabilidad y respetando las normas de seguridad”, ha señalado.

Por su parte, el alcalde José Javier Sanchis ha pedido también respeto por los horarios de descanso, así como consideración hacia personas con hipersensibilidad sensorial y animales.


Consejos para evitar multas por petardos

Desde el Ayuntamiento recuerdan varias recomendaciones básicas para evitar sanciones y situaciones de riesgo:

  • Usar petardos solo en zonas permitidas

  • Mantener distancia de seguridad

  • No lanzarlos cerca de parques infantiles o mobiliario urbano

  • Respetar los horarios establecidos

  • Supervisar siempre a los menores

Con el inicio de las fiestas falleras, las autoridades insisten en que disfrutar de la pólvora es compatible con la seguridad y el respeto al espacio público.

 

 

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