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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación

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Supremo confirma la condena al exconseller Blasco por el caso Cooperación
Imagen de archivo del exconseller del PP Rafael Blasco. EFE/Juan Carlos Cárdenas

València, 20 dic (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta al exconseller del PP Rafael Blasco en el caso de desvío de fondos de ayudas públicas a la cooperación internacional, aunque insta a calcular de nuevo las penas impuestas tanto a él como al empresario Augusto César Tauroni.

En un auto hecho público este martes por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, la Sala Segunda del Supremo resuelve los recursos planteados por cinco acusados y dos acusaciones contra la sentencia de la Audiencia de Valencia, de 24 de abril de 2020, en piezas del citado caso donde fueron condenados Blasco y una veintena más de personas.

En su sentencia, el Supremo estima parcialmente los recursos formulados por las defensas de Blasco y de Marcos Antonio Llinares, así como de la acusación popular ejercida por la Coordinadora Valenciana de ONGD, mientras que desestima los recursos de Rafael Pedro Barrera Cuquerella, José Luis Mezquita Alcañiz, Felix Sanz Pardo, y de la Abogada de la Generalitat, esta última como acusación particular

La estimación parcial de los recursos de Blasco y Llinares se debe a que el Supremo entiende que debe serle aplicada a ambos la atenuante de confesión tardía de los hechos, aunque especifica que el cambio no tendrá consecuencia en las penas de prisión establecidas para ambos.

«La que sí puede tenerlo -añaden desde el TSJCV- es la estimación parcial del recurso de la acusación popular», que el Supremo indica que obliga a calcular de nuevo las penas tanto de Blasco como del empresario Augusto César Tauroni.

El tribunal indica que las penas definitivamente a imponer a los mismos, tras la correspondiente compensación de las condenas con las impuestas en la pieza I del caso Cooperación, debe determinarse en ejecución de sentencia, ya que los hechos allí enjuiciados y los que ahora lo han sido pudieron ser juzgados conjuntamente, y el cálculo que realiza el tribunal de instancia fue contradictorio, al hablar en la sentencia de 1 año y 6 meses de prisión como pena máxima e imponer en el fallo 1 año.

El Supremo recuerda, en todo caso, que la pena máxima a Blasco será de 8 años de prisión, sumando la pena que se imponga en esta causa a los 6 años y 6 meses de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta que se le impusieron en la pieza I.

En ambos casos los delitos juzgados y por los que fue condenado fueron malversación de caudales públicos, prevaricación administrativa y continuado de falsedad en documento oficial.

Respecto a la no repercusión en la pena de la estimación parcial del recurso de Blasco, la Sala lo basa en la importante participación en los hechos del exconseller, que hace que las penas fijadas por el tribunal sean proporcionales y adecuadas a la gran antijuridicidad de los hechos que se declaran probados, sin perjuicio de las consecuencias que pueda tener la estimación parcial del recurso de la Acusación Popular.

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Valencia

COMUNICADO| Aemet desmiente una interpretación errónea sobre la DANA de octubre de 2024

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Trabajos de limpieza del barranco del Poyo, en el tramo comprendido entre los municipios valencianos de Paiporta y Picanya. EFE/Biel Aliño/Archivo

Sigue las últimas noticias sobre la trágica DANA en Valencia:

La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) ha aclarado este miércoles que la referencia a la serranía de Cuenca en las comunicaciones mantenidas con el Centro de Coordinación de Emergencias de la Generalitat Valenciana durante la DANA del 29 de octubre de 2024 fue “simplemente una referencia geográfica” y que “en ningún caso significaba que el temporal remitiera en la Comunitat Valenciana”.

El organismo meteorológico responde así a las informaciones recogidas en el informe entregado por la Generalitat al juzgado de Catarroja, que investiga la gestión de aquel episodio de lluvias torrenciales.

Avisos rojos desde primera hora de la mañana

Aemet recordó que los primeros avisos de nivel rojo en la provincia de Valencia se activaron a las 07:36 horas del 29 de octubre y que, a las 09:41, casi toda la provincia ya estaba bajo alerta roja, situación que se mantuvo hasta las 22:00 horas en la zona donde se registraron las precipitaciones más intensas.

Según el Plan Meteoalerta, la activación del aviso rojo implica que el peligro es extraordinario y que pueden producirse impactos muy graves o catastróficos en personas y bienes, especialmente en áreas vulnerables o expuestas. La recomendación oficial era evitar desplazamientos, seguir las indicaciones de las autoridades y mantenerse informado en todo momento.

La polémica sobre la serranía de Cuenca

En las conversaciones mantenidas con Emergencias, Aemet explicó que a las 09:43 informó de la activación de los avisos rojos en el norte de Valencia y advirtió que el momento álgido de la DANA se produciría hacia las 18:00 horas en el interior.

En ese contexto, uno de los técnicos mencionó que el episodio podía desplazarse “un poquito más hacia la serranía de Cuenca”, una frase que, según Aemet, se utilizó únicamente como punto de referencia geográfica y no como indicio de que el temporal se estaba disipando.

En una llamada posterior, a las 11:26 horas, el jefe de Climatología de Aemet en la Comunitat Valenciana, José Ángel Núñez, fue informado de que se hablaba de un desplazamiento hacia Cuenca. Núñez respondió afirmando que “la mayor adversidad está en el interior” y explicó que por la tarde las lluvias intensas se trasladarían al norte de Valencia y al interior de Castellón.

La DANA afectó sobre todo al interior de la Comunitat

Aemet insiste en que nunca aseguró que el temporal iba a remitir en la Comunitat Valenciana. Muy al contrario, destacó que las lluvias se concentrarían en zonas del interior y que su evolución afectaría también a Castellón.

El organismo subraya que, en ninguna de sus declaraciones públicas ni en las comunicaciones oficiales, José Ángel Núñez o cualquier otro portavoz de la agencia mencionaron la serranía de Cuenca como un indicador del final de la DANA.

Una aclaración clave en la investigación judicial

Con este comunicado, Aemet busca despejar dudas sobre la gestión de la DANA de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana, un episodio que dejó importantes daños materiales y que sigue bajo investigación judicial en Catarroja.

El organismo meteorológico concluye que la mención a la serranía de Cuenca fue “fundamentalmente una referencia geográfica para explicar que el temporal sería más intenso en el interior que en la costa” y que en ningún momento se interpretó como el final del episodio de lluvias torrenciales.

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