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El Fiscal de Sala de Menores avisa sobre las «consecuencias penales» de no ir a clase

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Clases suspendidas Comunitat Valenciana

El absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto.

Si bien no es una función primaria y directa del Ministerio Fiscal la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar, éste no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal.

En el momento presente, ante la crisis sanitaria que afecta a todos los ámbitos de la sociedad, la preocupación por la garantía de la salud es comprensible y compartida.

En este contexto, en el que, confluyen el derecho a la salud y el derecho/obligación de educación, ante el inminente comienzo del curso escolar 2020/2021, en relación con la incertidumbre generada a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la necesidad de asistencia presencial a los centros educativos relativa a los/as alumnos/as comprendidos entre los 6 y los 16 años, desde la Unidad Especializada de Menores de la FGE se estima conveniente señalar los siguientes aspectos:

Como presupuesto previo debe tenerse en cuenta que la actuación del Ministerio Fiscal, en este ámbito, sólo se justifica con carácter posterior a la realización de aquellas conductas que se realicen en abierta oposición al cumplimiento del deber legal de escolarización de los menores. Pero nunca con un carácter preventivo ajeno a los cometidos propios de la institución.

Cabe recordar que en los tramos de edad comprendidos entre 6 y 16 años persiste la obligación legal de escolarización imperativa en los términos y condiciones establecidos por las legislaciones estatal y autonómica aplicables en cada caso.

Tras las reuniones de coordinación llevadas a cabo entre los responsables de los Ministerios de Sanidad y Educación del Gobierno y los responsables de las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos competentes en materia de Educación y Sanidad, la respectivas Comunidades Autónomas han establecido, siguiendo la pauta fijada en las mismas, los criterios a seguir en cada una de ellas y que se han traducido en las correspondientes instrucciones a los centros educativos.

Consecuentemente, los centros escolares deberán aplicar y observar los oportunos protocolos de seguridad establecidos por las autoridades educativas y sanitarias competentes.

La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos, constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los/as menores afectados. Su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo.

Los centros educativos, cuando detecten casos de inasistencia voluntaria e injustificada a las aulas, serán los encargados de comunicar a las respectivas Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo tales incumplimientos y de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes. Sólo en los casos de repetida y no justificada asistencia a clase se deberá remitir copia del expediente incoado a tales efectos al Ministerio Fiscal, conforme a los respectivos protocolos de actuación vigentes en cada territorio.

Recibidos en la Fiscalía dichos expedientes administrativos, se procederá a la incoación de las oportunas diligencias preprocesales a fin de ponderar individualmente las circunstancias concurrentes en cada caso, modulando la adecuación de la respuesta institucional a la situación concreta de los alumnos/as afectados y sus respectivas familias, tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del COVID-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar.

Sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito.

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Muere uno de los dos montañeros atrapados por un alud en el pico Cibollés, en Benasque (Huesca)

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La Guardia Civil rescató a las dos víctimas en estado crítico tras el alud. El superviviente fue evacuado en helicóptero al Hospital Miguel Servet de Zaragoza.

Uno de los dos montañeros atrapados por un alud en el pico Cibollés, en el término municipal de Benasque (Huesca), ha fallecido tras ser rescatado por los equipos de emergencia. El suceso se produjo cuando ambos se encontraban practicando montaña junto a otras dos personas en una zona afectada por riesgo de avalanchas.

Efectivos del Grupo de Rescate e Intervención en Montaña (GREIM) de la Guardia Civil localizaron a los dos montañeros sepultados por la nieve y con escasos signos vitales, por lo que se activó de inmediato el protocolo por hipotermia.

Fallecimiento tras el rescate

A pesar de los esfuerzos de los equipos sanitarios, uno de los montañeros falleció poco después del rescate debido a la gravedad de su estado. El otro herido fue estabilizado en el lugar y trasladado de urgencia en un helicóptero medicalizado del 112 hasta el Hospital Miguel Servet de Zaragoza, donde permanece ingresado.

Operativo de emergencia en la zona

El rescate se desarrolló en condiciones complicadas, tanto por la acumulación de nieve como por el riesgo de nuevos aludes en la zona. La Guardia Civil ha recordado la importancia de extremar la precaución en actividades de montaña, especialmente fuera de pistas, ante el aumento del peligro de avalanchas en el Pirineo aragonés.

En paralelo, los servicios de emergencia mantienen la vigilancia en otros puntos cercanos, como Cerler, donde en las últimas horas también se han producido incidentes relacionados con aludes fuera de pista.

 

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