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El Fiscal de Sala de Menores avisa sobre las «consecuencias penales» de no ir a clase

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Clases suspendidas Comunitat Valenciana

El absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto.

Si bien no es una función primaria y directa del Ministerio Fiscal la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar, éste no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal.

En el momento presente, ante la crisis sanitaria que afecta a todos los ámbitos de la sociedad, la preocupación por la garantía de la salud es comprensible y compartida.

En este contexto, en el que, confluyen el derecho a la salud y el derecho/obligación de educación, ante el inminente comienzo del curso escolar 2020/2021, en relación con la incertidumbre generada a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la necesidad de asistencia presencial a los centros educativos relativa a los/as alumnos/as comprendidos entre los 6 y los 16 años, desde la Unidad Especializada de Menores de la FGE se estima conveniente señalar los siguientes aspectos:

Como presupuesto previo debe tenerse en cuenta que la actuación del Ministerio Fiscal, en este ámbito, sólo se justifica con carácter posterior a la realización de aquellas conductas que se realicen en abierta oposición al cumplimiento del deber legal de escolarización de los menores. Pero nunca con un carácter preventivo ajeno a los cometidos propios de la institución.

Cabe recordar que en los tramos de edad comprendidos entre 6 y 16 años persiste la obligación legal de escolarización imperativa en los términos y condiciones establecidos por las legislaciones estatal y autonómica aplicables en cada caso.

Tras las reuniones de coordinación llevadas a cabo entre los responsables de los Ministerios de Sanidad y Educación del Gobierno y los responsables de las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos competentes en materia de Educación y Sanidad, la respectivas Comunidades Autónomas han establecido, siguiendo la pauta fijada en las mismas, los criterios a seguir en cada una de ellas y que se han traducido en las correspondientes instrucciones a los centros educativos.

Consecuentemente, los centros escolares deberán aplicar y observar los oportunos protocolos de seguridad establecidos por las autoridades educativas y sanitarias competentes.

La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos, constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los/as menores afectados. Su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo.

Los centros educativos, cuando detecten casos de inasistencia voluntaria e injustificada a las aulas, serán los encargados de comunicar a las respectivas Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo tales incumplimientos y de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes. Sólo en los casos de repetida y no justificada asistencia a clase se deberá remitir copia del expediente incoado a tales efectos al Ministerio Fiscal, conforme a los respectivos protocolos de actuación vigentes en cada territorio.

Recibidos en la Fiscalía dichos expedientes administrativos, se procederá a la incoación de las oportunas diligencias preprocesales a fin de ponderar individualmente las circunstancias concurrentes en cada caso, modulando la adecuación de la respuesta institucional a la situación concreta de los alumnos/as afectados y sus respectivas familias, tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del COVID-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar.

Sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito.

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Volcán Etna en erupción: impresionantes coladas de lava y nieve en las pistas de esquí

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El volcán Etna, el más alto de Europa, ha entrado en una nueva fase eruptiva, con explosiones en su cráter noreste que han lanzado material piroclástico y coladas de lava. La erupción se produce en un contexto de cielos despejados y nieve reciente, ofreciendo a los visitantes y esquiadores unas vistas únicas del fenómeno natural.

Impacto y alerta de seguridad

El Instituto Nacional de Geofísica y Vulcanología ha confirmado que las explosiones han generado fuentes de humo de varias decenas de metros y que el flujo de lava avanza 1,8 kilómetros hacia el Valle del Bove, en dirección este.

Aunque la erupción no representa un riesgo inmediato para la población, las autoridades han emitido alerta roja para el tráfico aéreo, debido al denso humo que podría afectar a los aviones. No obstante, todos los vuelos del aeropuerto Catania-Fontanarossa han operado con normalidad.

Espectáculo natural en la nieve

Las coladas de lava y el material piroclástico contrastan con la nieve caída en los últimos días, creando un paisaje espectacular. Los turistas que se acercan a las pistas de esquí situadas en las faldas del Etna han declarado su asombro ante el fenómeno.

Eric, visitante de Hong Kong, ha señalado a Reuters:
«Las vistas desde el Etna son impresionantes».

Giuseppe Curcio, guía de esquí y experto en vulcanología, añade:
«El Etna es un volcán activo, y ver la erupción junto a la nieve, el sol y el mar es una experiencia única».

Precauciones recomendadas

Aunque no hay riesgo directo para la población, las autoridades aconsejan:

  • Evitar ascender por encima de 2.600 metros

  • Usar casco de protección en determinadas zonas de altitud

Segunda erupción del año

Esta es la segunda erupción del Etna en 2025. La primera se produjo el 2 de junio, generando una gran columna de humo visible desde varios municipios cercanos.

En 2024, el volcán también registró erupciones violentas en julio y agosto, alcanzando nubes de ceniza de 9,5 kilómetros que obligaron a paralizar temporalmente la actividad del aeropuerto de Catania.

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