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El Fiscal de Sala de Menores avisa sobre las «consecuencias penales» de no ir a clase

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Clases suspendidas Comunitat Valenciana

El absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto.

Si bien no es una función primaria y directa del Ministerio Fiscal la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar, éste no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal.

En el momento presente, ante la crisis sanitaria que afecta a todos los ámbitos de la sociedad, la preocupación por la garantía de la salud es comprensible y compartida.

En este contexto, en el que, confluyen el derecho a la salud y el derecho/obligación de educación, ante el inminente comienzo del curso escolar 2020/2021, en relación con la incertidumbre generada a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la necesidad de asistencia presencial a los centros educativos relativa a los/as alumnos/as comprendidos entre los 6 y los 16 años, desde la Unidad Especializada de Menores de la FGE se estima conveniente señalar los siguientes aspectos:

Como presupuesto previo debe tenerse en cuenta que la actuación del Ministerio Fiscal, en este ámbito, sólo se justifica con carácter posterior a la realización de aquellas conductas que se realicen en abierta oposición al cumplimiento del deber legal de escolarización de los menores. Pero nunca con un carácter preventivo ajeno a los cometidos propios de la institución.

Cabe recordar que en los tramos de edad comprendidos entre 6 y 16 años persiste la obligación legal de escolarización imperativa en los términos y condiciones establecidos por las legislaciones estatal y autonómica aplicables en cada caso.

Tras las reuniones de coordinación llevadas a cabo entre los responsables de los Ministerios de Sanidad y Educación del Gobierno y los responsables de las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos competentes en materia de Educación y Sanidad, la respectivas Comunidades Autónomas han establecido, siguiendo la pauta fijada en las mismas, los criterios a seguir en cada una de ellas y que se han traducido en las correspondientes instrucciones a los centros educativos.

Consecuentemente, los centros escolares deberán aplicar y observar los oportunos protocolos de seguridad establecidos por las autoridades educativas y sanitarias competentes.

La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos, constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los/as menores afectados. Su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo.

Los centros educativos, cuando detecten casos de inasistencia voluntaria e injustificada a las aulas, serán los encargados de comunicar a las respectivas Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo tales incumplimientos y de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes. Sólo en los casos de repetida y no justificada asistencia a clase se deberá remitir copia del expediente incoado a tales efectos al Ministerio Fiscal, conforme a los respectivos protocolos de actuación vigentes en cada territorio.

Recibidos en la Fiscalía dichos expedientes administrativos, se procederá a la incoación de las oportunas diligencias preprocesales a fin de ponderar individualmente las circunstancias concurrentes en cada caso, modulando la adecuación de la respuesta institucional a la situación concreta de los alumnos/as afectados y sus respectivas familias, tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del COVID-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar.

Sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito.

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Esto es lo que cobrará Ábalos de pensión e indemnización

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José Luis Ábalos
El exministro de transporte José Luis Ábalos llega al Tribunal Supremo para declarar como investigado. - Eduardo Parra - Europa Press

José Luis Ábalos, exministro y diputado del PSOE, ha renunciado a su escaño en el Congreso de los Diputados, dejando a muchos preguntándose cuánto percibirá ahora en pensión e indemnización.


Ábalos se jubila tras dejar su escaño

En un comunicado publicado en su cuenta de X, Ábalos asegura que ha agotado todas las posibilidades en su labor parlamentaria y que ahora se ve obligado a jubilarse:

«Privado de todo ingreso y protección social, díganme también de qué vivo para mantener los compromisos con mi familia y afrontar mi defensa. No me ha quedado otra más que retirarme y optar por la jubilación».

Con esta decisión, Ábalos pone fin a su carrera política activa y abre el debate sobre lo que le corresponde recibir como exdiputado en España.


Cuánto cobrará de pensión e indemnización

Según los cálculos disponibles, la pensión anual de José Luis Ábalos será de 47.344 euros, lo que se traduce en 3.359,60 euros al mes.

La indemnización por cese como diputado todavía está en el aire, especialmente considerando su situación penal. Inicialmente, la indemnización prevista era de unos 57.000 euros, aunque en caso de resolverse a su favor, no podría superar la cuantía de su pensión mensual.


La polémica: ¿de verdad no tiene ingresos?

El periodista Casimiro García-Abadillo ha cuestionado la versión de Ábalos sobre su supuesta falta de medios económicos:

«Aldama ha dicho que ha recibido cientos de miles de euros por distintas vías. Lo que sabemos es que este señor tiene un piso en Valencia, un garaje en Valencia, un local comercial… que puede vender. No es que no tenga medios. Aquí en España ser víctima es lo que priva y tienes el favor de la gente».

García-Abadillo apunta además que esta situación podría resultar beneficiosa para el PSOE, que se ve liberado de un posible conflicto político mientras Ábalos se retira del foco mediático.

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