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El Fiscal de Sala de Menores avisa sobre las «consecuencias penales» de no ir a clase

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Clases suspendidas Comunitat Valenciana

El absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto.

Si bien no es una función primaria y directa del Ministerio Fiscal la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar, éste no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal.

En el momento presente, ante la crisis sanitaria que afecta a todos los ámbitos de la sociedad, la preocupación por la garantía de la salud es comprensible y compartida.

En este contexto, en el que, confluyen el derecho a la salud y el derecho/obligación de educación, ante el inminente comienzo del curso escolar 2020/2021, en relación con la incertidumbre generada a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la necesidad de asistencia presencial a los centros educativos relativa a los/as alumnos/as comprendidos entre los 6 y los 16 años, desde la Unidad Especializada de Menores de la FGE se estima conveniente señalar los siguientes aspectos:

Como presupuesto previo debe tenerse en cuenta que la actuación del Ministerio Fiscal, en este ámbito, sólo se justifica con carácter posterior a la realización de aquellas conductas que se realicen en abierta oposición al cumplimiento del deber legal de escolarización de los menores. Pero nunca con un carácter preventivo ajeno a los cometidos propios de la institución.

Cabe recordar que en los tramos de edad comprendidos entre 6 y 16 años persiste la obligación legal de escolarización imperativa en los términos y condiciones establecidos por las legislaciones estatal y autonómica aplicables en cada caso.

Tras las reuniones de coordinación llevadas a cabo entre los responsables de los Ministerios de Sanidad y Educación del Gobierno y los responsables de las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos competentes en materia de Educación y Sanidad, la respectivas Comunidades Autónomas han establecido, siguiendo la pauta fijada en las mismas, los criterios a seguir en cada una de ellas y que se han traducido en las correspondientes instrucciones a los centros educativos.

Consecuentemente, los centros escolares deberán aplicar y observar los oportunos protocolos de seguridad establecidos por las autoridades educativas y sanitarias competentes.

La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos, constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los/as menores afectados. Su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo.

Los centros educativos, cuando detecten casos de inasistencia voluntaria e injustificada a las aulas, serán los encargados de comunicar a las respectivas Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo tales incumplimientos y de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes. Sólo en los casos de repetida y no justificada asistencia a clase se deberá remitir copia del expediente incoado a tales efectos al Ministerio Fiscal, conforme a los respectivos protocolos de actuación vigentes en cada territorio.

Recibidos en la Fiscalía dichos expedientes administrativos, se procederá a la incoación de las oportunas diligencias preprocesales a fin de ponderar individualmente las circunstancias concurrentes en cada caso, modulando la adecuación de la respuesta institucional a la situación concreta de los alumnos/as afectados y sus respectivas familias, tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del COVID-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar.

Sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito.

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El nuevo DNI digital: qué cambia a partir del 2 de abril y cómo te afecta

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DNI en el móvil
POLICÍA NACIONAL - Archivo

El DNI en el móvil ya es una realidad en España

A partir del 2 de abril, los ciudadanos españoles podrán llevar su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el teléfono móvil gracias a la aplicación oficial MiDNI, impulsada por la Policía Nacional.

Este cambio supone un avance clave en la digitalización de la administración y permitirá identificarse de forma segura, rápida y legal en múltiples situaciones cotidianas sin necesidad de portar el documento físico.

Bajo el lema “El momento ha llegado”, las autoridades destacan que este nuevo sistema facilitará gestiones habituales como:

  • Registrarse en hoteles
  • Alquilar vehículos
  • Recoger paquetes
  • Retirar medicamentos en farmacias
  • Realizar trámites presenciales

🔐 Cómo funciona el DNI digital en el móvil

El DNI digital no es una copia del documento físico, sino un sistema seguro basado en códigos QR temporales que permiten verificar la identidad en tiempo real.

Cuando el usuario necesita identificarse:

  1. Genera un código QR desde la app MiDNI
  2. El receptor lo escanea
  3. Se validan los datos directamente con la Policía Nacional

Este sistema evita falsificaciones y garantiza que la información esté siempre actualizada.


⚙️ Requisitos para activar el DNI en el móvil

Antes de utilizar el DNI digital, es necesario completar un proceso de registro que vincula el número de teléfono con el documento físico.

✔️ Opciones para registrarse:

1. Con certificado electrónico

  • Acceder a la web oficial (midni.gob.es)
  • Introducir datos del DNI
  • Verificar identidad
  • Recibir un SMS con código de activación

2. Sin certificado electrónico

  • Acudir a un Puesto de Actualización de Documentación (PAD) en comisarías
  • Introducir DNI y número de móvil
  • Recibir SMS de verificación

3. En la renovación del DNI

  • Solicitar ayuda a un agente para completar el registro

📥 Cómo descargar y activar la app MiDNI

La aplicación oficial MiDNI está disponible en:

  • Google Play
  • App Store

🔑 Pasos para activarla:

  1. Aceptar términos y condiciones
  2. Introducir número de DNI (con letra)
  3. Añadir número de soporte (en el DNI físico)
  4. Crear contraseña segura
  5. Verificar con código SMS

También permite desbloqueo biométrico mediante huella o reconocimiento facial.


⚠️ Cuidado con apps falsas del DNI digital

El Ministerio del Interior advierte que existen aplicaciones no oficiales como:

  • “mi DNI digital”
  • “DNI Wallet”

Estas no tienen validez legal y funcionan como simples copias o imágenes del documento.

👉 La app oficial:

  • Se llama MiDNI
  • Tiene fondo azul oscuro
  • Incluye referencias a la Policía Nacional
  • Muestra elementos de la bandera española y europea

🧾 Para qué sirve el DNI digital

El DNI en el móvil tendrá validez en múltiples situaciones presenciales, entre ellas:

  • Identificación ante autoridades
  • Trámites administrativos
  • Apertura de cuentas bancarias
  • Registro en hoteles
  • Contratación de seguros
  • Recogida de paquetes
  • Acceso a eventos y edificios
  • Compra de entradas nominativas
  • Acreditación de mayoría de edad

🚫 Limitaciones del DNI digital (importante)

Aunque supone un gran avance, el DNI digital tiene algunas restricciones clave:

✈️ No sirve para viajar

No sustituye al DNI físico ni al pasaporte en:

  • Vuelos nacionales
  • Vuelos internacionales
  • Controles de seguridad

🗳️ No válido para votar

La Junta Electoral ha decidido que no se puede usar para identificarse en elecciones, al considerar que el sistema aún necesita más garantías.


🔒 Privacidad y control de datos

Una de las principales ventajas del sistema es que no muestra todos los datos del usuario, sino que permite elegir qué información compartir.

🧩 Niveles de identificación:

  • DNI EDAD: foto, nombre y mayoría de edad
  • DNI SIMPLE: datos básicos y validez
  • DNI COMPLETO: toda la información

El código QR generado:

  • Es único
  • Dura 60 segundos
  • Se invalida automáticamente

📊 ¿Sustituye el DNI digital al físico?

No. El DNI en el móvil es complementario, no sustitutivo.

El documento físico sigue siendo:

  • Obligatorio
  • Necesario para viajar
  • Imprescindible en ciertos trámites

Además, debe mantenerse en vigor y renovarse según la edad del titular.


🧠 Qué cambia con el DNI digital en España

La llegada del DNI digital marca un paso más hacia la identidad electrónica en España, alineándose con otros servicios digitales como:

  • Certificados electrónicos
  • Firma digital
  • Administración online

Este sistema permitirá a millones de ciudadanos llevar su identificación siempre disponible, simplificando procesos y reduciendo la dependencia del formato físico.


Un avance clave hacia la identidad digital

El DNI en el móvil representa una transformación importante en la forma de identificarse en España. Aunque aún tiene limitaciones, su implementación abre la puerta a un futuro donde la identidad digital será cada vez más habitual, segura y eficiente.

La evolución del DNI en España:

  1. Introducción del DNI electrónico (DNIe): Una de las transformaciones más significativas ocurrió con la introducción del DNIe en 2006. Este documento incorpora un chip electrónico que almacena información biométrica y permite la autenticación digital. Además, posibilita la realización de trámites en línea y la firma digital.
  2. Actualizaciones de seguridad y diseño: A lo largo de los años, se han implementado mejoras en las medidas de seguridad del DNI para prevenir la falsificación y el uso fraudulento. Estas actualizaciones han incluido elementos como hologramas, microtextos y marcas de agua.
  3. Cambios en el formato y la presentación: El formato físico del DNI ha experimentado modificaciones en términos de tamaño y diseño. Estos cambios buscan mejorar la legibilidad y la identificación visual del documento.
  4. Renovación y caducidad: Las autoridades españolas suelen establecer períodos de validez para los DNIs, y los ciudadanos deben renovar su documento al llegar a la fecha de caducidad. Durante este proceso, es posible que se realicen actualizaciones tecnológicas y de seguridad.
  5. Incorporación de datos biométricos: El DNI actual incluye datos biométricos como la fotografía y las huellas dactilares, lo que contribuye a una identificación más precisa y segura.
  6. Digitalización de trámites: Con la introducción del DNIe, se ha fomentado la digitalización de trámites administrativos, permitiendo a los ciudadanos realizar gestiones de manera electrónica, lo que agiliza y simplifica procesos.

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