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El Fiscal de Sala de Menores avisa sobre las «consecuencias penales» de no ir a clase

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Clases suspendidas Comunitat Valenciana

El absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto.

Si bien no es una función primaria y directa del Ministerio Fiscal la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar, éste no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal.

En el momento presente, ante la crisis sanitaria que afecta a todos los ámbitos de la sociedad, la preocupación por la garantía de la salud es comprensible y compartida.

En este contexto, en el que, confluyen el derecho a la salud y el derecho/obligación de educación, ante el inminente comienzo del curso escolar 2020/2021, en relación con la incertidumbre generada a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la necesidad de asistencia presencial a los centros educativos relativa a los/as alumnos/as comprendidos entre los 6 y los 16 años, desde la Unidad Especializada de Menores de la FGE se estima conveniente señalar los siguientes aspectos:

Como presupuesto previo debe tenerse en cuenta que la actuación del Ministerio Fiscal, en este ámbito, sólo se justifica con carácter posterior a la realización de aquellas conductas que se realicen en abierta oposición al cumplimiento del deber legal de escolarización de los menores. Pero nunca con un carácter preventivo ajeno a los cometidos propios de la institución.

Cabe recordar que en los tramos de edad comprendidos entre 6 y 16 años persiste la obligación legal de escolarización imperativa en los términos y condiciones establecidos por las legislaciones estatal y autonómica aplicables en cada caso.

Tras las reuniones de coordinación llevadas a cabo entre los responsables de los Ministerios de Sanidad y Educación del Gobierno y los responsables de las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos competentes en materia de Educación y Sanidad, la respectivas Comunidades Autónomas han establecido, siguiendo la pauta fijada en las mismas, los criterios a seguir en cada una de ellas y que se han traducido en las correspondientes instrucciones a los centros educativos.

Consecuentemente, los centros escolares deberán aplicar y observar los oportunos protocolos de seguridad establecidos por las autoridades educativas y sanitarias competentes.

La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos, constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los/as menores afectados. Su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo.

Los centros educativos, cuando detecten casos de inasistencia voluntaria e injustificada a las aulas, serán los encargados de comunicar a las respectivas Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo tales incumplimientos y de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes. Sólo en los casos de repetida y no justificada asistencia a clase se deberá remitir copia del expediente incoado a tales efectos al Ministerio Fiscal, conforme a los respectivos protocolos de actuación vigentes en cada territorio.

Recibidos en la Fiscalía dichos expedientes administrativos, se procederá a la incoación de las oportunas diligencias preprocesales a fin de ponderar individualmente las circunstancias concurrentes en cada caso, modulando la adecuación de la respuesta institucional a la situación concreta de los alumnos/as afectados y sus respectivas familias, tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del COVID-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar.

Sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito.

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Los maquinistas convocan una huelga general: estos son los días de paro

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huelga maquinistas
Los maquinistas convocan una huelga general: estos son los días de paro

MADRID, 21 Ene. (EUROPA PRESS) –

Convocatoria de huelga del Sindicato Español de Maquinistas Ferroviarios

El Sindicato Español de Maquinistas Ferroviarios (Semaf) ha convocado una huelga sectorial de tres días, para el 9, 10 y 11 de febrero, con el fin de reclamar medidas que garanticen la seguridad ferroviaria tras los accidentes de Adamuz (Córdoba) y Gelida (Barcelona), que se han cobrado la vida de numerosas personas, entre ellas «tres maquinistas».

Según han informado en un comunicado, la huelga se convoca al considerar que es «la única vía legal que se ha dejado a los trabajadores para reivindicar la recuperación de los estándares de seguridad del sistema ferroviario y, con ello, garantizar la integridad de los profesionales y de los usuarios del ferrocarril».

Alcance de los paros en el sector ferroviario

La huelga afectará a todos los maquinistas de las diferentes empresas del sector, que serán llamados a secundar los paros.

Además, desde el sindicato han afirmado que han iniciado todos los procesos legales correspondientes para la tramitación de la huelga en las distintas empresas que componen el sector ferroviario.

 Accidentes de Adamuz y Gelida como punto de inflexión

«Los graves accidentes producidos en Adamuz y Gelida, ambos con varias víctimas mortales, suponen un punto de inflexión para exigir que se lleven a cabo todas las actuaciones necesarias que garanticen la seguridad de la operación ferroviaria», han indicado desde Semaf.

Denuncias sobre el mal estado de las vías

Así, han pedido empezar las actuaciones por atender los «numerosos» partes y notificaciones que los profesionales remiten a los responsables del mantenimiento de la infraestructura, en los que se informa del mal estado de las vías en distintos puntos kilométricos, en lugar de dejarlos «sin respuesta ni actuación durante meses, e incluso años».

Analizan medidas legales tras difusión de conversaciones del maquinista

Además, han calificado de «inadmisible» la difusión «sesgada» de las conversaciones del maquinista afectado en el accidente de Adamuz con el puesto de mando, siendo este último, Adif, quien debe «garantizar su custodia y protección».

«Se estudiarán las opciones legales para reclamar la investigación judicial de dicha filtración», han afirmado al respecto.

Desde el sindicato de maquinistas han destacado la «ejemplar» actuación de los profesionales involucrados en este accidente, siendo «impecable y efectiva» dada la situación que se vivía en ese «trágico escenario».

Protocolos de prevención ante emergencias meteorológicas

En relación al accidente mortal de Gelida, desde Semaf han indicado que es «imprescindible» establecer protocolos de prevención en la operación ferroviaria ante emergencias meteorológicas, especialmente en aquellos puntos con antecedentes de accidentes.

«En estos tramos, cada vez que se producen temporales se desprenden numerosos elementos sobre las vías –muros, rocas, árboles–, una circunstancia que podría evitarse mediante planes preventivos adecuados», han expuesto.

Reclamación de responsabilidades penales

Al margen de la huelga, el sindicato ha reclamado «responsabilidades penales» a quienes tienen la obligación de garantizar la seguridad de la infraestructura ferroviaria, ante los fallecimientos ocurridos y la continua desatención de los reportes de los maquinistas que alertan de diversas deficiencias.

 

Adif rectifica y vuelve a limitar a 160 km/h la velocidad en un tramo de la línea Madrid-Barcelona

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