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El Fiscal de Sala de Menores avisa sobre las «consecuencias penales» de no ir a clase

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Clases suspendidas Comunitat Valenciana

El absentismo escolar constituye una preocupación para la Fiscalía por cuanto la educación repercute de manera trascendental en el desarrollo de los menores y, por extensión, en el de la sociedad en su conjunto.

Si bien no es una función primaria y directa del Ministerio Fiscal la elaboración de medidas que salgan al paso del absentismo escolar, éste no es ajeno, ni puede serlo, a las atribuciones e intereses del Ministerio Fiscal.

En el momento presente, ante la crisis sanitaria que afecta a todos los ámbitos de la sociedad, la preocupación por la garantía de la salud es comprensible y compartida.

En este contexto, en el que, confluyen el derecho a la salud y el derecho/obligación de educación, ante el inminente comienzo del curso escolar 2020/2021, en relación con la incertidumbre generada a nivel nacional en las familias de los escolares afectados por la necesidad de asistencia presencial a los centros educativos relativa a los/as alumnos/as comprendidos entre los 6 y los 16 años, desde la Unidad Especializada de Menores de la FGE se estima conveniente señalar los siguientes aspectos:

Como presupuesto previo debe tenerse en cuenta que la actuación del Ministerio Fiscal, en este ámbito, sólo se justifica con carácter posterior a la realización de aquellas conductas que se realicen en abierta oposición al cumplimiento del deber legal de escolarización de los menores. Pero nunca con un carácter preventivo ajeno a los cometidos propios de la institución.

Cabe recordar que en los tramos de edad comprendidos entre 6 y 16 años persiste la obligación legal de escolarización imperativa en los términos y condiciones establecidos por las legislaciones estatal y autonómica aplicables en cada caso.

Tras las reuniones de coordinación llevadas a cabo entre los responsables de los Ministerios de Sanidad y Educación del Gobierno y los responsables de las Consejerías de los Gobiernos Autonómicos competentes en materia de Educación y Sanidad, la respectivas Comunidades Autónomas han establecido, siguiendo la pauta fijada en las mismas, los criterios a seguir en cada una de ellas y que se han traducido en las correspondientes instrucciones a los centros educativos.

Consecuentemente, los centros escolares deberán aplicar y observar los oportunos protocolos de seguridad establecidos por las autoridades educativas y sanitarias competentes.

La asistencia presencial del alumnado, en los parámetros y condiciones antedichos, constituye una obligación ineludible para los padres o tutores de los/as menores afectados. Su desatención voluntaria, injustificada y persistente acarreará las consecuencias legales derivadas del incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad, como ha venido ocurriendo de forma habitual hasta el momento en los supuestos de absentismo.

Los centros educativos, cuando detecten casos de inasistencia voluntaria e injustificada a las aulas, serán los encargados de comunicar a las respectivas Comisiones Locales o Provinciales de Absentismo tales incumplimientos y de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes. Sólo en los casos de repetida y no justificada asistencia a clase se deberá remitir copia del expediente incoado a tales efectos al Ministerio Fiscal, conforme a los respectivos protocolos de actuación vigentes en cada territorio.

Recibidos en la Fiscalía dichos expedientes administrativos, se procederá a la incoación de las oportunas diligencias preprocesales a fin de ponderar individualmente las circunstancias concurrentes en cada caso, modulando la adecuación de la respuesta institucional a la situación concreta de los alumnos/as afectados y sus respectivas familias, tomando en consideración la actual situación de pandemia derivada del COVID-19, y el singular escenario derivado de los riesgos sanitarios presentes no solo en el ámbito escolar, sino también en el familiar.

Sólo aquellos casos que carezcan de justificación clara y terminante para la exención, aun temporal, del deber de asistencia presencial del alumnado al centro motivarán que el Ministerio Fiscal prosiga sus diligencias a los efectos de ejercitar la acción penal contra aquellos padres o tutores que presuntamente hayan infringido los deberes inherentes a la patria potestad en este ámbito.

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Sorteo del Niño 2026: por qué tienes más probabilidades de ganar que en la Lotería de Navidad

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El Sorteo de El Niño 2026 repartirá 770 millones de euros el 6 de enero

El Sorteo Extraordinario de la Lotería de El Niño 2026 se celebrará el próximo 6 de enero, día de Reyes, y repartirá un total de 770 millones de euros en premios, consolidándose como uno de los sorteos más importantes del calendario de la Lotería Nacional.

Este sorteo es uno de los más esperados tras la Navidad, ya que ofrece numerosas oportunidades de premio y una elevada probabilidad de resultar agraciado.

El primer premio de El Niño 2026: 200.000 euros al décimo

El primer premio del Sorteo de El Niño 2026 estará dotado con 2 millones de euros por serie, lo que equivale a 200.000 euros por décimo. Una cifra que convierte al “Gordo de El Niño” en una de las grandes ilusiones del inicio de año para millones de jugadores.

Además del primer premio, el sorteo contará con segundos, terceros premios, reintegros y múltiples terminaciones que amplían las opciones de ganar.

Un sorteo con alta probabilidad de premio

El Sorteo de El Niño es conocido por su estructura de premios muy repartida, lo que incrementa las posibilidades de obtener algún importe, aunque sea pequeño. Este factor lo convierte en una alternativa muy atractiva para quienes no resultaron premiados en el Sorteo de Navidad.

Cada décimo tiene un precio accesible, lo que favorece la participación masiva en toda España.

Fecha, horario y tradición

El sorteo se celebrará el 6 de enero de 2026, coincidiendo con el Día de Reyes, una fecha cargada de simbolismo. Tradicionalmente, este sorteo pone el broche final a las fiestas navideñas y marca el inicio del año con la esperanza de un golpe de suerte.

Las administraciones de lotería de todo el país ya se preparan para uno de los días con mayor afluencia de jugadores del año.

El Niño, una cita clave en la Lotería Nacional

Con más de siete décadas de historia, el Sorteo de El Niño se ha consolidado como una cita imprescindible para los aficionados a la lotería. Su popularidad se debe tanto a la cuantía total de los premios como a la distribución de los mismos, que alcanza a un gran número de números y terminaciones.

Un comienzo de año lleno de ilusión

El Sorteo de El Niño 2026 vuelve a situarse como una de las grandes oportunidades para empezar el año con optimismo. Con 770 millones de euros en juego, miles de décimos premiados y una tradición muy arraigada, el 6 de enero volverá a ser una fecha marcada en rojo para millones de personas.

Probabilidad

El Sorteo de El Niño 2026 destaca por su alta probabilidad de premio y su amplia repartición de premios. A diferencia de otros sorteos, no solo se juega por el primer premio de 200.000 euros al décimo, sino que también existen segundos y terceros premios, reintegros y terminaciones especiales, lo que multiplica las oportunidades de resultar agraciado. Esta estructura hace que cada décimo tenga más posibilidades de conseguir algún importe, aunque sea menor, convirtiendo al sorteo en una opción atractiva para quienes buscan empezar el año con ilusión y buenas noticias. Con 770 millones de euros en juego, los jugadores tienen más oportunidades de ganar y de participar en un sorteo con tradición y emoción para toda España.

La historia de la Lotería del Niño: un sorteo con tradición centenaria

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