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El Gobierno deja fuera de la desescalada todos los aeropuertos valencianos

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España permitirá la entrada de andorranos y gibraltareños desde Reino Unido

(EUROPA PRESS) –

El Gobierno ha limitado la entrada a España de vuelos y buques de pasaje internacionales a través de 13 puntos de entrada durante el inicio de la desescalada por la crisis del coronavirus para minimizar los riesgos de importar casos procedentes de otros países, según consta en la orden del Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana publicada este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entre los que no se incluye ningún aeródromo valenciano, aunque sí el puerto de València.

En concreto, esta orden ministerial limita a determinados puertos y aeropuertos para que sean los únicos puntos de entrada en España de los vuelos de pasajeros con origen en cualquier aeropuerto situado fuera del territorio nacional y de los buques de pasaje de transbordo rodado y de los que presten servicio de línea regular con origen en cualquier puerto situado fuera con pasajeros que no sean los conductores.

De esta forma, el Gobierno ha designado cinco aeropuertos como punto de entrada, además del Málaga-Costa del Sol, los de Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, Gran Canaria, Adolfo Suarez Madrid-Barajas y Palma de Mallorca.

Por su parte, los puertos seleccionados son los de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, València y Vigo. Esta medida estará en vigor hasta las 00.00 horas del 24 de mayo, sin perjuicio, en su caso, de eventuales prórrogas que pudiesen acordarse.

De esta forma, la orden ministerial adopta medidas específicas para garantizar que en el proceso de desescalada y de flexibilización de las limitaciones a la libre circulación, se minimizan los riesgos de importación de casos que puedan poner en riesgo el proceso iniciado.

El Gobierno ha precisado que estas medidas consisten en limitar los puntos de entrada en España a aquellos puertos y aeropuertos españoles designados como ‘Puntos de Entrada con capacidad de atención a Emergencias de Salud Pública de Importancia Internacional’.

Al mismo tiempo, la orden contempla determinadas excepciones a la citada limitación y prevé mecanismos de flexibilización y revisión en base a necesidades detectadas, capacidades del sistema de salud, así como evolución de la situación de crisis sanitaria.

De esta forma, esta limitación no se aplicará a las aeronaves de Estado, la realización de escalas con fines no comerciales, los vuelos exclusivos de carga ni a los vuelos posicionales, humanitarios, médicos o de emergencia, así como a los buques de Estado o aquellos que transporten carga exclusivamente ni a los que realicen navegaciones con fines humanitarios, médicos o de emergencia.

Estas medidas se suman a las adoptadas en la Orden INT/401/2020, de 11 de mayo, por la que se restablecen temporalmente los controles en las fronteras interiores aéreas y marítimas, con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, para un mejor control de pasajeros.

El Gobierno reitera que esta orden tiene como fin primordial «proteger la salud» y que incluye excepciones y habilitaciones a fin de ir ajustando los puntos de entrada a las necesidades, capacidades y evolución de la crisis sanitaria.

RIBÓ «PUEDE ENTENDER» QUE NO ESTÉ EL AEROPUERTO
Al respecto, el alcalde de València, Joan Ribó, ha planteado que la decisión de que el aeropuerto de Manises no esté en la lista «no le gusta» pero «puede entenderlo», y ha destacado que el puerto de València sí está en la lista.

«El puerto de València es el primero de España, pero el aeropuerto no lo es, yo puedo entender que no estén abiertos todos los aeropuertos y que estén los más importantes», ha manifestado

Por su parte, la portavoz del PP de València, María José Catalá, para quien esta decisión supone que «el Gobierno vuelve a discriminar a la Comunitat Valenciana». «Menos mal que Ábalos es valenciano», ha tuiteado.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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