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El Gobierno prohíbe los despidos por la crisis del coronavirus

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes prohibir por ley el despido por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción derivados de la crisis sanitaria provocadas por el Covid-19, según ha anunciado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que ha precisado que esta medida, de carácter temporal, se articulará a través de una cláusula que impedirá despedir en un «elenco muy importante de supuestos».

En concreto, Trabajo explica que no se considerará justificado el despido por causas relacionadas con la crisis del coronavirus. Tampoco se contabilizará en la duración del contrato temporal el tiempo en el que la actividad de la empresa se interrumpa debido al Covid-19.

Se ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Se trata de una norma de carácter complementario, que clarifica algunos efectos y consecuencias del Real Decreto-ley 8/2020 y que establece nuevos contenidos dirigidos a asegurar una mejor cobertura y una más eficaz aplicación de lo allí establecido. También establece medidas específicas para algunos sectores de actividad y configura un sistema más ágil para la contratación pública durante la crisis sanitaria.

Entre sus principales aspectos cabría destacar:

Mantenimiento de la actividad de los centros sanitarios y de cuidado de mayores y dependientes; se establece que son servicios esenciales, que deben mantener su actividad durante la situación de crisis sanitaria, tanto si son públicos como si son privados, los centros sanitarios y de atención de mayores y dependientes.

Medidas extraordinarias para la protección del empleo. Uno de los principales objetivos del Real Decreto-ley 8/2020 fue establecer mecanismos para asegurar que los contratos se mantuvieran durante la situación de crisis sanitaria. Para reforzarlo la presente norma establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19.

Se agiliza el acceso a la prestación de desempleo y clarificándose su alcance; el presente Real Decreto-ley concreta el mecanismo para que la prestación de desempleo se solicite directamente por parte del empresario que ha tramitado el ERTE. Se especifica cual debe ser la documentación y como debe ser la comunicación por parte del empresario al servicio público de empleo estatal para que la prestación pueda ser reconocida lo antes posible. Asimismo, se establece que la fecha de inicio de la prestación de desempleo será la del momento en que se haya producido la suspensión por fuerza mayor o la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad, con lo que se garantiza la percepción desde el momento en que se produce la falta de actividad.

Reforzamiento de los mecanismos de control. Se establece que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. Asimismo se establece que en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, incluyendo la falta de causa o la falta de necesidad del ERTE, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver a la entidad gestora las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.

Medidas relacionadas con las sociedades cooperativas. Cuando la Asamblea General de las sociedades cooperativas no pueda ser convocada para su celebración a través de medios virtuales, el Consejo Rector asumirá la competencia para aprobar la suspensión total y/o parcial de la prestación de trabajo de sus socias y socios y emitirá la correspondiente certificación para su tramitación.

Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales. La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido en cada una de estas modalidades contractuales.

Medidas para facilitar la contratación pública:

Se establece que la contratación pública para hacer frente al COVID-19 se tramitará por el procedimiento de emergencia, así mismo se establecen medidas específicas para agilizar la contratación durante la crisis sanitaria, particularmente con el exterior.

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El sistema de las pulseras antimaltrato sufre una caída durante varias horas

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El sistema de control telemático de las pulseras antimaltrato ha sufrido este martes una caída temporal que ha afectado al funcionamiento de los dispositivos durante varias horas, según ha confirmado el Ministerio de Igualdad.

El fallo ha provocado que las pulseras electrónicas utilizadas para vigilar a maltratadores dejaran de enviar y recibir señales correctamente, lo que ha generado preocupación entre los cuerpos de seguridad y las víctimas con medidas de protección activas.

Desde el Ministerio aseguran que el problema técnico ya está siendo analizado y que el servicio se ha ido restableciendo progresivamente a lo largo de la tarde. Por el momento, no se tiene constancia de que se haya producido ningún incidente grave durante el periodo de interrupción.

“Ha sido un fallo puntual del sistema central de gestión. La prioridad ha sido garantizar la seguridad de las víctimas y restablecer el servicio lo antes posible”, han indicado fuentes de Igualdad.

📌 Sistema de protección clave para las víctimas de violencia de género

Las pulseras antimaltrato forman parte del programa de seguimiento por medios telemáticos del Ministerio del Interior y el Ministerio de Igualdad, que permite controlar las órdenes de alejamiento en tiempo real.
El sistema envía alertas automáticas a las fuerzas de seguridad si el agresor se aproxima al radio de seguridad de la víctima.

En la actualidad, más de 4.000 dispositivos están activos en toda España, según los últimos datos oficiales.

🔄 Actualización en curso

Fuentes de Igualdad han señalado que se investigan las causas del fallo y que se ofrecerá más información en las próximas horas.

Posibles consecuencias de la caída del sistema de las pulseras antimaltrato

La caída temporal del sistema de control de las pulseras antimaltrato puede tener repercusiones importantes en distintos niveles: seguridad de las víctimas, responsabilidad institucional, confianza pública y revisión tecnológica.

1. 🔒 Riesgo temporal para las víctimas con medidas de protección

Durante las horas en que los dispositivos dejaron de funcionar:

  • No se activaron alertas automáticas si un agresor se acercaba al perímetro de seguridad.

  • Las víctimas pudieron quedar desprotegidas ante un posible incumplimiento de la orden de alejamiento.

  • Las fuerzas de seguridad tuvieron que reforzar la vigilancia manualmente, con llamadas directas o patrullas preventivas.

Aunque Igualdad afirma que no hubo incidentes graves, este tipo de interrupciones pone en evidencia la vulnerabilidad del sistema ante fallos técnicos.

2. 🧑‍⚖️ Posibles implicaciones legales y de responsabilidad

  • Si alguna víctima hubiera sufrido un incidente durante la caída, podrían derivarse responsabilidades patrimoniales o penales para la Administración.

  • Se revisará si existía un protocolo de contingencia adecuado, y si se activó correctamente.

  • En caso de deficiencias estructurales, el proveedor tecnológico del sistema también podría ser investigado.

3. 🏛️ Repercusiones políticas e institucionales

  • La oposición podría exigir explicaciones inmediatas al Ministerio de Igualdad y al Ministerio del Interior.

  • Podrían pedirse comparecencias en el Congreso para aclarar las causas del fallo y garantizar que no vuelva a suceder.

  • Si se detecta una falta de supervisión técnica, se cuestionará la gestión y la seguridad del sistema VioGén, que coordina toda la red de protección.

4. 🧠 Pérdida de confianza en el sistema de protección

  • Las víctimas y sus familias podrían perder confianza en la fiabilidad de las pulseras, generando miedo o inseguridad.

  • También se puede afectar la imagen pública del sistema, que desde su implantación en 2009 ha sido una herramienta clave en la lucha contra la violencia de género.

5. ⚙️ Revisión técnica y auditoría del sistema

  • El fallo obligará a realizar una auditoría informática completa para determinar el origen del problema (servidores, red, software o mantenimiento).

  • Podrían implementarse nuevas medidas de redundancia, con servidores espejo o sistemas de respaldo para evitar futuras caídas.

  • También se revisará la colaboración entre Igualdad, Interior y las empresas tecnológicas que gestionan los dispositivos.

 

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