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El Gobierno prohíbe los despidos por la crisis del coronavirus

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El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes prohibir por ley el despido por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción derivados de la crisis sanitaria provocadas por el Covid-19, según ha anunciado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, que ha precisado que esta medida, de carácter temporal, se articulará a través de una cláusula que impedirá despedir en un «elenco muy importante de supuestos».

En concreto, Trabajo explica que no se considerará justificado el despido por causas relacionadas con la crisis del coronavirus. Tampoco se contabilizará en la duración del contrato temporal el tiempo en el que la actividad de la empresa se interrumpa debido al Covid-19.

Se ha aprobado un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19. Se trata de una norma de carácter complementario, que clarifica algunos efectos y consecuencias del Real Decreto-ley 8/2020 y que establece nuevos contenidos dirigidos a asegurar una mejor cobertura y una más eficaz aplicación de lo allí establecido. También establece medidas específicas para algunos sectores de actividad y configura un sistema más ágil para la contratación pública durante la crisis sanitaria.

Entre sus principales aspectos cabría destacar:

Mantenimiento de la actividad de los centros sanitarios y de cuidado de mayores y dependientes; se establece que son servicios esenciales, que deben mantener su actividad durante la situación de crisis sanitaria, tanto si son públicos como si son privados, los centros sanitarios y de atención de mayores y dependientes.

Medidas extraordinarias para la protección del empleo. Uno de los principales objetivos del Real Decreto-ley 8/2020 fue establecer mecanismos para asegurar que los contratos se mantuvieran durante la situación de crisis sanitaria. Para reforzarlo la presente norma establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19.

Se agiliza el acceso a la prestación de desempleo y clarificándose su alcance; el presente Real Decreto-ley concreta el mecanismo para que la prestación de desempleo se solicite directamente por parte del empresario que ha tramitado el ERTE. Se especifica cual debe ser la documentación y como debe ser la comunicación por parte del empresario al servicio público de empleo estatal para que la prestación pueda ser reconocida lo antes posible. Asimismo, se establece que la fecha de inicio de la prestación de desempleo será la del momento en que se haya producido la suspensión por fuerza mayor o la fecha en que la empresa comunique su decisión a la autoridad, con lo que se garantiza la percepción desde el momento en que se produce la falta de actividad.

Reforzamiento de los mecanismos de control. Se establece que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social incluirá entre sus planes de actuación la comprobación de las causas alegadas para los ERTE. Asimismo se establece que en caso de solicitudes con falsedades e incorrecciones, incluyendo la falta de causa o la falta de necesidad del ERTE, el empresario podrá ser sancionado y deberá devolver a la entidad gestora las cuantías percibidas en concepto de desempleo por los trabajadores.

Medidas relacionadas con las sociedades cooperativas. Cuando la Asamblea General de las sociedades cooperativas no pueda ser convocada para su celebración a través de medios virtuales, el Consejo Rector asumirá la competencia para aprobar la suspensión total y/o parcial de la prestación de trabajo de sus socias y socios y emitirá la correspondiente certificación para su tramitación.

Interrupción del cómputo de la duración máxima de los contratos temporales. La suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad, supondrá la interrupción del cómputo, tanto de la duración de estos contratos como de los periodos de referencia equivalentes al periodo suspendido en cada una de estas modalidades contractuales.

Medidas para facilitar la contratación pública:

Se establece que la contratación pública para hacer frente al COVID-19 se tramitará por el procedimiento de emergencia, así mismo se establecen medidas específicas para agilizar la contratación durante la crisis sanitaria, particularmente con el exterior.

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El Tribunal Supremo ordena la puesta en libertad de Santos Cerdán tras casi cinco meses en prisión provisional por el ‘caso Koldo’

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Santos Cerdán
Santos Cerdán

El Tribunal Supremo ha decretado la puesta en libertad del ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, quien llevaba casi cinco meses en prisión provisional por su presunta implicación en la trama de amaño de contratos públicos investigada dentro del conocido como ‘caso Koldo’. La decisión supone un giro relevante en uno de los procedimientos judiciales más mediáticos de los últimos años y marca una nueva fase en la evolución del caso.

Cerdán, detenido e investigado por su presunta participación en adjudicaciones irregulares de obra pública, ingresó en prisión como medida cautelar ante el riesgo de destrucción de pruebas y de posible fuga. Sin embargo, la Sala Penal del Supremo ha considerado ahora que esas circunstancias han disminuido lo suficiente como para optar por medidas menos restrictivas que la privación de libertad.


Motivos de la decisión del Supremo

Según fuentes jurídicas, el alto tribunal entiende que la instrucción del caso se encuentra en un estado suficientemente avanzado como para descartar la necesidad de mantener la prisión provisional. La documentación intervenida, el análisis de contratos y los testimonios ya recabados habrían reducido notablemente el riesgo de interferencia en la investigación.

El Supremo también ha valorado que, en este momento del procedimiento, la medida de prisión preventiva debe justificarse de manera estricta y proporcionada. En consecuencia, la Sala ha acordado la libertad de Cerdán, previsiblemente condicionada a medidas como la retirada del pasaporte o comparecencias periódicas en el juzgado, aunque los detalles concretos se darán a conocer en las próximas horas.


Un caso que ha sacudido el panorama político

La implicación de Santos Cerdán en el ‘caso Koldo’ provocó un fuerte impacto político desde su detención. Como figura clave del Partido Socialista, su arresto abrió una crisis interna y alimentó el debate sobre la responsabilidad política en tramas relacionadas con contrataciones públicas. El caso se centra en la supuesta adjudicación irregular de obra pública y otros contratos mediante favores, comisiones y presiones ejercidas por diversos implicados.

El nombre del ex secretario de Organización apareció vinculado al entramado a través de distintos testimonios, conversaciones telefónicas y documentación que sugería su posible intervención en la estructura decisoria de las adjudicaciones. La Fiscalía Anticorrupción defendió la prisión provisional para evitar la manipulación de pruebas y garantizar el avance de la investigación.


Reacciones tras la puesta en libertad

La salida de prisión de Cerdán ha generado distintas reacciones dentro del ámbito político y judicial. En el PSOE, algunos dirigentes han recibido la noticia como un respiro, aunque el partido ha evitado pronunciarse de forma contundente hasta que avance la instrucción. Sectores de la oposición han subrayado que su libertad no implica exoneración, recordando que el proceso penal continúa abierto y que se esperan nuevas actuaciones.

Por su parte, el entorno del ex dirigente socialista ha expresado satisfacción por la decisión del Supremo y ha reiterado su confianza en que Cerdán pueda demostrar su inocencia a lo largo del procedimiento.


Lo que queda por delante en el proceso judicial

La puesta en libertad no supone el fin del proceso. El Supremo seguirá practicando diligencias en los próximos meses y está previsto que se produzcan nuevas comparecencias y posibles ampliaciones de las imputaciones. La instrucción del ‘caso Koldo’ continúa siendo compleja, con numerosas piezas separadas y una red de implicados que incluye cargos públicos, empresarios y asesores.

El tribunal deberá determinar finalmente si Cerdán participó en decisiones clave dentro de la presunta trama de amaño de contratos o si su papel fue tangencial, tal como sostiene su defensa.


Conclusión

La decisión del Tribunal Supremo de dejar en libertad a Santos Cerdán marca un punto de inflexión en el ‘caso Koldo’ y reconfigura el escenario judicial y político en torno a una de las tramas más controvertidas de los últimos años. La investigación continúa, pero el ex secretario de Organización del PSOE afrontará ahora el proceso en libertad, después de casi cinco meses de prisión provisional.

La UCO señala que la empresa vinculada a Cerdán recibía «el 2%» de las adjudicaciones logradas con Acciona

Un nuevo informe de la UCO sitúa a Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, como «enlace» entre Gobierno y la empresa Acciona para el presunto amaño de obra pública. El informe, al que ha tenido acceso Antena 3 Noticias, destaca que Cerdán habría llevado labores de intermediación «directamente» con Acciona.

La UCO pone de relieve la identificación de cinco licitaciones otorgadas a Acciona Construcción con las que «según Koldo, se habría originado una deuda con Ábalos y este mismo, que debería ser satisfecha a través de Santos, por valor de, al menos 1.070.000 €».

Según el informe, de esta cantidad «se habrían cobrado, al menos, 620.000 €«. Asimismo, se asocian importes de adjudicaciones relacionadas con dos licitaciones de ADIF AV en Murcia.

Por su parte, la UCO señala que el ex secretario de Organización del PSOE así como su «entorno familiar» se beneficiaron de Servinabar.

 

 

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