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El juez acuerda cesar la ozonoterapia al paciente de La Plana el 1 septiembre

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Castelló, 27 ago (EFE).- El magistrado del Juzgado de lo Concencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha levantado la medida cautelarísima que permitía a un paciente con covid ingresado en el Hospital de La Plana de Vila-real recibir un tratamiento externo con ozono, aunque será a partir del 1 de septiembre cuando ya no estará autorizada la aplicación de esta terapia.

Así consta en el auto al que ha tenido acceso EFE, un escrito en el que suspende la medida que autorizó el pasado 13 de agosto la aplicación al paciente, que estaba ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del centro hospitalario castellonense, de un tratamiento de ozonoterapia que ha estado prestándose por personal externo al centro.

Una terapia no autorizada en la sanidad pública y que no cuenta con la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para su aplicación en humanos, según han insistido en las últimas semanas los responsables sanitarios, el personal del Departamento de Salud de La Plana así como diferentes colegios profesionales médicos.

El auto recuerda que el 13 de agosto, a petición de la familia del hombre ingresado, se autorizó esta terapia «por encontrarse su vida en peligro grave y no haber surtido efecto positivo los tratamientos dispensados hasta la fecha en la UCI del Hospital de La Plana, sin que en ningún caso pueda derivarse responsabilidad alguna al Hospital por las posibles consecuencias adversas que pudieran derivarse de la administración de dicho tratamiento, que corresponderá en su caso, tanto al médico propuesto, como a la familia del paciente, manteniendo así el sentido de la resolución dictada».

La Abogacía de la Generalitat presentó un recurso pidiendo esta medida cautelar y se dio un plazo a las partes para presentar sus alegaciones, que se han estudiado y han dado como resultado la suspensión.

También recuerda el auto que el 25 de agosto la familia del paciente presentó un escrito en el que comunicaba que «tenía intención de trasladar al paciente a otro centro», aunque a fecha de hoy «no consta el traslado».

El auto explica que las circunstancias actuales «no son las que concurrían el 13 de agosto» y, por ello, atendiendo a los fundamentos jurídicos, «la solicitud del particular debe ceder ante la negativa razonada de los médicos que atienden al paciente, negativa basada en que el tratamiento demandado no está previsto en las guías y protocolos médicos aplicables en los hospitales públicos españoles».

Así como que «ni el uso específico del producto, en este caso, está autorizado por la Agencia Española del Medicamento, ni las Administraciones competentes certifican que su uso específico en el caso que nos ocupa reviste las garantías necesarias, ni certifican la superación de las pruebas o ensayos clínicos necesarios conforme a normativa».

Estas circunstancias, explica el magistrado, «lo que pretenden, precisamente, es salvaguardar la salud de éste y los demás pacientes, revistiendo al sistema público de salud de las necesarias garantías para su funcionamiento».

«Lo contrario equivaldría a sostener que la normativa de nuestro ordenamiento jurídico relativa a los trámites, ensayos, pruebas y autorizaciones relativas a productos o tratamientos de uso sanitario carecen de utilidad y pueden obviarse por la simple elección de un particular, cuando lo cierto es que toda esa normativa lo que trata es de proteger la vida y la salud de las personas, garantizando que los productos, sustancias o tratamientos que emplea la sanidad pública hayan demostrado, dentro de una exigencia lógica, su eficacia y beneficio para los fines de la medicina», añade el auto.

El escrito sostiene que se ha producido y acreditado un «cambio sustancial» de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de la medida cautelar, lo que permite modificarla y, en este caso, levantarla pues «ya no se cumplen los requisitos previstos para su adopción».

No obstante, el magistrado apela a la prudencia, para evitar «eventuales cambios súbitos en el tratamiento médico» y posibilitar que la familia, si lo considera oportuno, proceda al traslado del paciente a otro centro, y acuerda diferir el cese de la terapia al 1 de septiembre.

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Qué son las nevadas efecto lago que podrían producirse en España en los próximos días: así funcionan y por qué llegarán ahora

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Nevadas efecto lago
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La nieve llega a España. Tras vivir una semana marcada por lluvias intensas debido a la borrasca Claudia, nuestro país se enfrenta ahora a un nuevo cambio de tiempo. Y es que una masa de aire ártico marítima va a entrar en el territorio dejando un ambiente invernal que hará que las temperaturas se desplomen de forma generalizada y la nieve haga acto de presencia en diferentes zonas.

Este lunes las lluvias serán las protagonistas en el Cantábrico y con chubascos en la parte oeste y sur. El martes habrá un tiempo algo más estable, pero será a partir del miércoles cuando se empiece a notar los efectos de este frente frío, con nevadas y heladas en varios puntos durante los siguientes días.

Lo cierto es que esas nevadas se pueden dar en zonas bajas, es decir, que la cota de nieve se puede situar a nivel del suelo o 500 metros en algunos puntos. Esto se debe a que serán nevadas efecto lago, un fenómeno poco frecuente en España, pero posible cuando se combinan temperaturas muy bajas, aire húmedo y una orografía concreta.

¿Qué son exactamente las nevadas efecto lago?

Las nevadas efecto lago, conocidas internacionalmente como lake-effect snow, son precipitaciones en forma de nieve que se forman cuando una masa de aire muy frío pasa de manera prolongada sobre aguas relativamente cálidas. Ese contraste térmico provoca que el aire se cargue rápidamente de humedad y de “energía”, generando nubes convectivas de gran desarrollo vertical en un entorno muy frío y altamente inestable, según explica Meteored.

En otras palabras, el aire frío recoge humedad del mar o de grandes masas de agua y, al llegar a tierra, libera esa humedad en forma de nieve intensa.

Por qué este fenómeno puede darse ahora en España

Meteored explica que cuando esta masa de aire frío e inestable impacta contra tierra o una barrera montañosa, las nubes convectivas se realzan por movimientos verticales forzados, generando nevadas copiosas en períodos de tiempo muy cortos.

Este tipo de nevadas es habitual en los Grandes Lagos entre Canadá y Estados Unidos, donde pueden acumular decenas de centímetros de nieve en pocas horas. Aunque en España es menos frecuente, se puede producir en zonas cercanas al mar, especialmente cuando coinciden una entrada de aire ártico y temperaturas del agua todavía relativamente templadas.

Según Meteored, estas condiciones podrían darse esta semana en el norte de las islas británicas, Francia y también en el norte de España. El aire frío entrará el 20 de noviembre y se mantendrá hasta el día siguiente, dejando la cota de nieve prácticamente al nivel del suelo en zonas septentrionales.

Por ejemplo, está previsto que en ciudades como Santander o Bilbao la cota de nieve se sitúe entre los 500 y 700 metros, lo que podría dejar imágenes invernales adelantadas a finales de noviembre.

Un episodio invernal temprano y con características poco comunes

La llegada de una masa de aire ártico marítimo tan fría en estas fechas, unida al mar aún templado tras el otoño, crea el escenario idóneo para que este fenómeno meteorológico poco habitual deje nevadas llamativas en áreas próximas a la costa Cantábrica.

Los meteorólogos advierten que estos episodios, aunque breves, pueden generar acumulaciones significativas en poco tiempo, cambios bruscos de visibilidad y complicaciones en la movilidad.

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