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El juez acuerda cesar la ozonoterapia al paciente de La Plana el 1 septiembre

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Castelló, 27 ago (EFE).- El magistrado del Juzgado de lo Concencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha levantado la medida cautelarísima que permitía a un paciente con covid ingresado en el Hospital de La Plana de Vila-real recibir un tratamiento externo con ozono, aunque será a partir del 1 de septiembre cuando ya no estará autorizada la aplicación de esta terapia.

Así consta en el auto al que ha tenido acceso EFE, un escrito en el que suspende la medida que autorizó el pasado 13 de agosto la aplicación al paciente, que estaba ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del centro hospitalario castellonense, de un tratamiento de ozonoterapia que ha estado prestándose por personal externo al centro.

Una terapia no autorizada en la sanidad pública y que no cuenta con la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para su aplicación en humanos, según han insistido en las últimas semanas los responsables sanitarios, el personal del Departamento de Salud de La Plana así como diferentes colegios profesionales médicos.

El auto recuerda que el 13 de agosto, a petición de la familia del hombre ingresado, se autorizó esta terapia «por encontrarse su vida en peligro grave y no haber surtido efecto positivo los tratamientos dispensados hasta la fecha en la UCI del Hospital de La Plana, sin que en ningún caso pueda derivarse responsabilidad alguna al Hospital por las posibles consecuencias adversas que pudieran derivarse de la administración de dicho tratamiento, que corresponderá en su caso, tanto al médico propuesto, como a la familia del paciente, manteniendo así el sentido de la resolución dictada».

La Abogacía de la Generalitat presentó un recurso pidiendo esta medida cautelar y se dio un plazo a las partes para presentar sus alegaciones, que se han estudiado y han dado como resultado la suspensión.

También recuerda el auto que el 25 de agosto la familia del paciente presentó un escrito en el que comunicaba que «tenía intención de trasladar al paciente a otro centro», aunque a fecha de hoy «no consta el traslado».

El auto explica que las circunstancias actuales «no son las que concurrían el 13 de agosto» y, por ello, atendiendo a los fundamentos jurídicos, «la solicitud del particular debe ceder ante la negativa razonada de los médicos que atienden al paciente, negativa basada en que el tratamiento demandado no está previsto en las guías y protocolos médicos aplicables en los hospitales públicos españoles».

Así como que «ni el uso específico del producto, en este caso, está autorizado por la Agencia Española del Medicamento, ni las Administraciones competentes certifican que su uso específico en el caso que nos ocupa reviste las garantías necesarias, ni certifican la superación de las pruebas o ensayos clínicos necesarios conforme a normativa».

Estas circunstancias, explica el magistrado, «lo que pretenden, precisamente, es salvaguardar la salud de éste y los demás pacientes, revistiendo al sistema público de salud de las necesarias garantías para su funcionamiento».

«Lo contrario equivaldría a sostener que la normativa de nuestro ordenamiento jurídico relativa a los trámites, ensayos, pruebas y autorizaciones relativas a productos o tratamientos de uso sanitario carecen de utilidad y pueden obviarse por la simple elección de un particular, cuando lo cierto es que toda esa normativa lo que trata es de proteger la vida y la salud de las personas, garantizando que los productos, sustancias o tratamientos que emplea la sanidad pública hayan demostrado, dentro de una exigencia lógica, su eficacia y beneficio para los fines de la medicina», añade el auto.

El escrito sostiene que se ha producido y acreditado un «cambio sustancial» de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de la medida cautelar, lo que permite modificarla y, en este caso, levantarla pues «ya no se cumplen los requisitos previstos para su adopción».

No obstante, el magistrado apela a la prudencia, para evitar «eventuales cambios súbitos en el tratamiento médico» y posibilitar que la familia, si lo considera oportuno, proceda al traslado del paciente a otro centro, y acuerda diferir el cese de la terapia al 1 de septiembre.

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Iberia prolonga hasta el 31 de diciembre la suspensión de vuelos a Venezuela

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Iberia cancela vuelos Venezuela
Iberia

Iberia ha decidido extender durante un mes adicional la suspensión de todas sus conexiones aéreas con Venezuela, una medida que se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre.
La aerolínea adopta esta ampliación tras las recomendaciones emitidas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), según informó este lunes.

Esta decisión afecta a toda la programación de vuelos entre España y Venezuela durante el resto del año, mientras la compañía continúa evaluando la situación para determinar los próximos pasos.

 

 Las acusaciones del INAC

El organismo venezolano ha justificado la decisión al considerar que estas aerolíneas han paralizado sus vuelos “basándose en un NOTAM emitido por una autoridad sin competencia en la FIR Maiquetía”, el espacio aéreo que controla el aeropuerto internacional Simón Bolívar, en Caracas.

Según el INAC, esta suspensión constituye alinearse con una “acción de terrorismo de Estado” atribuida al Gobierno de Estados Unidos, que días atrás emitió un aviso a las aerolíneas recomendando “extremar la precaución” debido al deterioro de la seguridad y al aumento de la actividad militar en el país.

Iberia y el resto de aerolíneas habían suspendido vuelos por seguridad

La española Iberia anunció el sábado la suspensión temporal de sus rutas con Caracas tras la alerta de la Administración Federal de Aviación (FAA), que instó a evitar riesgos operativos “a todas las altitudes”. La compañía aseguró que la seguridad de pasajeros y tripulación sigue siendo su prioridad.

Otras aerolíneas europeas y latinoamericanas adoptaron decisiones similares, todas fundamentadas en riesgos operativos y no en motivos políticos, según comunicaron de manera oficial.

 Cabello acusa a EE. UU. de intervenir en espacio aéreo ajeno

En paralelo, el ministro de Interior venezolano, Diosdado Cabello, denunció en la cadena estatal VTV que Estados Unidos “emitió un NOTAM que abarca espacio aéreo de varios países, no sólo el de Venezuela”, criticando que, aun así, “las aerolíneas siguen volando a esos países sin problema, pero de repente decidieron no volar a Venezuela”.

Cabello afirmó que se trata de una acción “coordinada” que, en su opinión, pretende influir políticamente en el país y afectar a su conectividad internacional.

Impacto y situación actual

Con esta decisión, Venezuela reduce drásticamente su oferta de vuelos internacionales, afectando a rutas clave con Europa y América Latina. Las aerolíneas aún no han comunicado si recurrirán la revocación ni cuándo podrían reanudar operaciones.

Mientras tanto, el INAC sostiene que Venezuela mantiene condiciones de seguridad adecuadas y acusa a los gobiernos extranjeros de “presiones políticas” que, a su juicio, buscan aislar al país.

 

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