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El juez acuerda cesar la ozonoterapia al paciente de La Plana el 1 septiembre

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Castelló, 27 ago (EFE).- El magistrado del Juzgado de lo Concencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha levantado la medida cautelarísima que permitía a un paciente con covid ingresado en el Hospital de La Plana de Vila-real recibir un tratamiento externo con ozono, aunque será a partir del 1 de septiembre cuando ya no estará autorizada la aplicación de esta terapia.

Así consta en el auto al que ha tenido acceso EFE, un escrito en el que suspende la medida que autorizó el pasado 13 de agosto la aplicación al paciente, que estaba ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del centro hospitalario castellonense, de un tratamiento de ozonoterapia que ha estado prestándose por personal externo al centro.

Una terapia no autorizada en la sanidad pública y que no cuenta con la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para su aplicación en humanos, según han insistido en las últimas semanas los responsables sanitarios, el personal del Departamento de Salud de La Plana así como diferentes colegios profesionales médicos.

El auto recuerda que el 13 de agosto, a petición de la familia del hombre ingresado, se autorizó esta terapia «por encontrarse su vida en peligro grave y no haber surtido efecto positivo los tratamientos dispensados hasta la fecha en la UCI del Hospital de La Plana, sin que en ningún caso pueda derivarse responsabilidad alguna al Hospital por las posibles consecuencias adversas que pudieran derivarse de la administración de dicho tratamiento, que corresponderá en su caso, tanto al médico propuesto, como a la familia del paciente, manteniendo así el sentido de la resolución dictada».

La Abogacía de la Generalitat presentó un recurso pidiendo esta medida cautelar y se dio un plazo a las partes para presentar sus alegaciones, que se han estudiado y han dado como resultado la suspensión.

También recuerda el auto que el 25 de agosto la familia del paciente presentó un escrito en el que comunicaba que «tenía intención de trasladar al paciente a otro centro», aunque a fecha de hoy «no consta el traslado».

El auto explica que las circunstancias actuales «no son las que concurrían el 13 de agosto» y, por ello, atendiendo a los fundamentos jurídicos, «la solicitud del particular debe ceder ante la negativa razonada de los médicos que atienden al paciente, negativa basada en que el tratamiento demandado no está previsto en las guías y protocolos médicos aplicables en los hospitales públicos españoles».

Así como que «ni el uso específico del producto, en este caso, está autorizado por la Agencia Española del Medicamento, ni las Administraciones competentes certifican que su uso específico en el caso que nos ocupa reviste las garantías necesarias, ni certifican la superación de las pruebas o ensayos clínicos necesarios conforme a normativa».

Estas circunstancias, explica el magistrado, «lo que pretenden, precisamente, es salvaguardar la salud de éste y los demás pacientes, revistiendo al sistema público de salud de las necesarias garantías para su funcionamiento».

«Lo contrario equivaldría a sostener que la normativa de nuestro ordenamiento jurídico relativa a los trámites, ensayos, pruebas y autorizaciones relativas a productos o tratamientos de uso sanitario carecen de utilidad y pueden obviarse por la simple elección de un particular, cuando lo cierto es que toda esa normativa lo que trata es de proteger la vida y la salud de las personas, garantizando que los productos, sustancias o tratamientos que emplea la sanidad pública hayan demostrado, dentro de una exigencia lógica, su eficacia y beneficio para los fines de la medicina», añade el auto.

El escrito sostiene que se ha producido y acreditado un «cambio sustancial» de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de la medida cautelar, lo que permite modificarla y, en este caso, levantarla pues «ya no se cumplen los requisitos previstos para su adopción».

No obstante, el magistrado apela a la prudencia, para evitar «eventuales cambios súbitos en el tratamiento médico» y posibilitar que la familia, si lo considera oportuno, proceda al traslado del paciente a otro centro, y acuerda diferir el cese de la terapia al 1 de septiembre.

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Todo lo que debemos saber sobre la peste porcina africana tras confirmarse los primeros casos en España 

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El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha confirmado los dos primeros casos de peste porcina africana (PPA) en España desde 1994. Se trata de dos jabalíes hallados muertos en los alrededores del campus de Bellaterra de la Universitat Autònoma de Barcelona, en Cerdanyola del Vallès. La detección se produjo los días 25 y 26 de noviembre y ha sido notificada por los servicios veterinarios oficiales de Cataluña.

Este hallazgo supone un hecho relevante para el sector porcino español —uno de los más potentes del mundo— y activa todos los protocolos de bioseguridad, control y vigilancia epidemiológica.

Qué es la peste porcina africana y por qué preocupa tanto

La peste porcina africana es una enfermedad vírica altamente contagiosa que afecta exclusivamente a cerdos domésticos y jabalíes.
No es zoonósica, es decir, no afecta a los humanos ni se transmite por consumo de carne, pero tiene un impacto devastador en la producción ganadera y en el comercio internacional de porcino.

¿Cómo se transmite?

  • Contacto directo entre animales infectados.

  • Restos biológicos, secreciones y cadáveres.

  • Piensos, vehículos o materiales contaminados.

  • Movimientos de fauna silvestre, especialmente jabalíes.

La enfermedad no tiene cura ni vacuna efectiva a nivel comercial en Europa, por lo que la prevención y la detección temprana son esenciales.

Dónde se han detectado los casos y qué zonas están afectadas

Tras la confirmación, el MAPA ha delimitado un área de vigilancia de 20 kilómetros, que incluye 64 municipios y afecta directamente a 39 explotaciones porcinas.

Zonas con mayores restricciones

En el radio más cercano (6 km) se han decretado medidas excepcionales:

  • Cierre total del acceso al medio natural.

  • Suspensión de actividades de caza y trabajos forestales.

  • Prohibición de actividades en zonas rústicas por razones de bioseguridad.

  • Instalación de barreras físicas y trampas para controlar jabalíes.

  • Restricciones en el Parque Natural de Collserola.

Los municipios afectados incluyen Sabadell, Sant Quirze del Vallès, Polinyà, Santa Perpètua de Mogoda, Montcada i Reixac, Ripollet, Barberà del Vallès, Badia del Vallès, Cerdanyola del Vallès, Sant Cugat, Terrassa y Rubí, entre otros.

Impacto en las granjas y en el sector porcino

Interporc ha informado de que todas las explotaciones de la zona verán restringida su actividad y los movimientos de entrada y salida. Además, se han activado inspecciones clínicas, análisis epidemiológicos y la toma de muestras.

El conseller Òscar Ordeig ha advertido del “gran impacto” económico, especialmente por el freno a las exportaciones.
El porcino supone el 19,3% de las exportaciones agroalimentarias de Cataluña, con unas 14 industrias de Barcelona potencialmente afectadas por el bloqueo comercial, especialmente hacia China. Si el confinamiento de granjas se prolonga un año, tal y como estima el Govern, el impacto será notable.

La importancia de la detección temprana

La Interprofesional destaca que estos dos casos se han detectado de forma precoz, lo que pone de manifiesto el alto nivel de vigilancia sanitaria en España y la coordinación entre administraciones.
España es un referente mundial en control sanitario porcino, una posición que debe protegerse para mantener la competitividad del sector.

La labor de los cazadores y el control de la fauna silvestre

La Federación Española de Caza ha recordado que los cazadores son fundamentales en:

  • La detección de cadáveres.

  • El control poblacional del jabalí, principal reservorio.

  • La vigilancia sanitaria en el territorio.

Además, llama a extremar la manipulación higiénica de piezas, gestionar adecuadamente los subproductos y evitar movimientos no autorizados de restos biológicos.

¿Por qué el jabalí es clave en la expansión de la enfermedad?

El jabalí es el principal vector de expansión en Europa. La OMSA advierte que, desde 2022, la PPA ha provocado la muerte de 2,2 millones de cerdos en 69 países, siendo Europa la región más afectada, con más de 30.000 focos entre cerdos y jabalíes en tres años.

Organizaciones agrarias como Unión de Uniones reclaman desde hace años un mayor control de fauna silvestre para evitar que enfermedades como esta encuentren un reservorio permanente.

Qué medidas se están aplicando en España

Agricultura insiste en extremar la bioseguridad:

  • Limpieza y desinfección estricta de vehículos y materiales.

  • Control de acceso a explotaciones.

  • Limitación de visitas y movimiento de animales.

  • Vigilancia activa en jabalíes y cerdos.

  • Comunicación inmediata ante cualquier sospecha.

Qué puede suceder ahora

Con la activación del plan de contingencia:

  • Se intensificará la vigilancia epidemiológica.

  • Se rastreará el origen de la introducción del virus.

  • Se delimitarán nuevas zonas si aparecen más casos.

  • Se mantendrán las restricciones comerciales hasta que se declare oficialmente libre de enfermedad.

El objetivo es frenar la expansión, proteger al sector porcino y evitar que España pierda su estatus sanitario internacional, que ha costado décadas consolidar.

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