Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El juez acuerda cesar la ozonoterapia al paciente de La Plana el 1 septiembre

Publicado

en

Castelló, 27 ago (EFE).- El magistrado del Juzgado de lo Concencioso-Administrativo número 1 de Castellón ha levantado la medida cautelarísima que permitía a un paciente con covid ingresado en el Hospital de La Plana de Vila-real recibir un tratamiento externo con ozono, aunque será a partir del 1 de septiembre cuando ya no estará autorizada la aplicación de esta terapia.

Así consta en el auto al que ha tenido acceso EFE, un escrito en el que suspende la medida que autorizó el pasado 13 de agosto la aplicación al paciente, que estaba ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del centro hospitalario castellonense, de un tratamiento de ozonoterapia que ha estado prestándose por personal externo al centro.

Una terapia no autorizada en la sanidad pública y que no cuenta con la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios para su aplicación en humanos, según han insistido en las últimas semanas los responsables sanitarios, el personal del Departamento de Salud de La Plana así como diferentes colegios profesionales médicos.

El auto recuerda que el 13 de agosto, a petición de la familia del hombre ingresado, se autorizó esta terapia «por encontrarse su vida en peligro grave y no haber surtido efecto positivo los tratamientos dispensados hasta la fecha en la UCI del Hospital de La Plana, sin que en ningún caso pueda derivarse responsabilidad alguna al Hospital por las posibles consecuencias adversas que pudieran derivarse de la administración de dicho tratamiento, que corresponderá en su caso, tanto al médico propuesto, como a la familia del paciente, manteniendo así el sentido de la resolución dictada».

La Abogacía de la Generalitat presentó un recurso pidiendo esta medida cautelar y se dio un plazo a las partes para presentar sus alegaciones, que se han estudiado y han dado como resultado la suspensión.

También recuerda el auto que el 25 de agosto la familia del paciente presentó un escrito en el que comunicaba que «tenía intención de trasladar al paciente a otro centro», aunque a fecha de hoy «no consta el traslado».

El auto explica que las circunstancias actuales «no son las que concurrían el 13 de agosto» y, por ello, atendiendo a los fundamentos jurídicos, «la solicitud del particular debe ceder ante la negativa razonada de los médicos que atienden al paciente, negativa basada en que el tratamiento demandado no está previsto en las guías y protocolos médicos aplicables en los hospitales públicos españoles».

Así como que «ni el uso específico del producto, en este caso, está autorizado por la Agencia Española del Medicamento, ni las Administraciones competentes certifican que su uso específico en el caso que nos ocupa reviste las garantías necesarias, ni certifican la superación de las pruebas o ensayos clínicos necesarios conforme a normativa».

Estas circunstancias, explica el magistrado, «lo que pretenden, precisamente, es salvaguardar la salud de éste y los demás pacientes, revistiendo al sistema público de salud de las necesarias garantías para su funcionamiento».

«Lo contrario equivaldría a sostener que la normativa de nuestro ordenamiento jurídico relativa a los trámites, ensayos, pruebas y autorizaciones relativas a productos o tratamientos de uso sanitario carecen de utilidad y pueden obviarse por la simple elección de un particular, cuando lo cierto es que toda esa normativa lo que trata es de proteger la vida y la salud de las personas, garantizando que los productos, sustancias o tratamientos que emplea la sanidad pública hayan demostrado, dentro de una exigencia lógica, su eficacia y beneficio para los fines de la medicina», añade el auto.

El escrito sostiene que se ha producido y acreditado un «cambio sustancial» de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la adopción de la medida cautelar, lo que permite modificarla y, en este caso, levantarla pues «ya no se cumplen los requisitos previstos para su adopción».

No obstante, el magistrado apela a la prudencia, para evitar «eventuales cambios súbitos en el tratamiento médico» y posibilitar que la familia, si lo considera oportuno, proceda al traslado del paciente a otro centro, y acuerda diferir el cese de la terapia al 1 de septiembre.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Rey Felipe VI impone el Toisón de Oro a la Reina Sofía y a destacados españoles en el Palacio Real

Publicado

en

Madrid, 21 de noviembre de 2025 – Su Majestad el Rey Felipe VI, acompañado de Doña Letizia y de sus hijas, la Princesa de Asturias y la Infanta Doña Sofía, ha presidido este viernes la ceremonia de imposición del Collar de la Insigne Orden del Toisón de Oro a Su Majestad la Reina Doña Sofía, por “su dedicación y entrega al servicio de España y de la Corona”.

Además de la Reina Sofía, fueron condecorados el expresidente Felipe González, y los padres de la Constitución, Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón y Miquel Roca i Junyent, en reconocimiento a su contribución al ordenamiento constitucional y la convivencia en España.

Recepción en el Palacio Real

A su llegada al Palacio Real de Madrid, los Reyes y sus hijas fueron recibidos por Ana de la Cueva, presidenta del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Posteriormente, se dirigieron al Salón de Teniers, donde recibieron el saludo de altas autoridades del Estado, incluyendo al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, el presidente del Senado, Pedro Rollán, y la presidenta del Tribunal Supremo, María Isabel Perelló.

Discurso del Rey Felipe VI

En el Salón del Trono, Don Felipe pronunció un discurso en el que destacó que “la firme voluntad de la Corona contribuyó decisivamente a abrir en nuestro país el camino hacia la democracia (…) Ese impulso inicial, esencial, hizo de la institución el catalizador clave que permitió encauzar y orientar el proceso de transformación democrática”.

Lectura de los Reales Decretos

Tras el discurso, se procedió a la lectura de los Reales Decretos que otorgan el Toisón de Oro:

  • Reina Doña Sofía: por su dedicación y entrega al servicio de España y de la Corona.

  • Miquel Roca i Junyent: por su labor en promover la convivencia y el ordenamiento constitucional.

  • Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón: por su contribución al ordenamiento constitucional y la democracia.

  • Felipe González: por su entrega al servicio de España, la Corona y la integración del país en Europa y la comunidad internacional.

El acto concluyó con la interpretación del Himno Nacional por la Unidad de Música de la Guardia Real y una fotografía de grupo con los nuevos caballeros de la Orden.

Historia y simbolismo del Toisón de Oro

La Insigne Orden del Toisón de Oro fue creada en 1429 por el Duque de Borgoña, Felipe III el Bueno, y desde entonces los Reyes de España son los Soberanos y Grandes Maestres de la Orden. El Collar, de oro y con el Vellocino colgante, es un símbolo de responsabilidad, tradición y servicio a la Corona.

A lo largo de la historia, la Orden ha sido otorgada a soberanos, miembros de la realeza y figuras destacadas de la política, la cultura y la sociedad, consolidándose como una de las distinciones más prestigiosas a nivel internacional.

Continuidad de la ceremonia en el Congreso

Tras la imposición de los Collares, los Reyes se trasladaron al Congreso de los Diputados para presidir el acto que conmemora el cincuentenario de la restauración de la Monarquía en España, participando en el coloquio “50 años después: la Corona en el tránsito a la democracia”.

Fotos: Casa Real

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo