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Guía para los autónomos en 2023

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guia autonomos 2023

Lefebvre ofrece una guía para los autónomos en 2023 que resume en una práctica infografía los pasos que, a partir del 1 de enero, deberán seguir para completar su cotización obligatoria.

Resulta imprescindible que los trabajadores por cuenta propia conozcan y apliquen estos cambios sustanciales del nuevo sistema de cotización por ingresos reales que les afectarán de cara a una futura declaración de la Renta.

Guía para autonomos en 2023:

Aseguran que cuando procedan a darse de alta o al inicio de cada año, los autónomos deberán comunicar su previsión de ingresos a través del portal Importa SS. Podrán repetir la cifra de rendimientos del año anterior o bien, estimar la citada cifra cuando existan nuevos ingresos o gastos.

En la infografía puede consultarse de forma guiada las nuevas directrices a seguir y las diferentes cuestiones a tener en cuenta:

Cálculo del rendimiento neto

Para el cálculo del rendimiento neto anual de la actividad:

  • Deberán restar los gastos deducibles a los ingresos.
  • A la cantidad resultante hay que sumar todas las cuotas abonadas a la Seguridad Social durante el ejercicio.
  • Una vez obtenida la cifra, se divide entre 12 y el resultado es el rendimiento neto mensual por el que deberán cotizar.
  • Si se trata de persona física se puede restar un 7%.
  • En el caso de administradores de sociedades de capital y socios trabajadores de sociedades laborales restará el 3%, siempre que se haya figurado 90 días en alta en el RETA.

Comunicación de la previsión de ingresos reales

Cuando se realice el cálculo, el autónomo deberá introducir en el portal ImportaSS, sus rendimientos y la Seguridad Social le informará sobre la base de cotización que corresponde y la cuota que deberá abonar, el importe de la cuota y el día que se hará efectivo el cobro.

Cambio de tramos cada dos meses

Con el nuevo sistema de cotización, los autónomos podrán cambiar de tramo de rendimientos netos cada dos meses. Un trámite que se puede realizar a través de ImportaSS, en las siguientes fechas:

  • 1 de marzo: si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el 28/29 de febrero.
  • 1 de mayo: si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril.
  • 1 de julio: si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
  • 1 de septiembre: si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto.
  • 1 de noviembre: si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre.
  • 1 de enero del año siguiente: si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre.

Esta novedad les permitirá adaptar más fielmente el funcionamiento de su negocio al pago de sus cuotas.

Autónomo que cotizaba por una base superior

  • Si el autónomo cotizaba por una base superior a la que debería antes de 2022, podrán elegir entre la mínima o la máxima cuota que recoge el nuevo sistema.

Presentación de la Renta

Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, todos los trabajadores autónomos están obligados a presentar la declaración de la RENTA.

Regulación al año siguiente

La Seguridad Social revisará el año siguiente si el trabajador autónomo ha cumplido o no con la previsión de ingresos realizada.

  • Si hubieran sobrecotizado, se le devolvería el exceso.
  • Si hubieran infracotizado, los autónomos deberán pagar a la Seguridad Social.

Plazo de devolución de la cotización

  • Los autónomos tendrán dos meses para devolver a la Seguridad Social las cuotas no pagadas.
  • La Administración tiene cuatro meses para devolverle al autónomo lo sobrecotizado.

Cotización a efectos de pensiones para los trabajadores autónomos con menores ingresos

Los autónomos en situación de alta a 31 de diciembre de 2022, cuyos ingresos en cómputo anual durante 2023 y 2024 se encuentren dentro de los tramos establecidos en la tabla reducida de la regulación transitoria indicada, se les aplica durante 6 meses en cada uno de estos ejercicios de una base mínima de cotización de 960 € a efectos del cálculo de las pensiones del sistema, aunque elijan una base de cotización inferior para esos años.

Familiares, administradores, sociedades laborales…

  • Los familiares del trabajador autónomo,
  • los administradores/socios de sociedades de capital encuadrados en el RETA
  • los socios trabajadores de las sociedades laborales
  • los trabajadores autónomos que no hayan presentado la declaración del IRPF o no hayan declarado ingresos:

No pueden elegir una base de cotización mensual inferior a 1.000 € durante el año 2023
En el Memento Social 2023 se analizan con detalle todas las novedades y reformas legislativas del último año, en especial la reciente reforma sobre los Autónomos y su nuevo sistema de cotización. La revalorización de las pensiones para 2023 o el nuevo SMI.

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Hacienda refuerza el control de pagos digitales, influencers y pisos turísticos en 2026

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Hacienda adelanta la declaración de la renta en 2024

La Agencia Tributaria pondrá en marcha este año un plan de control tributario más intenso centrado en el comercio digital, las criptomonedas, la neobanca, los influencers y el sector inmobiliario, incluyendo los alquileres turísticos. La medida busca combatir la economía sumergida, mejorar la recaudación y garantizar el cumplimiento fiscal en todos los ámbitos.

Principales objetivos de Hacienda en 2026

Según el Plan de Control Tributario publicado en el BOE, los focos principales de vigilancia serán:

  1. Pagos digitales y neobancos

    • Se utilizarán nuevas declaraciones informativas mensuales de los bancos sobre cobros con tarjeta y cuentas financieras.

    • Se controlará la neobanca para evitar ocultaciones de rentas o patrimonios en el exterior.

  2. Comercio electrónico y plataformas digitales

    • Se verificará la tributación de entidades establecidas en España o en la UE para evitar elusión de IVA.

    • Se analizarán las ventas de bienes y servicios en plataformas digitales.

  3. Influencers y creadores de contenido

    • Se controlará la correcta tributación y la residencia fiscal de quienes obtienen ingresos por redes sociales.

  4. Criptomonedas

    • Se reforzará el control sobre contribuyentes que operen con monedas virtuales, usando herramientas de trazabilidad blockchain para detectar rentas no declaradas.

  5. Alquileres turísticos e inmuebles

    • Se intensificará la supervisión de arrendamientos gestionados a través de plataformas digitales.

    • Se vigilará la correcta declaración de ingresos y el uso adecuado del régimen de comisiones.

    • Se prestará especial atención a las socimis y a las operaciones de no residentes en España.

  6. Multinacionales, grandes patrimonios y economía sumergida

    • Se controlarán grupos societarios con cifras de negocio inusualmente bajas y signos externos de riqueza no declarados.

    • Se mantendrá la revisión de TPV y pagos con tarjeta para detectar actividad no registrada.

Contexto y novedades

La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha destacado que estas actuaciones permitirán reforzar la lucha contra el fraude fiscal y modernizar la gestión tributaria en un contexto donde el comercio digital, las criptomonedas y los nuevos modelos de negocio se expanden rápidamente.

Entre las novedades, este año se incluyen:

  • Control intensivo de plataformas de alquiler turístico.

  • Fiscalización de transacciones digitales transfronterizas.

  • Supervisión de operaciones con sociedades instrumentales y patrimonios ocultos.

Con estas medidas, Hacienda busca garantizar que todos los contribuyentes cumplan con la normativa, asegurando la transparencia fiscal en sectores de alta complejidad y riesgo de fraude.

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