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PP alega que el censo no es requisito previo en su recurso por Cantó ante el Constitucional

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El PP recurre ante el Constitucional la anulación de la candidatura de Toni Cantó

Madrid, 12 abr (EFE).- El PP de Madrid ha presentado este lunes un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la anulación de la inclusión del exdiputado valenciano de Cs Toni Cantó y el exalcalde de Toledo Agustín Conde en la lista de los populares para las elecciones autonómicas del 4 de mayo, que encabeza Isabel Díaz Ayuso.

Los populares alegan que «no es cierto que exista un requisito de empadronamiento previo al cierre del censo», ya que «jamás se ha exigido hasta este caso, en que un juzgado unipersonal ha decidido que así era, contraviniendo a la Junta Electoral Provincial de Madrid», que en un primer momento había dado la razón al PP y sí avaló las candidaturas de Cantó y Conde.

El TC resolverá este viernes si ambos pueden ir en la lista de Ayuso, tras la decisión del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de Madrid que estimó el recurso que interpuso el PSOE madrileño contra el acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Madrid y consideró a ambos candidatos inelegibles por haberse empadronado en la Comunidad de Madrid después del cierre del censo electoral.

Según el PP, el Juzgado de lo Contencioso «fabrica» jurisdiccionalmente «ex novo» un requisito «no establecido por la ley ni amparado por interpretaciones previas de la misma, el de que deben reunirse los requisitos para ser candidato no el día de presentación de la candidatura sino el día de cierre censal».

Además, defiende que la sentencia recurrida «se fundamenta principalmente en la interpretación, restrictiva del derecho fundamental al sufragio pasivo» de Cantó y Conde, y «no encuentra amparo alguno en la legislación aplicable».

También argumentan que incluso en el caso de admitirse que existieran, como no sucede, añaden, dudas sobre la existencia (o no) del requisito configurado «ex novo», tal y como el Juzgado reconoce en su sentencia, «debió prevalecer» la interpretación «más garantista para el pleno ejercicio del derecho fundamental al sufragio pasivo, que exigía la confirmación del acuerdo de la Junta Electoral Provincial».

«Se introduce sin fundamentación alguna en el tenor de la ley, una inexistente exigencia restrictiva e infundada, reconfigurando el momento temporal al cual debe atender al examinar el cumplimiento de los requisitos para ser candidato», subraya el PP, y añade que «ha sido interpretado que los requisitos han de concurrir en el momento de presentar la candidatura».

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala Primera del tribunal de garantías se reunirá primero este miércoles para estudiar el informe de los letrados sobre la admisión a trámite del recurso, que es el escenario más probable, y en tal caso dar traslado de ello a la Fiscalía y al PP.

Posteriormente, los magistrados se reunirán este mismo viernes para resolver ya directamente sobre el fondo del recurso de amparo.

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Filtran un ‘video sexual’ con QR en Zamora: recibe 1.500 visitas en 24 horas

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La ciudad de Zamora se despertó la pasada semana con decenas de carteles que incluían un código QR acompañado del mensaje:

«Tú me engañaste, ahora que se diviertan otros».

El mensaje, junto a una foto borrosa, sugería la filtración de un video sexual por parte de una expareja, generando preocupación entre los vecinos. Sin embargo, pronto se reveló que formaba parte de una campaña del Ayuntamiento de Zamora con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia Contra la Mujer (25-N).


Objetivos de la campaña: visibilizar la violencia digital

Desde las redes oficiales del Ayuntamiento se explicó que la iniciativa busca analizar y hacer visible la violencia machista en el entorno digital, un fenómeno que las autoridades consideran cada vez más preocupante.

La campaña tiene como meta concienciar a la ciudadanía sobre la difusión de material íntimo sin consentimiento y mostrar cómo este tipo de contenidos reproducen dinámicas de violencia de género, incluso cuando se consumen de forma pasiva.


Impacto inmediato: casi 1.500 visitas en 24 horas

A pesar de la polémica inicial, 1.454 personas visitaron la página vinculada al QR en solo 24 horas.

Algunos ciudadanos, al no conocer el objetivo de la campaña, alertaron a las fuerzas de seguridad ante la posible comisión de un delito. Esta reacción confirma que el contenido provocador generó debate y atención sobre la violencia digital.


Datos clave sobre violencia digital

El vídeo al que se accede a través del QR ofrecía estadísticas y mensajes de concienciación:

  • 9 de cada 10 víctimas de difusión íntima no consentida son mujeres.

  • El 73 % de las mujeres ha sufrido violencia digital.

  • Ver o compartir vídeos íntimos sin consentimiento contribuye al machismo y aumenta la violencia contra las mujeres.

Con estos datos, el Ayuntamiento busca reforzar la educación sobre el respeto digital y la protección de la intimidad, así como fomentar la denuncia de este tipo de delitos.


Reacciones de la ciudadanía y medios

La acción del Ayuntamiento generó gran repercusión en redes sociales y medios locales, con debates sobre la ética de mostrar material provocador como herramienta de concienciación.

Aunque en un primer momento muchos interpretaron la campaña como una filtración real, la aclaración oficial permitió poner en evidencia el problema de la violencia digital y el consumo de contenido íntimo sin consentimiento.


La campaña del Ayuntamiento de Zamora se ha convertido en un ejemplo de cómo el marketing urbano y los códigos QR pueden utilizarse para concienciar sobre problemas sociales graves. Gracias a esta iniciativa, más de 1.400 personas se informaron sobre la violencia digital en solo un día, generando debate y reflexión sobre la protección de la intimidad y la igualdad de género.

 

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