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El Profesor José Remohí recibe el Título Académico Honorífico de la Real Academia de Medicina de la Comunidad Valenciana

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El Profesor José Remohí, presidente de IVI, ha recibido este martes el Título Académico Honorífico de la Real Academia de Medicina de la Comunidad Valenciana en la Universidad de Medicina de València, de las manos de la presidenta Carmen Leal Cercós y junto a su compañero y amigo el también presidente de IVI Antonio Pellicer.

En su discurso, Remohí ha repasado la evolución de la Reproducción Asistida en las últimas décadas. Ha hecho hincapié en que «la pandemia ha hundido la natalidad» y ha explicado en qué punto está hoy en día uno de los principales avances en este campo: el rejuvenecimiento ovárico. «El Profesor Pellicer es uno de los científicos que más ha estudiado el rejuvenecimiento ovárico«, ha afirmado.

Y es que tal y como ha demostrado el científico en su ponencia con datos auditados de IVI, la edad de las mujeres es la clave y la realidad es que en este momento la edad media de las pacientes de IVI es de 40 años. También ha destacado que «es fundamental tener un estudio genético de los embriones». Pero «la llave es la preservación de la fertilidad, es la auténtica revolución«, ha dicho. A la vez que ha afirmado que «la doctora Ana Cobo (IVI Valencia) es la referente a nivel mundial en la preservación de la fertilidad».

Tras su aplaudido discurso, José Remohí ha recibido el Título bajo la atenta mirada de los académicos y compañeros entre los que se encontraba el oncólogo Vicente Guillem, el director del IVO Manuel Llombart, el ginecólogo Fernando Bonilla y el traumatólogo Enrique Gastaldi, entre otros.

El Profesor José Remohí estudió Medicina en la Facultad de Valencia, realizando la especialidad de Obstetricia y Ginecología en el Hospital Clínico de esta ciudad y la subespecialidad de Endocrinología Obstétrica Reproductiva en la Universidad de Irvine, en California (USA).

Es Catedrático de Ginecología y Obstetrícia en la Facultad de Medicina de la Universitat de València, así como director del Máster de Cirugía Endoscópica ginecológica avanzada de la UV y Director del Instituto Universitario IVI. Además, es médico maternólogo desde 1984 y sexólogo desde 1986. Su curriculum es interminable en cuanto a actividad científica, docente y en reconocimientos.

Hace ahora 30 años fundó el IVI junto al Profesor Antonio Pellicer, los dos comparten presidencia pero también una relación que va más allá de lo profesional, varias décadas de batallas, éxitos y momentos difíciles en los que siempre han estado juntos.

Los dos han llevado por todo el mundo el nombre de València y varias décadas después siguen emocionándose cuando hablan de su tierra.

 

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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