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El Supremo confirma las condenas de la Gürtel

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Bárcenas

Ya hay sentencia firme del caso Gürtel. El Tribunal Supremo ha confirmado o rebajado muy ligeramente las penas que dictó la Audiencia Natural en una de las piezas principales de la trama, también llamada «Época I», que comprende su actividad entre los años 1999 y 2005. La resolución del Supremo también mantiene la condena al Partido Popular y a la exministra Ana Mato, ya que considera que resultaron beneficiados económicamente de la trama, y les obliga a devolver el dinero obtenido.

Los 29 condenados en firme, que han visto sus penas confirmadas o ligeramente rebajadas, son:

Francisco Correa: 51 años de cárcel. Líder de la trama.
Guillermo Ortega: 40 años y 3 meses de cárcel. Exalcalde de Majadahonda.
Pablo Crespo: 36 años y 8 meses de cárcel. Exsecretario de organización del PP en Galicia.
Luis Bárcenas: 29 años y 1 mes de cárcel. Extesorero y exsenador del PP.
Alberto López Viejo: 27 años y 10 meses de cárcel. Exviceconsejero de Presidencia de la Comunidad de Madrid.
Carmen Rodríguez Quijano: 17 años y 8 meses de cárcel. Esposa de Francisco Correa.
Juan José Moreno: 17 años y 2 meses de cárcel. Exconcejal en Majadahonda.
Isabel Jordán: 14 años y 11 meses de cárcel. Gestora de las empresas de Correa.
Jesús Sepúlveda: 14 años y 4 meses de cárcel. Exsenador y exalcalde de Pozuelo.
José Luis Izquierdo: 13 años y 10 meses de cárcel. «Contable» de la trama.
Rosalía Iglesias: 12 años y 11 meses de cárcel. Esposa de Luis Bárcenas.
Luis de Miguel: 9 años y 1 mes de cárcel. Se ocupó de la «ingeniería» financiera de la trama.
Carlos Clemente: 7 años y 9 meses de cárcel. Exviceconsejero de Inmigración de la Comunidad de Madrid.
Ricardo Galeote: 6 años y 6 meses de cárcel. Exconcejal en Estepona.
José Luis Peñas: 4 años y 9 meses de cárcel. Exconcejal de Majadahonda que denunció el caso.
Antonio Villaverde: 3 años y 11 meses de cárcel. Testaferro de Francisco Correa.
Jesús Merino: 3 años y 7 meses de cárcel. Exsenador, diputado y consejero de la Junta de Castilla y León.
Pedro Rodríguez: 3 años de cárcel. Asesor técnico de López Viejo.
Javier Nombela: 2 años, 1 mes y 15 días de cárcel. Trabajador de las empresas de Correa.
Alicia Mínguez: 2 años, 1 mes y 15 días de cárcel. Trabajadora de las empresas de Correa.
Alfonso García Pozuelo: 2 años de cárcel. Empresario.
Iván Yáñez: 1 año y 10 meses de cárcel. Testaferro de Luis Bárcenas.
Teresa Gabarra: 1 año y 6 meses de cárcel. Esposa de López Viejo.
Ángel Sanchís Perales: 1 año de cárcel. Extesorero y diputado de Alianza Popular.
Roberto Fernández: 11 meses de cárcel. Exconcejal en Pozuelo.
Pablo Ignacio Gallo: 9 meses de cárcel. Trabajador de las empresas de Correa.
Ángel Sanchís Herrero: 9 meses de cárcel. Hijo del extesorero de Alianza Popular.
Jesús Calvo: 6 meses de cárcel. Empresario.
Jacobo Gordon: 5 meses de cárcel. Empresario.

En la sentencia, el Tribunal Supremo argumenta que se creó «»un auténtico y eficaz sistema de corrupción, a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública, autonómica y local, a través de su estrecha y continua relación con influyentes militantes de dicho partido, que tenían posibilidades de influir en los procedimientos de toma de decisión en la contratación pública».

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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