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Sucesos

El TS confirma la condena a 22 años al guardia civil que envenenó la comida de dos compañeros y su hijo en Vila Joiosa

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ALICANTE, 21 Ene. (EUROPA PRESS) – La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a 22 años de prisión a un brigada de la Guardia Civil destinado en el cuartel de la Vila Joiosa (Alicante) que en 2016 intentó acabar con la vida de una compañera, de su marido y del hijo de ambos, de tres años, vertiendo sustancias tóxicas -insecticidas- en las comidas de la familia.

El alto tribunal desestima así el recurso de casación planteado por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que confirmó el fallo de la Audiencia de Alicante, que le impuso, además, una indemnización de 20.000 euros para el matrimonio por tres delitos de asesinato en grado de tentativa -uno de ellos agravado, ya que el hijo de ambos tenía en aquel momento tres años-, y un delito continuado de allanamiento de morada y otro contra la intimidad.

Los hechos probados relatan que el condenado entró en diversas ocasiones en el pabellón de la casa cuartel donde vivía la guardia civil y su familia con una copia de las llaves que tenía en su poder, y con la intención de acabar con la vida de ella, de su marido y de su hijo, vertió sustancias tóxicas a las comidas, que desprendían olores fuertes y desagradable. El recurrente, según los hechos probados, se llevó también objetos personales de la mujer.

En la sentencia, dada a conocer este lunes el TJSCV, se rechaza la alegación del condenado relativa a que no tenía ánimo de acabar con la vida de esas tres personas. Así, afirma que el análisis conjunto de todos los hechos ha llevado al tribunal «a inferir de manera lógica el ánimo que presidió la actuación, esto es, el ánimo de acabar con la vida de esas tres personas».

«Se trata de datos plurales, interrelacionados y concomitantes a partir de los cuales el ánimo de matar que presidió la actuación del acusado constituye una deducción razonable según las reglas de la lógica y de la experiencia. Deducción que no viene desvirtuada por ninguna explicación verosímil que aminore la razonabilidad de aquella inferencia», subraya la sala.

En relación con el argumento en el que sostenía que la cantidad de veneno no era suficiente para poner en peligro la vida, el tribunal indica que las periciales practicadas no califican las sustancias de inocuas sino que sus efectos de ingestión dependían de diversos factores como la dosis, duración y ruta de exposición, forma y estructura de la sustancia química y factores humanos individuales.

La sala asegura que aun cuando las cantidades de dichas sustancias encontradas en la comida y en el domicilio del acusado no fueran suficientes para ocasionar la muerte en humanos, no fueron las únicas utilizadas o en disposición de ser utilizadas por éste para adulterar la comida de su compañera y su familia.

EFECTOS PERNICIOSOS
Así, señala que «el conocimiento que podía tener el acusado de las dos sustancias utilizadas venía determinado por el uso por su familia y por él mismo como insecticida (clorpirifos) y como cebo para ratas y ratones (brodifacoum), lo que evidencia es que conocía, no que su consumo fuera inocuo, sino, por el contrario, que su contenido era tóxico y por tanto sus efectos perniciosos en caso de consumo humano, máxime teniendo en cuenta las circunstancias que, como se ha indicado, concurrían en sus víctimas, entre las que se encontraba un niño de tres años y un adulto recientemente tratado con quimioterapia».

Agrega que, además, el condenado utilizó sustancias venenosas para causar la muerte de sus víctimas, actuando a distancia, aprovechando su ausencia para entrar en la vivienda y verter las sustancias en las comidas preparadas para su ingestión. De esta forma -afirma la Sala- «excluía todo riesgo para su persona, a la vez que anulaba cualquier posibilidad de defensa por parte de las víctimas, y garantizaba su anonimato. Concurren por tanto las notas de letalidad, insidia, cobardía, imposibilidad de defensa frente a un peligro oculto y fácil logro de la impunidad, caracterizadoras de la alevosía».

Del mismo modo, el tribunal desestima los motivos del recurso de casación en los que el recurrente cuestiona la existencia de los otros delitos – allanamiento de morada y contra la intimidad- cuya pena también ha sido confirmada por la Sala de lo Penal en su sentencia.

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Sucesos

La mujer detenida por quemar a su marido en Chiva afirma que sufría malos tratos y actuó tras una discusión

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Encuentran degolladas a una mujer y su hija de 12 años en un domicilio de Xilxes

La mujer detenida esta madrugada en Chiva (Valencia) por presuntamente prender fuego a su marido mientras dormía ha asegurado que sufría malos tratos físicos y psicológicos y que actuó tras una fuerte discusión que le hizo “perder la cabeza”.

Según ha explicado el comisario jefe de la Policía Local de Chiva, Francisco Esteso, la arrestada, de 48 años, trasladó esta versión a una agente tras ser detenida por rociar a su pareja, de 49 años, con un líquido inflamable durante la madrugada, entre las 2:00 y las 3:00 horas.

La víctima, ingresada grave en La Fe

El hombre resultó gravemente herido y permanece ingresado en la Unidad de Quemados del Hospital Universitari i Politècnic La Fe de València.

Según el relato policial, la víctima fue quien pidió ayuda y solicitó una ambulancia. Cuando una patrulla acudió al domicilio, los agentes encontraron al hombre todavía envuelto en humo, asegurando que su mujer le había prendido fuego.

En un primer momento fue trasladado al centro de salud de la localidad hasta la llegada de una ambulancia, que posteriormente lo llevó al hospital valenciano.

La versión de la detenida

Tras los hechos, una segunda patrulla acudió a la vivienda para entrevistarse con la mujer junto a agentes de la Guardia Civil, que procedieron a su detención.

Inicialmente la mujer no quiso explicar lo ocurrido, pero posteriormente se sinceró con una agente y aseguró que llevaba tiempo sufriendo malos tratos físicos y psicológicos por parte de su pareja.

Según su testimonio, esa noche mantuvieron una fuerte discusión y ella “perdió la cabeza”, tras lo cual le lanzó el líquido inflamable.

Una menor en la vivienda

En el momento del suceso también se encontraba en la vivienda la hija de la mujer, de 16 años, que no presenció lo ocurrido porque estaba dormida. No obstante, sí manifestó a los agentes que existía tensión en el domicilio.

Sin denuncias previas por esta relación

Las autoridades han confirmado que no constan denuncias previas por malos tratos entre la detenida y su actual pareja.

La delegada del Gobierno en la Comunitat Valenciana, Pilar Bernabé, ha señalado que la mujer sí figuraba en el sistema Sistema VioGén, aunque por una relación anterior y no con la víctima actual.

Investigación en manos de la Guardia Civil

Las diligencias iniciales elaboradas por la Policía Local han sido remitidas a la Guardia Civil, que se ha hecho cargo de la investigación para esclarecer completamente las circunstancias del suceso.

La mujer permanece detenida en dependencias policiales mientras continúan las pesquisas sobre un caso que ha causado gran conmoción en la localidad valenciana.

 

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