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EL TSJCV archiva la demanda de Intersindical por sucesión de empresas en RTVV

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) se ha declarado incompetente para resolver la demanda sobre sucesión de empresas presentada por el sindicato Intersindical contra RTVV, la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación y la Generalitat, y ha archivado las actuaciones.

De esta forma lo recoge un auto de la Sala de lo Social del TSJCV fechado el 20 de enero, contra el que cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días, sin que en ningún caso la interposición del recurso tenga efectos suspensivos. Intersindical ya ha anunciado que recurrirá al Tribunal Supremo «por indefensión».

El auto señala que lo solicitado por Intersindical “parece ser extraño a un verdadero y real conflicto”, pues es “público y notorio que al día de hoy” no se ha puesto en funcionamiento la nueva radio y televisión. “Los tribunales deben decidir los conflictos reales, pero no anticipar una decisión respecto a los que se puedan producir en un futuro más o menos inmediato, máxime” en este caso, donde hay una “inexistencia del acto del que se pueda colegir la consecuencia pretendida”, indica el auto.

Cabe recordar que Intersindical presentó el pasado 25 de noviembre una demanda en la que pedía que se declarara la sucesión de empresas con fraude de ley entre Radiotelevisión Valenciana (RTVV) y la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación (CVMC), al considerar que las dos empresas de radio y televisión eran en realidad la misma, con un cambio de denominación. Además, Intersindical consideraba que, en caso de prosperar la demanda, los extrabajadores de RTVV que se incorporaran a la nueva empresa deberían tener la antigüedad, trienios, salarios, categoría, convenio y condiciones laborales que tenían en la antigua empresa.

Según el TSJCV, la solicitud de declaración de sucesión de empresas no figura entre las competencias funcionales de esta sala, pues no se está en presencia de un conflicto colectivo caracterizado por afectar a un grupo genérico de trabajadores y versar sobre la aplicación de un convenio colectivo o acuerdo de empresa. Los magistrados afirman que en este caso hay una “inexistencia” tanto de dicho colectivo de trabajadores como de un acto concreto o decisión de empresa que sea susceptible de impugnación por esta vía.

Con independencia de esto, añade el auto, la mera pretensión de la demanda “implicaría necesariamente que se identificaran los trabajadores potencialmente afectados”, cuando “es notorio” que extinguieron su relación de trabajo con el ente de RTVV a través de un ERE y han percibido las indemnizaciones pactadas con el comité de empresa. “Lo que se está interesando no es más que una suerte de dictamen acerca de una eventual sucesión de empresas entre la nueva Corporación” creada en la ley 6/2016 y la extinta RTVV, y la doctrina jurisprudencial establece que los tribunales deben decidir sobre los “conflictos reales”, indica el TSJCV.

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Los cardiólogos advierten: las balizas V16 pueden interferir con marcapasos

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A partir del 1 de enero de 2026, los conductores en España deberán llevar obligatoriamente una baliza de emergencia V16 conectada, que sustituye a los tradicionales triángulos de señalización. Estas balizas emiten una luz visible en 360 grados y permiten la geolocalización del vehículo en caso de avería o accidente.

Sin embargo, cardiólogos han lanzado una advertencia importante: algunos modelos de balizas V16 pueden interferir temporalmente con marcapasos y desfibriladores implantables.

¿Dónde está el riesgo?

El posible problema no está en la luz ni en la conexión, sino en que muchas balizas incorporan un imán potente en su base, diseñado para fijarlas al techo del vehículo. Si ese imán se acerca demasiado al pecho de una persona que lleva un marcapasos, puede generar un campo magnético suficiente para activar el llamado “modo magnético” del dispositivo.

En ese modo, el marcapasos puede dejar de adaptarse al ritmo natural del corazón mientras dura la influencia del imán. Los especialistas subrayan que no se trata de un daño permanente, sino de un efecto reversible que desaparece al alejar la baliza.

Qué recomiendan los especialistas

Los cardiólogos explican que el riesgo es bajo y fácil de evitar si se toman precauciones básicas:

Mantener la baliza a más de 20–30 centímetros del pecho. Manipularla, si es posible, con el brazo contrario al lado donde está implantado el marcapasos. Evitar apoyar la baliza directamente sobre el torso, incluso de forma momentánea.

Este tipo de interferencia es comparable a la que pueden producir otros imanes o campos magnéticos de uso cotidiano cuando se colocan demasiado cerca del dispositivo implantado.

Mensaje de tranquilidad

Los expertos insisten en que las balizas V16 son seguras para la población general y también para las personas con marcapasos, siempre que se utilicen correctamente. La advertencia no busca generar alarma, sino informar para que quienes llevan estos dispositivos puedan usarlas con total seguridad.

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