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EL TSJCV archiva la demanda de Intersindical por sucesión de empresas en RTVV

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) se ha declarado incompetente para resolver la demanda sobre sucesión de empresas presentada por el sindicato Intersindical contra RTVV, la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación y la Generalitat, y ha archivado las actuaciones.

De esta forma lo recoge un auto de la Sala de lo Social del TSJCV fechado el 20 de enero, contra el que cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días, sin que en ningún caso la interposición del recurso tenga efectos suspensivos. Intersindical ya ha anunciado que recurrirá al Tribunal Supremo «por indefensión».

El auto señala que lo solicitado por Intersindical “parece ser extraño a un verdadero y real conflicto”, pues es “público y notorio que al día de hoy” no se ha puesto en funcionamiento la nueva radio y televisión. “Los tribunales deben decidir los conflictos reales, pero no anticipar una decisión respecto a los que se puedan producir en un futuro más o menos inmediato, máxime” en este caso, donde hay una “inexistencia del acto del que se pueda colegir la consecuencia pretendida”, indica el auto.

Cabe recordar que Intersindical presentó el pasado 25 de noviembre una demanda en la que pedía que se declarara la sucesión de empresas con fraude de ley entre Radiotelevisión Valenciana (RTVV) y la Corporación Valenciana de Medios de Comunicación (CVMC), al considerar que las dos empresas de radio y televisión eran en realidad la misma, con un cambio de denominación. Además, Intersindical consideraba que, en caso de prosperar la demanda, los extrabajadores de RTVV que se incorporaran a la nueva empresa deberían tener la antigüedad, trienios, salarios, categoría, convenio y condiciones laborales que tenían en la antigua empresa.

Según el TSJCV, la solicitud de declaración de sucesión de empresas no figura entre las competencias funcionales de esta sala, pues no se está en presencia de un conflicto colectivo caracterizado por afectar a un grupo genérico de trabajadores y versar sobre la aplicación de un convenio colectivo o acuerdo de empresa. Los magistrados afirman que en este caso hay una “inexistencia” tanto de dicho colectivo de trabajadores como de un acto concreto o decisión de empresa que sea susceptible de impugnación por esta vía.

Con independencia de esto, añade el auto, la mera pretensión de la demanda “implicaría necesariamente que se identificaran los trabajadores potencialmente afectados”, cuando “es notorio” que extinguieron su relación de trabajo con el ente de RTVV a través de un ERE y han percibido las indemnizaciones pactadas con el comité de empresa. “Lo que se está interesando no es más que una suerte de dictamen acerca de una eventual sucesión de empresas entre la nueva Corporación” creada en la ley 6/2016 y la extinta RTVV, y la doctrina jurisprudencial establece que los tribunales deben decidir sobre los “conflictos reales”, indica el TSJCV.

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Audiencia de Madrid reconoce indicios de que la muerte de Mario Biondo pudo no ser un suicidio

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últimas horas Mario Biondo

La Audiencia de Madrid ha reconocido que existen indicios de que la muerte de Mario Biondo, cámara de televisión y entonces marido de la presentadora Raquel Sánchez Silva, podría no haber sido un suicidio, abriendo la puerta a la hipótesis del homicidio.

Mario Biondo falleció en mayo de 2013, y ya en agosto de 2022, el Tribunal de Palermo en Italia había señalado que la muerte podría deberse a un homicidio. La resolución de la Audiencia madrileña recoge que se aportaron nuevas pruebas, incluyendo denuncias y periciales, que sugieren que su fallecimiento no fue suicida.

Recurso desestimado por cosa juzgada

Pese a reconocer estos indicios, la Audiencia de Madrid desestimó el recurso de apelación presentado por la familia Biondo al considerarlo cosa juzgada. La familia mantiene la convicción de que la muerte del cámara fue homicidio y ha anunciado la presentación de recursos al Tribunal Constitucional y al Tribunal de Derechos Humanos de Europa para reabrir el caso y practicar nuevas pruebas en España.

Argumentos de la familia Biondo

Según el despacho Vosseler Abogados, que representa a la familia, la resolución del tribunal italiano indica que en el momento del hallazgo del cadáver no se realizaron ciertas investigaciones esenciales, como interceptaciones ambientales y telefónicas. Estas omisiones dificultaron esclarecer los hechos en su momento y limitan la continuidad de la investigación.

La abogada Leire López afirma: “La Audiencia de Madrid ha estimado como ciertos todos los argumentos de la resolución de Palermo, incluidos los que impiden proseguir con la investigación a causa del tiempo transcurrido”.

Denuncia inicial y hallazgos

Los abogados de la familia interpusieron una denuncia en el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid, destacando contradicciones entre las evidencias y la tesis del suicidio. Según la resolución italiana, “los elementos del expediente sugieren que Mario Biondo fue asesinado y posteriormente colocado en una posición para simular un suicidio”, argumentos que la Audiencia de Madrid ha acogido como indicios relevantes.

Próximos pasos

La familia Biondo continúa luchando por reabrir la causa y esclarecer la muerte de Mario Biondo, mientras mantiene el objetivo de practicar nuevas pruebas en España y reclamar la responsabilidad patrimonial de la administración de justicia por las irregularidades en la investigación y la autopsia.

«Las últimas horas de Mario Biondo» ¿un documental?

«Las últimas horas de Mario Biondo» ¿un documental?

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