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Valencia

El TSJCV desestima medidas cautelarísimas sobre la vacunación de 5 a 11 años

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colegios vacuna

València, 15 dic (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dictado dos autos en los que desestima las medidas cautelarísimas solicitadas en sendos recursos contra el proceso de vacunación de niños de 5 a 11 años en la Comunitat Valenciana, que ha comenzado este miércoles en los centros escolares.

En ambos casos, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV acuerda dar traslado de las actuaciones a la Generalitat para que, como Administración demandada, presente alegaciones en el plazo de tres días, según han informado fuentes del alto tribunal valenciano.

Uno de los demandantes consideraba que la hoja informativa y la instrucción a los directores de los centros escolares de la Conselleria de Educación con las directrices para la vacunación vulnera los derechos fundamentales de intimidad, derecho a la vida y derecho a la protección de la salud, así como la ley del menor y la infancia y la normativa de protección de datos.

Por ello, pedía la suspensión cautelarísima de la hoja informativa, que daba 24 horas a las familias para entregar en los centros educativos el cuestionario rellenado con la autorización para vacunar a sus hijos.

El auto señala que la hoja informativa y la instrucción «inicialmente es acorde con las medidas adoptadas en relación con la pandemia, sin que con ellas se vulneren derechos fundamentales del recurrente, ni implica ataque alguno a la ley de protección de datos de los vacunados».

La Sala afirma que la resolución impugnada «no supone un perjuicio irreparable al interesado, desde el momento en que la vacunación es voluntaria», y considera que el perjuicio «solo se produciría si la vacunacion fuera obligatoria, y en este caso habría que ponderarlo con los intereses generales».

El otro recurso impugnaba la «vía de hecho» de la Conselleria de Sanidad por la vacunación infantil de los menores entre 5 y 11 años en los centros educativos de la Comunitat Valenciana a partir del 15 de diciembre «sin el debido consentimiento informado y falta de prescripción médica», y pedía su suspensión cautelar.

El auto señala que la Conselleria de Sanidad ha tomado la decisión de proceder a la vacunación infantil considerando que disminuiría la carga de enfermedad de este colectivo y que puede disminuir la transmisión en el entorno familiar, en los centros educativos y en la Comunitat, y contribuiría a la protección de las poblaciones más vulnerables.

Añade que el acuerdo pormenoriza los beneficiarios de la vacunación, prevé reacciones adversas y efectos secundarios y cómo proceder ante esta eventualidad, el lugar de la vacunación (centros educativos) y la autorización de padres, madres, tutores legales para llevarla a efecto, sin que se pueda vacunar a falta de esa autorización.

El auto expone que existe un cuestionario de autorización para emplearlo y un modelo de autorización, así como un escrito dirigido a los directores de los centros educativos, firmado conjuntamente por la Secretaria Autonómica de Salud Pública y por el Secretario Autonómico de Educación y Formación Profesional.

En consecuencia, la Sala afirma que en este estado procedimental del litigio no puede tildarse de «vía de hecho», de manera que desestima la medida cautelarísima y procede a dar audiencia a la Generalitat y a la Fiscalía para que aleguen lo que consideren procedente en el plazo de tres días

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Valencia

València prohíbe festivales en la Ciudad de las Artes y las Ciencias tras la sentencia por ruido

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El Ayuntamiento de València ha instado a la Generalitat Valenciana a prohibir la celebración de festivales y grandes conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias que incumplan la normativa acústica, tras una sentencia favorable a los vecinos de la avenida Profesor López Piñero.

La decisión llega después de que la justicia haya dado la razón a los residentes afectados por el ruido generado durante eventos musicales celebrados en este emblemático recinto cultural, uno de los principales espacios para grandes citas en la ciudad.

Fin a los festivales que incumplen la normativa acústica

En un escrito oficial, el consistorio solicita a los gestores del complejo que reubiquen los eventos que no puedan garantizar el cumplimiento de los límites sonoros establecidos por la legislación vigente.

El objetivo es proteger el descanso vecinal y evitar nuevas vulneraciones de la normativa, especialmente en una zona residencial que en los últimos años ha denunciado reiteradamente molestias por la celebración de festivales multitudinarios.

La sentencia que cambia el escenario

El fallo judicial supone un punto de inflexión en la organización de grandes eventos en València, al obligar a las administraciones a priorizar el cumplimiento de los niveles de ruido frente a la actividad cultural o de ocio.

Los vecinos de la avenida Profesor López Piñero llevaban tiempo reclamando medidas ante el impacto acústico de estos eventos, especialmente en épocas de alta concentración de conciertos.

Reubicación de conciertos y eventos

A partir de ahora, los promotores deberán buscar ubicaciones alternativas para sus festivales si no pueden adaptarse a los límites acústicos exigidos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

Esta medida podría afectar a la programación musical de la ciudad, obligando a replantear el uso de uno de sus espacios más icónicos para eventos de gran formato.

Equilibrio entre ocio y convivencia

Desde el Ayuntamiento subrayan que la intención no es eliminar la oferta cultural, sino garantizar un equilibrio entre el ocio, la actividad económica y el derecho al descanso de los vecinos.

Este movimiento abre el debate sobre el modelo de grandes eventos en València y la necesidad de encontrar espacios adecuados que compatibilicen la música en directo con la calidad de vida en la ciudad.

 

 

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