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Valencia

El TSJCV desestima medidas cautelarísimas sobre la vacunación de 5 a 11 años

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colegios vacuna

València, 15 dic (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dictado dos autos en los que desestima las medidas cautelarísimas solicitadas en sendos recursos contra el proceso de vacunación de niños de 5 a 11 años en la Comunitat Valenciana, que ha comenzado este miércoles en los centros escolares.

En ambos casos, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV acuerda dar traslado de las actuaciones a la Generalitat para que, como Administración demandada, presente alegaciones en el plazo de tres días, según han informado fuentes del alto tribunal valenciano.

Uno de los demandantes consideraba que la hoja informativa y la instrucción a los directores de los centros escolares de la Conselleria de Educación con las directrices para la vacunación vulnera los derechos fundamentales de intimidad, derecho a la vida y derecho a la protección de la salud, así como la ley del menor y la infancia y la normativa de protección de datos.

Por ello, pedía la suspensión cautelarísima de la hoja informativa, que daba 24 horas a las familias para entregar en los centros educativos el cuestionario rellenado con la autorización para vacunar a sus hijos.

El auto señala que la hoja informativa y la instrucción «inicialmente es acorde con las medidas adoptadas en relación con la pandemia, sin que con ellas se vulneren derechos fundamentales del recurrente, ni implica ataque alguno a la ley de protección de datos de los vacunados».

La Sala afirma que la resolución impugnada «no supone un perjuicio irreparable al interesado, desde el momento en que la vacunación es voluntaria», y considera que el perjuicio «solo se produciría si la vacunacion fuera obligatoria, y en este caso habría que ponderarlo con los intereses generales».

El otro recurso impugnaba la «vía de hecho» de la Conselleria de Sanidad por la vacunación infantil de los menores entre 5 y 11 años en los centros educativos de la Comunitat Valenciana a partir del 15 de diciembre «sin el debido consentimiento informado y falta de prescripción médica», y pedía su suspensión cautelar.

El auto señala que la Conselleria de Sanidad ha tomado la decisión de proceder a la vacunación infantil considerando que disminuiría la carga de enfermedad de este colectivo y que puede disminuir la transmisión en el entorno familiar, en los centros educativos y en la Comunitat, y contribuiría a la protección de las poblaciones más vulnerables.

Añade que el acuerdo pormenoriza los beneficiarios de la vacunación, prevé reacciones adversas y efectos secundarios y cómo proceder ante esta eventualidad, el lugar de la vacunación (centros educativos) y la autorización de padres, madres, tutores legales para llevarla a efecto, sin que se pueda vacunar a falta de esa autorización.

El auto expone que existe un cuestionario de autorización para emplearlo y un modelo de autorización, así como un escrito dirigido a los directores de los centros educativos, firmado conjuntamente por la Secretaria Autonómica de Salud Pública y por el Secretario Autonómico de Educación y Formación Profesional.

En consecuencia, la Sala afirma que en este estado procedimental del litigio no puede tildarse de «vía de hecho», de manera que desestima la medida cautelarísima y procede a dar audiencia a la Generalitat y a la Fiscalía para que aleguen lo que consideren procedente en el plazo de tres días

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Valencia

Estas son las nuevas multas por ensuciar las calles de Valencia

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suciedad en València

El Ayuntamiento de Valencia ha aprobado nuevas medidas para reforzar la limpieza urbana y sancionar comportamientos incívicos en la vía pública. La Junta de Gobierno Local ha iniciado el trámite para modificar la Ordenanza de Limpieza, adaptándola a la normativa estatal y autonómica, incluyendo nuevas infracciones y aumentando las multas por las conductas que más ensucian la ciudad.

Multas más severas para comportamientos incívicos

Las sanciones se incrementan considerablemente y abarcan desde residuos domésticos hasta actos de maltrato al patrimonio urbano:

  • Abandonar basura y residuos en la vía pública: hasta 3.000 euros.

  • Tirar colillas, chicles, papeles o cáscaras fuera de papeleras: hasta 1.500 euros.

  • Depositar elementos voluminosos en papeleras o contenedores: hasta 3.000 euros.

  • Escupir o hacer las necesidades fisiológicas en la vía pública: hasta 3.000 euros.

  • Pintadas o grafitis en bienes patrimoniales: hasta 3.000 euros.

  • No retirar escombros de obras en la vía pública: hasta 1.500 euros.

  • Propietarios de mascotas que no recojan orines o excrementos: hasta 1.500 euros.

Obligaciones de comerciantes y ciudadanos

La nueva normativa también establece responsabilidades específicas:

  • Separar los residuos en origen y fomentar el reciclaje.

  • Recoger y limpiar los residuos tras eventos públicos, verbenas o ventas temporales.

  • Uso obligatorio del servicio de recogida puerta a puerta para comercios en zonas de alta concentración comercial. El incumplimiento puede acarrear multas de hasta 1.500 euros.

El concejal de Limpieza y Recogida de Residuos, Carlos Mundina, destacó que “el objetivo es concienciar sobre el respeto al medio ambiente, la salubridad pública y la conservación de la imagen urbana. El espacio público es de todos y debemos cuidarlo”.

Mundina subrayó que “acciones como escupir en la vía pública o ensuciar de manera visible son muy graves y se sancionan con hasta 3.000 euros. También la protección de nuestro patrimonio es clave: grafitis sobre bienes inmuebles protegidos serán sancionados de manera severa”.

Próximos pasos

La ordenanza debe pasar por exposición pública y ser aprobada en el Pleno municipal antes de entrar en vigor, momento en el que estas nuevas sanciones comenzarán a aplicarse de manera efectiva.

Con estas medidas, Valencia busca reforzar la educación cívica y garantizar que sus calles y espacios públicos mantengan la limpieza y el respeto que merece una ciudad de referencia.

 

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